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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 1998 (31/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

Lima, sábado 3 1 de enero de 1998 SE RESUELVE: Artícul o Primero.- APRUEBESE los Estudios Prelimi- nares de Habilitación Urbana, para uso RESIDENCIAL de Densidad Media “R-4” del terreno de 39,270.8 0 m2 (TRJZIN- TINUEVE MIL DOShNTOS SETENTA METROS CUA- DRADOS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS), que forma parte de un hrea mayor de 78,200.O O m2, consti- tuido por las Parcela s 30 distrito de San Martín de %31 del ex fundo Naranjal, del de Lima.orres, provincia y departamento Artícul o Segundo.- AUTORIZASE a la LOTIZAD0R.A VIRGEN DEL ROSARIO SOCIEDAD DE RESPON- SABILIDAD LTDA. ,ara contados a partir de a fecP Rresenta r en el plazo de (90) días a de notificación de la presente Resolución, los Proyectos Definitivos que serán elaboradosen base al Anteproyecto siado con el No 238-97-M ca ificación otorgada$ fl ~y~~s,ll,~~&~~~;~ or la Comisión de abi itación Urba- na como tipo “B-4” ,deiendo tenerse en cuenta los requisitos y observaciones que se señalan en el Acuerdo No 10, tomado en Sesión No 41-97-MMIJDGO/DHU del 7 de noviembre de 1997. Para la aprobación de los Proyectos Definitivos deberá coordinarse con las concesionarias de los senicio s y los proyectos de las plantas externas telefónicas y de las redes sanitarias Artíc ureléctricas. o Tercero.- AUTORIZASE la Inscripción Provi- sional Individualizada de los lotes, Del area total del terreno que esue la constituyen. 8e 39,270.8 0 m2 corres- p”ndena áre a útil de vivienda 23,238.0 5 m2 distribuidos de 8 siguiente manera: Manzana Lote8 Numeración Area A 40 B 40 C 22 D 18 E 9 F 25 G 15 H 15 TOTAL 184la40 la40 la22 la18 2a10 la25 la15 la154,965.25 5 m2 4,904.50 0 m2 2,790.80 0 m2 2,321.10 O m2 1,266.40 0 m2 3,201.50 0 m2 1,884.50 0 m2 1,904.00 m2 23,238.05 m2 La diferencia de 16,032.75 5 m2 corresponden a las áreas cedidas para vías públicas de 11,112.25 5 m2 y aportes 4,920.50 m2. Artículo Cuarto.0 De conformidad con lo dispuesto en el Artículo IV del Reglamento de Tramitación Administrativa del Proceso de Habilitación Urbana para la provincia de Lima aprobado por Decreto d e Alcaldía N° 134-96-MML, del 28 de noviembre de 1996, los interesado deberán nestiona r la Inscripción Preventiva ante los Registro s Púb icos de losf aportes correspondientes a Recreación Pública de 4,134.80 m2 qu e estará ubicado en el Parque N° 1 y el aporte Ministerio de Educación de 785.70 m2 ubicado en el tara el ote N° 1 de la Mz. “E”. El déficit de Recreación Pública de 189.00 m2 sera redi- mido en dinero, ubicándolos para efectos de tasación confrente a la vía de mayor valor arancelario, quedando en 8arantía a de su pago los Lotes Nos. 2 y 3 de la Mz. “E”, los ue eberán inscribirse preventivamente en los Registros Pú %li- cos. Artícul o Quinto.- La ublicació n de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial 81 Peruano, estará a cargo de los interesados. Artícul o Sexto.- Transcribas e a los Registros Públicos y a la Municipalidad Distrital de San Martín de Pones, para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese.JUAN BAUTISTA BARDELLI L. Director Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 1108 FE DE ERRATAS ORDENANZA No 138 Por Oficio No 116-98-MML-SGC, la Municipalidad Metro- politana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza No 138, publicada en nuestra edición del día 29 de enero de 1998, en la página 156879. ARTICULO PRIMERO Segundo párrafo:DICE: “De conformidad con lo establecido en el Artículo 9” de la Ordenanza No 108” DEBE DECIR: “De conformidad con lo establecido en el Artículo 9 ” de la Ordenanza No 137” 1161 Declaran en Estado de Emergencia inmuebles en estado precaiio de conservación DECRETO DE ALCALDIA W 003-9%MDB Brefia , 28 d e enero de 1998 VISTO, la implicancia de la gravedad que presenta el FENOMENO DEL NIÑO con el incremento de sus desorde- nes climatologico s en la Costa Peruana, específicamente en la zona de l a Cost a Central. CONSIDERANDO: Que, el distrito de Breña debido a la antigüedad de sus inmuebles que datan de los años 1910 y que en su mayoría están construidos de muros de adobe con techos de madera y torta de barro, constituyen un peligro latente para sus moradores y transeúntes por los posibles desastres; Que, por la precariedad de algunos inmuebles en la constitución de sus techos, dentro de la jurisdicción revisten carácter de peligrosidad para sus ocupantes;. Que, dada la preocupación del Alcalde, como miembro responsable de Defensa Civil y la gestión municipal a través de la Dirección de Desarrollo Urbano en prevenir posibles desastre s en la jurisdicció n como resultant e del incremento de l a precipitación fluvial en toda la zona de la Costa Central; DECRETA: Artículo Primero. -DECLARAR en estado de”E- MERGENCIA” todos los inmuebles de adobe y techos de made- ra, como los inmuebles precarios en estado de conservación “MALO” * Artícul o Segundo.- Encargar a la Dirección de Desarro- llo Urbano proceder a AUTORIZAR DE EMERGENCIA, a los propietarios y ocupante s de dichos inmuebles, para que refaccione n sus techos y prevenir posibles pérdidas tanto de orden materia l corno personal. Artículo Tercero. -Las autorizaciones de emergencia estarán exonerada s de todo tributo, previa calificación por la Dirección de Desarrollo Urbano, en base a lo estipulado en el Artículo Primero. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS SALAZAR BERAUN Alcalde 1160 Establecen monto de dieta que percibi- rán regidores de la municipalidad por concepto de asistencia a cada sesión de concejo ACUERDO DE CONCEJO No OO3-98-MDB Breña, 27 de enero de 1998