Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 1998 (07/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 1998

Otorgan concesion a empresas para que presten servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 597-98-MTC/15.18 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1998 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 01187010, 01054010 y 01178010, organizados por TURISMO PARAISO S.A., sobre Concesion de Ruta: LIMA-TRUJILLO y viceversa, Informe Nº 337-98-MTC/15.18.04.atr de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional y Oficio Nº 235-98-CTAR/LLDRTCVC-DECT-DT de la Direccion Regional de Circulacion Terrestre de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 972-98-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 424-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a TURISMO PARAISO S.A. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, en la ruta: LIMA-TRUJILLO y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR : LIMA-TRUJILLO y viceversa : MORDAZA REGION : ------------: MORDAZA REGION : LA MORDAZA : CHIMBOTE : CHIMBOTE : Una (1) interdiaria : Dos (2) omnibus

17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General (e) Direccion General de Circulacion Terrestre 6133 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 668-98-MTC/15.18 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 1998 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 970261, 8162004 y 00999010, organizados por MORDAZA MORDAZA CICCIA MORDAZA E.I.R.L., sobre Concesion de Ruta: LIMA-ILO y viceversa e Informe Nº 362-98-MTC/ 15.18.04.1 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 903-98-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 372-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a MORDAZA MORDAZA CICCIA MORDAZA E.I.R.L. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, en la ruta: LIMA-ILO y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR : LIMA-ILO y viceversa : MORDAZA REGION: -----------: ILO REGION: MOQUEGUATACNA-PUNO : ICA-CAMANA-MOQUEGUA : ICA-CAMANA-MOQUEGUA : Una (1) diaria : Tres (3) omnibus

FLOTA OPERATIVA : Un (1) omnibus: UD-2430 (1991) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UQ-3124 (1989) HORARIOS : Salida de Lima: 22.00 horas (lunes, miercoles y viernes) Salida de Trujillo: 22.00 horas (domingo, martes y jueves)

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo

FLOTA OPERATIVA : Dos (2) omnibus: UO-7392 (1995) y UO-7389 (1995) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UO-7394 (1995) HORARIOS : Salida de Lima: 02.15 horas (lunes a domingo) Salida de Ilo: 02.15 horas (lunes a domingo)

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad.

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