Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 1998 (07/06/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 1998

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de junio de mil novecientos noventiocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 6200

EDUCACION
Prorrogan plazo de permanencia temporal fuera del MORDAZA, de piezas arqueologicas para su exhibicion en museo y centro cultural de Italia
RESOLUCION SUPREMA Nº 054-98-ED MORDAZA, 4 de junio de 1998 Visto el Oficio Nº 508-98-INC/DN cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 036-97-ED, del 30 de MORDAZA de 1997, se autorizo la salida temporal del MORDAZA de ciento siete (107) piezas arqueologicas del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru, para ser exhibidas en la exposicion denominada "Oro, Ritos y Mitos del Antiguo Peru", realizada en el Museo Provincial de Borgo Castello de la MORDAZA de Trieste (Gorizia) Italia, entre el 1 de MORDAZA al 10 de octubre de 1997. Que, mediante Resolucion Suprema Nº 135-97-ED se autorizo prorrogar hasta el 15 de MORDAZA de 1998, el plazo de permanencia fuera del MORDAZA de ciento cinco (105) piezas arqueologicas del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru, dos (2) retornaron al Peru, integrantes de la exposicion denominada "Oro, Ritos y Mitos del Antiguo Peru", para que MORDAZA exhibidas en el Museo San't MORDAZA de la MORDAZA de Genova, Italia, del 18 de diciembre de 1997 al 5 de MORDAZA de 1998. Que, mediante Carta del 9 de marzo de 1998, la Empresa EL SOL S.R.L., solicita prorroga de permanencia en Italia de ciento cinco (105) piezas arqueologicas del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru a la que se contrae la Resolucion Suprema Nº 135-97-ED, para continuar la exposicion denominada "Oro, Ritos y Mitos del Antiguo Peru" para ser exhibida del 12 de MORDAZA al 10 de agosto de 1998, de acuerdo al cronograma establecido en el Expediente Nº 1130 del 22 de MORDAZA del ano en curso, presentado por la indicada empresa al Instituto Nacional de Cultura: - Del 12 de MORDAZA al 21 de junio de 1998 en el Museo Nazionale G.A. Sanna de Sassari, Cerdena - Italia. - Del 4 de MORDAZA al 10 de agosto de 1998 en el Centro Cultural Citadella dei Musei de Cagliari, Cerdena Italia Que, mediante Informe Nº 014-98-INC/DCNRPCM de la Direccion del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Cultural Mueble del Instituto Nacional de Cultura, se manifiesta la conformidad y cumplimiento de los requisitos exigidos para la autorizacion de prorroga de salida temporal de los bienes culturales senalados. Que, las ciento cinco (105) piezas arqueologicas, cuya prorroga de permanencia temporal en la MORDAZA de Cerdena, Italia, se solicita, se encuentran debidamente aseguradas mediante la Poliza Nº 61734466 emitida por la Compania de Seguros GENERALI, Assicurazioni Generali S.p.A hasta su retorno al pais. Que, constituye una de las funciones del Instituto Nacional de Cultura, cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nacion tanto en el MORDAZA como en el extranjero, por lo que esta Institucion recomienda autorizar la prorroga de salida temporal de las piezas arqueologicas a que se refiere la presente resolucion. De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 6º, 7º y 13º de la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, Decreto Supremo Nº 02-94-JUS - Texto Ordenado de la Ley de Normas y Procedimientos Administrativos y el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Sector Educacion, modificada por la Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado;

AGRICULTURA
Precisan documentacion que debera presentarse en procedimientos de transferencia de terrenos eriazos en casos de superposicion con zonas arqueologicas
DECRETO SUPREMO Nº 008-98-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica de Gobierno promover el incremento de la produccion y productividad agraria, entre otras, mediante el incentivo y promocion de las inversiones del Sector Privado en la ampliacion de la frontera agricola; Que, el Ministerio de Agricultura, a traves del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, identifica las tierras eriazas para su transferencia al sector privado con fines de desarrollo MORDAZA, de acuerdo con la Resolucion Ministerial Nº 518-97-AG; Que, es necesario precisar la documentacion que corresponde presentarse cuando el Ministerio de Educacion, a traves del Instituto Nacional de Cultura - INC, intervenga en el procedimiento descrito en el parrafo precedente y deba formular oposicion total o parcial a la transferencia de terrenos eriazos al Sector Privado, en los casos que exista superposicion con Zonas Arqueologicas; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- En los casos que el Ministerio de Educacion, a traves del Instituto Nacional de Cultura INC, tenga que intervenir en el procedimiento de transferencia de terrenos eriazos al Sector Privado con fines de desarrollo MORDAZA por existir superposicion con Zonas Arqueologicas, debera sustentarse la oposicion total o parcial con la siguiente documentacion: A) Dispositivo legal o administrativo que declare la intangibilidad del area respectiva, emitido con anterioridad a la fecha de oposicion. B) Los planos perimetricos y de ubicacion en coordenadas UTM. C) La memoria descriptiva que acredite la riqueza arqueologica del lugar. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 6201

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