Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 1998 (07/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 1998

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto denominado "Reglamento General de Tasaciones del Peru" asi como su correspondiente Exposicion de Motivos, fijandose un plazo de 30 dias calendario, contados a partir de la prepublicacion, dentro del cual los interesados presentaran por escrito sugerencias a dicho Proyecto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6085

Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : Jr. MORDAZA Nº 742, Dist., Prov. y Dpto. Huanuco. Coordenadas: L.O. 76° 14' 37.5" L.S. 09° 58' 11.31" Articulo 2º.- La autorizacion precedente tendra vigencia hasta el 25 de junio del ano 2001, procediendo la Direccion General de Telecomunicaciones a extender a la empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MORDAZA DE PORRES E.I.R.L. la correspondiente licencia de operacion, no excediendo esta el plazo de autorizacion otorgado. Articulo 3º.- La presente resolucion dejara de surtir efectos en el caso que la empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MORDAZA DE PORRES E.I.R.L. incumpla con lo establecido en el Articulo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y modificado por D.S. Nº 005-98-MTC, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151º del Reglamento acotado. Articulo 4º.- De conformidad con el Articulo 118º del Reglamento General en mencion, la empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MORDAZA DE PORRES E.I.R.L. no podra introducir modificaciones en las caracteristicas tecnicas establecidas en el Articulo 1º de la presente resolucion, sin la autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 5º.- Los derechos otorgados en la presente resolucion son intransferibles, salvo previa autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario y en aplicacion del Articulo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 6º.- La empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MORDAZA DE PORRES E.I.R.L. para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 6112 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 124-98-MTC/15.03 MORDAZA, 4 de junio de 1998 Visto el Expediente Nº 960565 presentado por la empresa SUPER FM S.A., para establecer una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93TCC, en sus Articulos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado, equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y modificado por D.S. Nº 005-98-MTC, en sus Articulos 161º y 162º indica la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el Titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento;

Otorgan autorizacion a empresas para operar estaciones del servicio de radiodifusion comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 123-98-MTC/15.03 MORDAZA, 4 de junio de 1998 Vista la solicitud presentada por la empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MORDAZA DE PORRES E.I.R.L., para operar una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Comercial por Television, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Huanuco; asi como la disminucion de potencia; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 896-90-TC/15.17, de fecha 25 de junio de 1990, se concedio a PRODUCCIONES RADIALES SAN MORDAZA DE PORRES E.I.R.L., el plazo de un (1) ano, para que proceda a instalar y operar en periodo de prueba, una estacion de Radiodifusion Comercial por Television, en el distrito, provincia y departamento de Huanuco; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos del Informe Nº 108-97-MTC/15.19.03.02, expresa que habiendose efectuado inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de Television, se constato la disminucion de la potencia de operacion y que son satisfactorias sus pruebas de funcionamiento, emitiendo su conformidad tecnica; Que la Direccion de Asesoria Tecnica de la citada Direccion General, segun el Informe 108-98-MTC/ 15.19.01, considera procedente otorgar la autorizacion solicitada por la empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MORDAZA DE PORRES E.I.R.L.; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos, a la empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MORDAZA DE PORRES E.I.R.L., la operacion de una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Comercial por Television, ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, asi como la disminucion de potencia, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision Horario : BT (Transmisora) : Banda: I Video : 67.25 MHz Audio : 71.75 MHz : 4 TV : OBY-3Q-TV : Video : 250 w. Audio : 25 w. : Video : C3F Audio : F3E : H24

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