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Pág. 160530 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de junio de 1998 Otorgan concesión a empresas para que presten servicio público de trans- porte terrestre interprovincial de pa- sajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 597-98-MTC/15.18 Lima, 16 de abril de 1998 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 01187010, 01054010 y 01178010, organizados por TURISMO PA- RAISO S.A., sobre Concesión de Ruta: LIMA-TRUJI- LLO y viceversa, Informe Nº 337-98-MTC/15.18.04.atr de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional y Oficio Nº 235-98-CTAR/LL- DRTCVC-DECT-DT de la Dirección Regional de Circula- ción Terrestre de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del Reglamento del Servicio Público de Transporte Te- rrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestación del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direccio- nes de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 972-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 424-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a TURISMO PARAISO S.A. la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni- bus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, en la ruta: LIMA-TRUJILLO y viceversa, de acuerdo a los siguien- tes términos: RUTA :LIMA-TRUJILLO y viceversa ORIGEN :LIMA REGION :------------- DESTINO :TRUJILLO REGION :LA LIBERTAD ITINERARIO :CHIMBOTE ESCALA COMERCIAL :CHIMBOTE FRECUENCIAS :Una (1) interdiaria FLOTA VEHICULAR :Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un (1) ómnibus: UD-2430 (1991) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UQ-3124 (1989) HORARIOS :Salida de Lima: 22.00 horas (lunes, miércoles y viernes) Salida de Trujillo: 22.00 horas (domingo, martes y jueves) La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo res- ponsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Públi- co de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sancio- nes previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio- nal e Internacional. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General (e) Dirección General de Circulación Terrestre 6133 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 668-98-MTC/15.18 Lima, 5 de mayo de 1998 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 970261, 8162004 y 00999010, organizados por MIGUEL SEGUN- DO CICCIA VASQUEZ E.I.R.L., sobre Concesión de Ruta: LIMA-ILO y viceversa e Informe Nº 362-98-MTC/ 15.18.04.1 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del Reglamento del Servicio Público de Transporte Te- rrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestación del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direc- ciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 903-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 372-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a MIGUEL SEGUNDO CICCIA VASQUEZ E.I.R.L. la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, en la ruta: LIMA-ILO y viceversa, de acuer- do a los siguientes términos: RUTA :LIMA-ILO y viceversa ORIGEN :LIMA REGION :------------ DESTINO :ILO REGION :MOQUEGUA- TACNA-PUNO ITINERARIO :ICA-CAMANA-MOQUEGUA ESCALA COMERCIAL :ICA-CAMANA-MOQUEGUA FRECUENCIAS :Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus: UO-7392 (1995) y UO-7389 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UO-7394 (1995) HORARIOS :Salida de Lima: 02.15 horas (lunes a domingo) Salida de Ilo: 02.15 horas (lunes a domingo) La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo res- ponsabilidad.