TEXTO PAGINA: 14
Pág. 162422 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de julio de 1998 VISTOS, el Expediente Nº 920344, organizado por la empresa TRANSPORTES LIVIANOS JAMES S.C.R.LTDA., sobre prórroga del Permiso de Prestación de Servicios e Informe Nº 180-98-MTC/15.18.04.02.NNS de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la documentación presentada por la empresa recu- rrente, se encuentra organizada con los requisitos previstos en la Directiva de Servicio Público de Transporte Interna- cional de Pasajeros y Carga por Carretera, aprobado por Resolución Directoral Nº 032-90-TC/15.15, de fecha 23 de febrero de 1990, para la prórroga del Permiso de Prestación para el servicio autorizado por Resolución Directoral Nº 161-92-TCC/15.15 de fecha 2 de octubre de 1992, modifica- da por Resolución Directoral Nº 073-97-MTC/15.15 de fecha 12 de marzo de 1997; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 515-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 310-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en la Decisión 399 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena sobre Transporte In- ternacional de Mercancías por Carretera, Resolución Direc- toral Nº 032-90-TC/15.15, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Uni- co de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Prorrogar la vigencia del Certificado de Idoneidad Nº CI-PE-0045-92 otorgado por Resolución Di- rectoral Nº 161-92-TCC/15.15 de fecha 2 de octubre de 1992, modificada por Resolución Directoral Nº 073-97-MTC/15.15 de fecha 12 de marzo de 1997 a favor de la empresa TRANSPORTES LIVIANOS JAMES S.C.R.LTDA. para la prestación del servicio de transporte internacional de mer- cancías por carretera en los siguientes términos: ORIGEN :República del Perú. DESTINO :Repúblicas de Ecuador, Colombia y Vene- zuela. RUTAS :Ejes Troncales, Interregionales y Com- plementarios, establecidos en la Decisión 271, modificada por la Decisión 277 para las Repúblicas de Ecuador, Colombia y Venezuela. FLOTA VEHICULAR :Seis (6) remolcadores: YG-5379 (1985), YG-7577 (1988), YG- 7578 (1995), YG-7794 (1985), YG-7795 (1988), YE-1170 (1991) Ocho (8) semirremolques: ZD-1959 (1986), ZD-2018 (1987), ZE-1079 (1977), ZE-1080 (1977), ZE-1082 (1978), ZE-1192 (1974), ZG-7793 (1974), ZG-8904 (1997) Un (1) remolque: ZG-6567 (1992) Total: Quince (15) vehículos, autorizándose la inscrip- ción de éstos ante la Superintendencia Nacional de Adua- nas. Segundo.- La prórroga que se otorga tendrá una vigen- cia de cinco (5) años computados a partir del 2 de octubre de 1997, fecha de conclusión de la Resolución Directoral Nº 161-92-TCC/15.15. Tercero.- La empresa TRANSPORTES LIVIANOS JA- MES S.C.R.LTDA., mantendrá vigente la póliza de seguros, que cubra las actividades operacionales que se otorga por esta resolución y acreditará su cumplimiento ante la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Inter- nacional. Cuarto.- La empresa autorizada por la presente resolu- ción, deberá sujetarse a los convenios en materia de trans- porte internacional terrestre por carretera, que el país haya suscrito y que posteriormente suscriba con los países miem- bros del Cono Sur, así como a los Reglamentos vigentes.Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 6744 PESQUERIA Declaran caducidad de autorización otorgada a persona natural para desa- rrollar la actividad de acuicultura con la especie trucha arco iris RESOLUCION MINISTERIAL Nº 360-98-PE Lima, 16 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 057-96-PE de 31 de enero de 1996, se otorgó al señor Oscar Silvestre Anaya Quiñones, autorización para desarrollar la actividad de acui- cultura de subsistencia y a menor escala, con la especie "Trucha Arco Iris" Oncorhynchus mykiss, mediante la utilización de estanques seminaturales, con un espejo de agua de 880 m2 en el predio de su propiedad, ubicado en el distrito de Malqui, provincia de Aija, departamento de Ancash; Que el Artículo 115º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que son causales de caducidad de la autorización, el incumplimiento de los objetivos prefijados en los proyec- tos que motivaron su otorgamiento; Que la Dirección Nacional de Acuicultura dentro del Programa de Seguimiento y Control de las Autorizaciones y Concesiones otorgadas para el desarrollo de la actividad de acuicultura, ha efectuado acciones inopinadas de con- trol, determinándose en los informes respectivos que las instalaciones de la piscigranja, materia de la autorización antes aludida, se encuentran en total abandono, deteriora- das e inoperativas; por lo que procede declarar la caducidad de la autorización otorgada; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Acuicultura y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Artículo 115º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE y el Artículo 4º de la Resolu- ción Ministerial Nº 057-96-PE; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la caducidad de la Resolución Ministerial Nº 057-96-PE, de fecha 31 de enero de 1996, mediante la cual se otorgó al señor Oscar Silvestre Anaya Quiñones, autorización para desarrollar la actividad de acui- cultura de subsistencia y a menor escala con la especie "Trucha Arco Iris" Oncorhynchus mykiss, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Mi- nisterial a la Dirección Subregional de Pesquería - Huaraz y a la Dirección General de Aguas y Suelos del Instituto Nacional de Recursos Naturales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 8019 Declaran inadmisibles impugnaciones contra resolución que aprobó listados actualizados de embarcaciones pes- queras de mayor escala RESOLUCION MINISTERIAL Nº 361-98-PE Lima, 16 de julio de 1998