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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 1998 (01/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

lima. miércoles t de julio de 199X mefpatruano Pág.161579 ADUABJAS FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Artículo Quinto.- DEJESE SIN EFECTO el Artículo 22 DE ADUANAS W 900984 de la Ordenanza N” 004-97-DA/MDB. Mediante Oficio N” 51698-ADUANAZYSG, la Superin- tendencia Nacional de Aduanas solicita se publique Fe de Erratas de la Directiva N” 7-D-IO-SB-ADUANAS-INA-GPF- DPP, aprobada por Resolución de Superintendencia de Adua- nas N” 000984, publicada en nuestra edición del día 25 de junio de 1998, en la página N” 161078. (Numeral 4. de la Directiva). DICE: 4. VIGENCIA La presente Directiva entrará en vigencia a partir del pri- mer día útil del mes siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Resolución de Superintendencia que la aprueba. DEBE DECIR: 4. VIGENCIA: I La presente Directiva entrará en vigencia a partir del déci- mo quinto día útil siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Resolución de Superintendencia que la aprueba. 7199 Suspenden el otorgamiento de licen- cias de funcionamiento de diversos giros comerciales y disponen estable- cer procedimientos de fiscalización ORDENANZA No 906-98.DA/MDB Breña, 18 de junio de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo de Breña en Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó por UNA- NIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO PARA DIVEXSOS GIROS Artículo Primero.- SUSPENDASE a partir de la fecha el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento para los giros de Licoreria, Bares, Cantinas, Recreos, Chicherías, Anticucherías; Discotecas, Video Pub, Salas de Masajes y afines; Hoteles, Hostales y similares; Salas de Billar; Pimball, Juegos de Video y similares. Artículo Segundo.- ESTABLEZCANSE procedimientos de fiscalización en los establecimientos que hubieren obtenido Licencias de Funcionamiento con los giros indicados en los artículos precedentes, debiendo adecuarse a los requisitos que se establezcan mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- FACULTESE al Alcalde a expedir Decretos de Alcaldia que organicen, regulen y reglamenten los proccdimientosnecesanos,conelol?jetodeevitarelusoindebido de las Licencias de Funcionamiento otorgadas. Artículo Cuarto.- INCORPORENSE en el Cuadro Unico deInfraccionesySancionesestablecidoenlaOrdenanzaN”004- 97.DAiMDB, las siguientes Infracciones:OR-Olí-112 OR-OS-1 13Por realizar actividades distintas al giro autori- zado - CLAUSURA DEFINITIVA. Por realizar actividades contrarias al orden público, a la salud y a las buenas costumbres -2UIT POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde hdI3NfCfPALPDAD DE SURQUXLLQ Aprueban exoneración de pago de cer- tificado médico y emisión gratuita de partidas de nacimiento, de contra- yentes de matrimonio civil masivo ACUERDO DE CONCEJO W 098-98-SEGE-MDS Surquillo, 26 de junio de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto en la XII Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de junio de 1998, el Dictamen N” 002CSS/SR/98/MDS de la Comi- sióndeServiciosSociales,sobrelapropuestadeexoneracióndel pago total del “Certificado Médico Prenupcial” y emisión de Partida de Nacimiento gratuita para las parejas que quieran contraer “Matrimonio Civil Masivo” el día 11 de julio de 1998. CONSIDERANDO: Que, con fecha 1 de mayo del auo en curso, se publicó cn el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Alcaldía N” 002-98. SEGE-MDS, el cual autoriza la realización del “Matrimonio Civil Masivo” a llevarse a cabo el día sábado 11 de julio del presente; Que, teniendo en cuenta la poca afluencia de parejas inscri- tas para dicho matrimonio y siendo el pago de S/. 50.00 rCin- cuenta Nuevos Soles), correspondiente al Certificado Médico Prenupcial; la Unidad de Registro Civil propone la EXONERA- CION de dicho pago, como una forma de aliviar la precaria situación económica de la comunidad surquillana; Que, asimismo la Unidad de Registro Civi! propone, la emisión de la Partida de Nacimiento en forma gratuita para todas las parejas que quieran contraer “Matrimonio Civil Masivo”, a fin de darles mayor facilidad en el trámite de sus expedientes; Estandoalodispuestoenel Artículo 109”delaLey Orgánica de Municipal: tdades N” 23853, con dispensa del trámite de aprobación de Acta y siendo aprobado por Mayoría con doce (12) votos a favor y dos 12) abstenciones de los señores regidores Guillermo Cussianovich y Gustavo Sirrra: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la exoneración del pago de S/. 50.00 Nuevos Soles, correspondiente al Certificado Médico Prenupcial y la emisión gratuita de la Partida de Nacimiento de las parejas que quieran contraer “Matrimonio Civil Masivo”. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presen- te Acuerdo a la Gerencia de Administración, Gerencia de Plani- ficación y Presupuesto y Gerencia de Servicios Sociales en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDWIN LAGUERRE GALLARDO Alcalde 7201