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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 1998 (20/07/1998)

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani Lima, lunes 20 de julio de 1998 AÑO XVI - Nº 6599 Pág. 162409 PODER EJECUTIVO Autorizan crédito suplementario en el presupuesto del Sector Público con re- cursos provenientes de endeudamiento externo concertado con el BIRF DECRETO DE URGENCIA Nº 033-98 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-93-EF se apro- bó una operación de Endeudamiento Externo concertado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, destinado a financiar el Programa de Ajuste para Privatización; Que, en el Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por Ley Nº 26894, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998, no se ha considerado los recursos de la operación de endeudamiento mencionada en el considerando precedente; Que, es necesario incorporar en el Presupuesto del Gobierno Central para el Ejercicio Fiscal 1998, Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, los recursos financie- ros previstos a ejecutarse para el presente año proveniente de la Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF (3595- O PE), ascendente a DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SO- LES (S/. 273 700 000,00), su diferencial cambiaria ascen- dente a CATORCE MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 212 000,00) y los intereses generados por el depósito del mismo al 1 de julio de 1998 por la suma de CUATRO MILLONES NOVE- CIENTOS NOVENTA Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 993 000,00); En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 1998, hasta por la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL Y 00/100 NUE- VOS SOLES (S/. 292 905 000,00), de acuerdo al siguiente detalle: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 12 :RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 1.0.0 :INGRESOS CORRIENTES 1.6.0 :Renta de la Propiedad 1.6.2 :De la Propiedad Financiera 1.6.2.005 :Intereses Ctas. del Tesoro Público 4 993 000,00 1.6.3. :Otros 1.6.3.001 :Diferencial Cambiario 14 212 000,004.0.0 :FINANCIAMIENTO 4.1.0 :Operaciones Oficiales de Crédito 4.1.2 :Operaciones Oficiales de Crédito Externo 4.1.2.004 :Operaciones Oficiales de Crédito Externo- BIRF/Bco. Mundial 273 700 00,00 TOTAL INGRESOS 292 905 000,00 EGRESOS SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009:MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS UNIDAD EJECUTORA 002:ADMINISTRACION DE LA DEUDA FUNCION 03:ADMINISTRACION Y PLANEAMIENTO PROGRAMA 004:ADMINISTRACION FINANCIERA SUB-PROGRAMA 0015 :ADMINISTRACION DE LA DEUDA Y PARTICIPACION ACCIONARIA ACTIVIDAD 00011 :ADMINISTRACION DEUDA EXTERNA 7.SERVICIO DE LA DEUDA 292 905 000,00 8. Intereses y Cargos de la Deuda 72 941 000,00 9. Amortización de la Deuda 219 964 000,00 TOTAL EGRESOS 292 905 000,00 Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las corres- pondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 8094 P C M Designan representante de la Presi- dencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial de Desarrollo de la Frontera Nor Oriental RESOLUCION MINISTERIAL Nº 087-98-PCM Lima, 17 de julio de 1998