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Pág. 162415 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de julio de 1998 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Dr. Rolando Eyzaguirre Mac- can, como Procurador Ad Hoc, para que asuma la represen- tación y defensa del Estado, en la demanda de Acción Popular a la que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Minis- tros de Economía y Finanzas, de Justicia y de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud 8086 Designan Procurador Ad Hoc para asu- mir representación y defensa del MI- TINCI en proceso judicial de Amparo iniciado por empresa RESOLUCION SUPREMA Nº 250-98-JUS Lima, 17 de julio de 1998 Visto, el Oficio Nº 229-98/MITINCI-DM, del 13 de julio de 1998, remitido por el señor Ministro de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales; y, CONSIDERANDO: Que la empresa C.C.T. Lima S.A. ha interpuesto una Acción de Amparo contra el Ministerio de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales, la Superintendencia Nacional de Aduanas - SUNAD y el Ministerio de Economía y Finanzas, solicitando la inaplicación de los Artículos 2º y 3º del Decreto Ley Nº 25789; Que el Poder Ejecutivo, excepcionalmente, puede enco- mendar la defensa del Estado, como Procurador Público Ad Hoc, a letrado distinto al Procurador Público titular; Que en consecuencia, es necesario designar un Procura- dor Público Ad Hoc para que asuma la defensa del Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, en dicha acción; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 y Decreto Ley Nº 25993; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al doctor DOMINGO GARCIA BELAUNDE, como Procurador Público Ad Hoc, para que asuma la representación y defensa del Ministerio de Indus- tria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, en el proceso judicial a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y de Justicia.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 8087 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan al Ministerio renovar Conve- nio a fin que el PNUD administre re- cursos destinados al Programa de Ca- pacitación Laboral Juvenil RESOLUCION SUPREMA Nº 019-98-TR Lima, 17 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social, corresponde a éste definir, formular y evaluar la política nacional de desarrollo socio-laboral del Estado, estableciendo la normatividad sectorial pertinente y ejecu- tando la política de alcance nacional; Que, el inciso b) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-97-TR, Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Formación y Promoción Laboral, señala que constituye objetivo de dicha ley el mejorar los niveles de empleo adecuado en el país de manera sustancial, así como combatir el desempleo y el subempleo, en especial el que afecta a la fuerza laboral juvenil; Que, mediante los Decretos de Urgencia Nºs. 126-96 y 041-97 se autorizó al Ministerio de Trabajo y Promoción Social a suscribir con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD- convenios de administración de fondos para la ejecución del Programa de Capacitación Laboral Juvenil; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párra- fo del Artículo 23º, los incisos 17) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 6º de la Ley Nº 26894, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Trabajo y Promoción Social a renovar el Convenio celebrado con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, con el objeto que este organismo administre los recursos destina- dos al diseño, ejecución y evaluación del Programa de Capacitación Laboral Juvenil, Projoven. Artículo 2º.- Autorízase al Ministerio de Trabajo y Promoción Social a efectuar una transferencia hasta por la suma de S/. 6,862,869.00 (Seis Millones Ochocientos Sesen- ta y Dos Mil Ochocientos Sesenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles) de los Recursos Directamente Recaudados por este Sector, para ser administrados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, en el marco del Conve- nio citado en el artículo precedente. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República