Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 1998 (24/02/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 24 de febrero de 1998

NORMAS LEGALES

Pag. 157643

y de la informacion proporcionada por la Superintendencia Nacional de Aduanas, se ha analizado lo siguiente: a) Si el denunciante cumple con la condicion de PRODUCTOR NACIONAL b) Si el producto nacional y el producto MORDAZA son SIMILARES c) Si hay pruebas o indicios de la EXISTENCIA DE DUMPING d) Si hay pruebas o indicios de la EXISTENCIA DE DANO Y/O AMENAZA DE DANO y la RELACION CAUSAL entre esta y el dumping 4.- CONDICION DE PRODUCTOR NACIONAL Las empresas Hornos Electricos Peruanos S.A. y Carbotermica S.A. se encuentran asociadas al Comite de la Industria Quimica de la Sociedad Nacional de Industrias y se dedican a la fabricacion y comercializacion de carburo de calcio, representando MORDAZA empresas mas del 50% de la produccion nacional. 5.- SIMILARIDAD DEL PRODUCTO El producto sujeto a investigacion es el carburo de calcio procedente de MORDAZA, especificamente de la empresa Electrometalurgica MORDAZA S.A. De la informacion remitida por Aduanas se comprueba que el carburo de calcio MORDAZA entra al Peru bajo la subpartida nacional NANDINA 2849.10.00.00. Dicha partida incluye como unico producto al carburo de calcio en sus diferentes tipos de granos: 4/7, 50/80, 25/50, 15/25, 4/ 7M, 4/7F, 14ND, por lo que se trataria de productos similares. Adicionalmente, segun las pruebas presentadas por el Comite de la Industria Quimica de la S.N.I., consistentes en cotizaciones de dos empresas que serian distribuidoras de Electrometalurgica MORDAZA S.A. en el MORDAZA MORDAZA, se puede concluir que la denominacion del producto es la misma que el producido en el Peru, y que el embalaje (tambores) y formas de MORDAZA (granos) tambien serian similares. 6.- EXISTENCIA Y CUANTIA DEL DUMPING 6.1 Precio de Exportacion El precio de exportacion del carburo de calcio MORDAZA se calculo en base a la informacion proporcionada por Aduanas, obteniendose un precio promedio ponderado FOB de US$ 0.43 por k. para el periodo agosto - octubre de 1997, pues durante los meses de febrero a MORDAZA no se importo carburo de calcio de Argentina. 6.2 Valor Normal De acuerdo a las cotizaciones presentadas y los ajustes realizados, el valor normal del carburo de calcio en el MORDAZA interno MORDAZA ascenderia a US$ 0.77 por k. 6.3. Margen de Dumping De acuerdo a la informacion disponible por la Secretaria Tecnica se desprende que existiria dumping en las exportaciones de la empresa Electrometalurgica MORDAZA S.A. al Peru, y que este seria de 79.06% del precio de exportacion. 7.- LA EXISTENCIA DE DANO Y/O AMENAZA DE DANO Y LA RELACION CAUSAL Para determinar la existencia de dano y/o amenaza de dano a la produccion nacional se analizo tanto el volumen de las importaciones a supuestos precios de dumping, asi como su participacion relativa en el total importado y su posible efecto sobre los precios y produccion del producto nacional. 7.1 Participacion de las Importaciones Argentinas en el Total Importado Se observa que ha MORDAZA un aumento significativo de la participacion de MORDAZA en el total de importaciones para el ano 1997 (periodo enero-octubre), llegando a constituir un 53.1% del total importado, luego de representar entre los anos 1994 a 1996 de 30% a 33%. Este incremento de la participacion de las importaciones de carburo de calcio procedentes de MORDAZA en 1997, se

concentra en los meses de agosto, setiembre y octubre, lo que coincide con el hecho de que a partir de MORDAZA de 1997 no se han registrado importaciones de carburo de calcio procedentes de Brasil, como consecuencia de la imposicion de derechos antidumping provisionales en MORDAZA y de derechos antidumping definitivos en octubre del mismo ano, a las importaciones de la empresa brasilera White Martins Gases Industriais3. Es posible que las importaciones argentinas esten sustituyendo a las provenientes de Brasil, y cabe esperar que el dano generado por las importaciones brasileras sea ocasionado ahora por las importaciones argentinas a supuestos precios de dumping. Esta sustitucion de las importaciones brasileras por argentinas constituye un indicio de la amenaza de dano a la produccion nacional 7.2 Incidencia de las Importaciones Argentinas en las Ventas Nacionales y su Participacion en el MORDAZA Interno La incidencia del carburo de calcio importado de MORDAZA en las ventas nacionales ha ido en aumento, pasando de ser un 45% para los anos 1993 y 1994 a 137.73% para el ano 1996. En el periodo enero-setiembre de 1997, este indicador alcanza el 96.02%. En relacion a las ventas en el MORDAZA interno la participacion del producto MORDAZA para el ano 1997 (periodo enero-octubre) asciende a 34.77%, y se observa que esta ha venido incrementandose desde 1994. 7.3. Efecto de las Importaciones Argentinas sobre la Produccion Nacional y los Precios En cuanto a la produccion nacional se observa una MORDAZA disminucion en el volumen producido desde 1993 hasta 1996. Aunque a setiembre de 1997, se registra una recuperacion de la produccion nacional, las empresas peruanas siguen utilizando menos de un MORDAZA de su capacidad instalada. La existencia de importaciones a supuestos precios de dumping impediria que los precios del carburo de calcio nacional evolucionen de acuerdo a los costos de produccion. Los productores nacionales no podrian subir sus precios (ante un incremento en sus costos), porque de hacerlo sus ventas podrian verse desplazadas por las importaciones argentinas. El aumento en el nivel de importaciones argentinas procedentes de la empresa Electrometalurgica MORDAZA S.A., en los meses de agosto, setiembre y octubre de 1997, indicaria que estas importaciones estarian sustituyendo a las importaciones brasileras, y eso constituiria un indicio de amenaza de dano a la produccion nacional. Estando a lo acordado unanimemente por la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios del Indecopi, en su sesion de fecha 21 de enero de 1998, y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 5.3 del Acuerdo Antidumping de la Organizacion Mundial de Comercio, en el inciso b) del Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 043-97-EF y en el Articulo 22º del Decreto Ley Nº 25868. RESUELVE: Articulo 1º.- Iniciar el procedimiento de investigacion por supuestas practicas de dumping a las importaciones de carburo de calcio procedente de la Republica MORDAZA, producido y exportado por la empresa Electrometalurgica MORDAZA S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion conforme a lo siguiente: Subpartida Nacional del Arancel de Aduanas 2849.10.00.00 Descripcion Carburo de Calcio

Articulo 2º.- Notificar a la denunciante, al denunciado, a los importadores y al gobierno del MORDAZA exportador a efectos que ejerzan sus derechos conforme a ley.

3 Expediente Nº 006-96-CDS y Resolucion Nº 012-97-INDECOPI/CDS publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de octubre de 1997

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.