Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 1998 (31/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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MORDAZA incondicional y el auto que lo disponga se ejecutara inmediatamente, y si el Tribunal aprueba el consultado ordenara el archivamiento del proceso; Que, la resolucion judicial que otorga la MORDAZA Incondicional desvirtua el fundamento que sustentaba la suspension en el cargo; Que, la MORDAZA incondicional decretada que conlleva una declaracion de inculpabilidad, constituye la absolucion ue recisa el Articulo 30" de la Ley Organica de Municipalida8 es & 23853, modificado por el Articulo 1" de la Ley N° 26491; Que, el recurso de queja ue habria interpuesto el Conce`o Distntal de San MORDAZA deBorres, contra la denegatoria de f a concesion del recurso de nulidad, no im ide que se cumpla con la resolucion expedida por el TribunaP, de acuerdo con el Articulo 293" del Codigo de Procedimientos Penales; Que, en tanto la Corte Suprema no declare nula la resolucion que otorga la MORDAZA incondicional, esta se mantiene vigente ara todos sus efectos; Que, el Jido formulado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referente a que se oficie al Ministerio Publico para solicitar informe respecto al estado del MORDAZA, no es atendible por las consideraciones MORDAZA expuestas; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.0 Disponer ue don MORDAZA MORDAZA Kanashiro Ywamoto, reasuma sus i?lnciones en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de SM MORDAZA de Porres de la provincia de MORDAZA al habersele otorgado MORDAZA incondicional en el MORDAZA penal ue genero su suspension. Articulo Se do.- Bar por concluida la designacion de don MORDAZA MORDAZA !Y alvador MORDAZA, como MORDAZA Provisional del Concejo Distrital de San MORDAZA de Por-res, quien continuara en su cargo de Regidor. Articulo Tercero.- De'ar sin efecto el llamamiento provisional como Regidor de1 Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres de don MORDAZA MORDAZA Figueroa. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las arantfas que requiera el cumplimiento de la presente Reso fucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese.

MORDAZA, sabado 3 1 de enero de 1998

Diecinueve mil ochocientos cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 19 840,OO); Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones a robado por Decreto Su MORDAZA N° 054-97-EF, el Estatuto de a Superintendencia de Administradoras PrivaP das de Fondos de Pensiones a robado por Decreto Supremo N° 220-92-EF, asi como las L? soluciones Nos. 020-93-EF/ SAFP y 040-94-EF/SAFP; SE RESUELVE: Articulo l°.- Sancionar a AFP Horizonte con multa ascendente a Cuatro mil novecientos sesenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4 960,00), or los fundamentos expuestos en la parte considerativa de P presente Resolucion. a Articulo Z".-AFP Horizonte debera pagar la multa MORDAZA senalada dentro del plazo de cinco (5) dias calendario posteriores a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolucion. Articulo 3% La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1097 RESOLUCION N° 034-98-EF/SAFP MORDAZA, 26 de enero de 1998 VISTOS: Las Actas de Inspeccion de fecha 98.1.2 el Memorandum N° 040-98/SAFP.3 de la Intendencia de Eontrol de Instituciones e Inversiones; CONSIDERANDO:

Que, con fecha 98.1.2 se llevaron a cabo inspecciones en las Agencias de AFP Union ubicadas en la MORDAZA de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; SS. CHOCAN0 MARINA; MORDAZA ARCE. MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Que, las referidas ins ecciones tuvieron como objetivo, entre otros, la revision deP libro de traspaso solicitudes de Secretario General, TRUJILLANO tras aso en poder de las Agencias de AFP 9 nion; , 1171 a ue, esta Superintendencia ha detectado declaraciones de traspaso con omisiones en su contenido; ue, conforme a lo dis uesto por el Articulo 12" de la , Reso ucion N° 020-93-EF/S LP cualquier infraccion o trans7 gresion a las normas contenida; en las disposiciones legales y re lamentarias del Sistema Privado de Pensiones cometi % a por ersona juridica que participe de modo directo en el Sistema f: rivado de Pensiones, sera calificada a criterio de la Superintendencia, en alguno de los cinco niveles estableRESOLUCION N ° 033-98-EF/SAFP cidos; Que, esta Superintendencia califica dicha infraccion como MORDAZA, 26 de enero de 1998 de MORDAZA Nivel, pasible de sancion con multa; Que, los descargos de la Administradora, expuestos meel VISTOS: Las Actas de Inspeccion de fecha 98.1.2 diante comunicacion GO-012/98-CES de fecha 98.1.9, ingreMemorandum N° 040-98/SAFP.3 de la Intendencia de Eonsada a esta Superintendencia con Registro No 040338, no trol de Instituciones e Inversiones; desvirtuan las omisiones detectadas; Que, conforme a lo dispuesto por Oficio Circular N° 014CONSIDERANDO: 97-EF/SAFP de fecha 97.3. ll, el monto de la multa para las infracciones de MORDAZA Nivel se establece entre Cuatro mil Que, con fecha 98.1.2 se llevaron a cabo inspecciones en novecientos sesenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4 960,00) y las A encias de AFP Horizonte ubicadas en la MORDAZA de MORDAZA Diecinueve mil ochocientos cuarenta y 00/100 Nuevos Soles Y la 8r ovincia Constitucional del Callao; (S/. 19 840,001; Que, las referidas ins ecciones tuvieron como objetivo, Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la entre otros, la revision dePlibro de traspaso y solicitudes de Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de tras aso en poder de las Agencias; Pensiones, a robado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, el , 4 ue, en ese sentido, esta Superintendencia ha detectado Estatuto de P Superintendencia de Administradoras Privaa declaraciones de tras aso con omisiones en su contenido; I das de Fondos de Pensiones a robado por Decreto Su MORDAZA ue, conforme a Po dis uesto por el Articulo 12" de la N° 220-92-EF, asi c o m o l a s r;e s o l u c i o n e s Nos. 020-f 3-EF/ Reso ucion N ° 020-93-EF/S AFP, cualquier infraccion o trans- SAFP y 040-94-EF/SAFP; B gresion a las normas contenidas en las disposiciones legales y re lamentarias del Sistema Privado de Pensiones coSE RESUELVE: meti 8 a por ersona juridica que participe de modo directo en el Sistema Frivado de Pensiones, sera calificada a criterio de Articulo 1°.- Sancionar a AFP Union con multa ascenla Superintendencia, en alguno de los cinco niveles establedente a cuatro mil novecientos sesenta y 00/100 Nuevos Soles cidos; , (S/. 4 960,00), por los fundamentos expuestos en la parte Que, esta Superintendencia califica dicha infraccion como considerativa de la presente Resolucion. de MORDAZA Nivel, pasible de sancion con multa; A r t i c u l o 2°.- AFP Union debera pagar la multa MORDAZA Que, AFP Horizonte no ha cumplido con remitir los senalada dentro del plazo de cinco (5) dias calendario postedescargos corres ondientes, ese a haber sido solicitados riores a la fecha de entrada en vigencia de la p r e s e n t e kSAFP.3 de fecha 98-1-6; mediante Oficio R° 021-98-EP Resolucion. Que, conforme a lo dispuesto por Oficio Circular N° 01497-EF/SAFP de fecha 97.3. ll, el monto de la multa para las Articulo 3°.- La presente Resolucion entrara en vigencia infracciones de MORDAZA Nivel se establece entre Cuatro mil al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El novecientos sesenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4 960,00) y Peruano.

Sancionan con multa a diversas AFP

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