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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 1998 (31/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 35

Lima. sábado 3 1 de enero de 199X a-0 Pág. 156951 Establecen requisitos que deberán cumplir empresas productoras para acogerseal crédito tributario otorgado mediante la Ley NP 26782 REYOLUCION DE SUPERINTENDENCIA W 01%VWSUNAT Lima, 30 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que la Ley NO26782 otorgó n las em resas productoras de J?.maquinarias y equipos nuevos de ut izac16n directa en el proceso productivo, ubicadas en el rio equivalente al tres por ciento 3, %) del valor de venta de,Iaís. un Cr6dit.o Tributa- dichos bienes en el mercado interno; Que el Artículo 6” del Decreto Supremo N” 083-97-EF, tributarias corrientes a fin de ser considera as sujetos del beneficio; EE uso de las facultades conferidas en el inciso n) del Artículo õ” del Estatuto de la S-IJNAT aprobado por Decreto Supremo IV 032-92-EF; SE RESUELVE: DEFINICIONES Artículo lo.- -4 los fines de la presente Resolución de Superint,eudencia. se entenderá por : a) Ley b) Reglamento c) Credito Tributario dì Empresas Productoras el Maquinarias y equipos f1 Formulario-Solicitud g) UIT h, SUNATLey N” 26182. Decreto Supremo W 08%97- EF modificado por el Decreto Supremo N” OOl-98-EF. El senalado en el Artículo 1” de la Ley N” 26782. Las senaladas en el mciso c) del Articulo lo del Reglwmen- Es senalados en el mciso 0 del Artículo 1” del Reglamen- to. El Formulario N”4949. Soli- citud de devolución. IJnidad Impositivo Tributa- nu. Superintendencia Nacional de Administración Tributa- na. CONDICIONES PAR4 SOI,ICITAR EL CREDITO TIZIBLTABIO Artículo 25- Para solicitar el Crédito Tributario, las Empresas Productoras tendran en cuenta lo siguiente: al Peberan acumular en su solicitud, CrBditos Tributa- m6a períodos mensuales. No se podrán presentar solicitudes f”” ,perfodos anteriores al, últlmo~&dq por el cual se iubiera mesentado la sohcitud de evolución. En el caso que la solicitud sea denegada or no haber presentado la documentaciún y registros conta Yllea B que se refiere el Articulo 7” del Reglamento, la Empresa Productora podra presentar una nueva aol:citud en mes distinto a aquél ue corresponda a la fecha de presentación de la solicitud denegada. c: Al efectuar la venta de bienes sujetos al beneficio, ademas de las disposiciones contenidaa en el Reglamento de Comprobantes de Pago, debernn consignar en el origmal y copias de las facturas de venta como parte de la descripción de loa referidos bienes. i) El nombre detallado de i w bienes, LL) Las partidas arancelaras que correspondan a loa bienes,iii) La frase: “BIENES SUJETOS AL BENEFICIO DE LA LEY N” 26782”. El número de serie que identifique al bien, de ser el caso, b$;S. ser consignado en la guía de remisiún del referido d) Deberan llevar Registro de Inventario Permanente en unidades de los bienes materia de solicitud. e) En el caso de haber encar ado la fabricación de los bienes materia de la solicitud, de %erán acreditar tal situa- ción con los comprobantes de pago emitidos por los rovee- dores, los mismos ue deberan consignar la frase: “~ERVI- CIO DE FABRICA&ON DE...” en los referidos comproban- tes. fl En el caso que incurran en el inciso c) del Artículo 2” del Reglamento, deber$n llevar órdenes de fabricación, órdenes de producción, registros auxiliares o tarjetas de producción por cada bien vendido materia de solicitud que permitan identificar los insumos que intervinieron en su elaboración asi como la procedencia de los mismos. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARLAS CORRIENTES Artículo So.-Se considera que las Empresas Productoras han cumplido con sus obligaciones tributanas corrientes cuyo vencimiento se hubiera reducido durante loa últimos doce (121 meses anteriores a a fecha de presentación de la P solicitud, cuando hubieran presentado las declaraciones y efectuado el pago de loa tributos correspondientes, hasta el día anterior a la fecha de presentación de la referida sohci- tud. ACOGIMIENTO AL CREDITO TRIBUTARIO Artículo 4”.- Para efectos de acogerse al Crédito Tnbu- tario, las Em Presas Productoras deberán presentar ante la SUNAT un ormulario-Solicitud, adjuntando la sigwent documentación: a) Declaración Jurada aefialandn que: i) Han cumplido con las obligaciones tributarias corrlen- tea cuyo vencimiento se hubiera Preducida durante los últimos doce (12) meses anteriores a a fecha de presentación de la solicitud, según corresponda; y que, ii) No se encuentran comprendidas en ninguno de los supuestos de exclusi6n a que se refiere el Artículo T del Reglamento. La declaraci6n jurada se presentara en or-igmal y copia. según modelo que como anexo forma parte de la presente Resolución. 01 Copia simple de: i) Las facturas de ventas correspondientes al período y a loa bienes incluidos en la solicitud. ii) Las notas de debito, notas de crédito y de las guías de remiai6n referidas a las operaciones de venta, de ser el caso. iii) La declaración-pa o del Impuesto General a las Ventas que corresponda aIa venta de loa bienes materia de la solicitud. En el caso de las facturas, notas de debito, notas de crédito y guías de remisión, se deberan presentar copras simples del ejem?lar correspondiente al emisor. ratándose de pagos recibidos antici adamente a la entrega del bien, además de lo senalado en e presente inciso, P las Empresas Productoras deberán adjuntar copia simple de la orden de compra, nota de pedido, contrato *ie venta u catre documento que acredite la operaci6n c) Determinación del Crédito Tributario alue se solicita. indicando lo siguiente: ij Número de laa facturas de venta, notas de débito <. de crédito, que sustentan la solicitud; ii) Número de la partida arancelana del bien materia de la solicitud; y, iii1 Valor de venta por factura. El valor de venta y el Crédlto Tributario debeia ser ~t$ermmado por cada período mensual mcludo en la soki- Adicionalmente, las Empresas !‘r*oductoras a que se refiere el inciso fl del Artículo 2” del Reglamento deberán adjuntar una relación de las facturas por adquisiciones dr los bienes incluidos en el Anexo del referido Reglamento, que se encuentren anotadas en el Registro de Compras correspon- diente al período por el que solicita el Crédito Tributario, en la que se debera detallar la información a que se refiere el