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Pág. 160527 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de junio de 1998 SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la prepublicación en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto denominado "Reglamento General de Tasaciones del Perú" así como su correspondiente Exposición de Motivos, fijándose un plazo de 30 días calendario, contados a partir de la prepublicación, dentro del cual los interesados presenta- rán por escrito sugerencias a dicho Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6085 Otorgan autorización a empresas para operar estaciones del servicio de radio- difusión comercial RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 123-98-MTC/15.03 Lima, 4 de junio de 1998 Vista la solicitud presentada por la empresa PRO- DUCCIONES RADIALES SAN MARTIN DE PORRES E.I.R.L., para operar una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Huánuco; así como la disminución de potencia; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 896-90-TC/15.17, de fecha 25 de junio de 1990, se concedió a PRODUC- CIONES RADIALES SAN MARTIN DE PORRES E.I.R.L., el plazo de un (1) año, para que proceda a instalar y operar en período de prueba, una estación de Radiodifusión Comercial por Televisión, en el distrito, provincia y departamento de Huánuco; Que la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos del Informe Nº 108-97-MTC/15.19.03.02, expresa que habiéndose efectuado inspección técnica a las instalaciones de la referida estación de Televisión, se constató la disminución de la potencia de operación y que son satisfactorias sus pruebas de funcionamiento, emitiendo su conformidad técnica; Que la Dirección de Asesoría Técnica de la citada Dirección General, según el Informe 108-98-MTC/ 15.19.01, considera procedente otorgar la autorización solicitada por la empresa PRODUCCIONES RADIA- LES SAN MARTIN DE PORRES E.I.R.L.; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años, a la empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MAR- TIN DE PORRES E.I.R.L., la operación de una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión, ubicada en el distrito, provincia y depar- tamento de Huánuco, así como la disminución de poten- cia, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BT (Transmisora) Frecuencia :Banda : I Vídeo :67.25 MHz Audio :71.75 MHz Canal :4 TV Indicativo :OBY-3Q-TV Potencia :Vídeo :250 w. Audio :25 w. Emisión :Vídeo :C3F Audio :F3E Horario :H24Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Jr. Aguilar Nº 742, Dist., Prov. y Dpto. Huánuco. Coordenadas: L.O. 76° 14' 37.5" L.S. 09° 58' 11.31" Artículo 2º.- La autorización precedente tendrá vigencia hasta el 25 de junio del año 2001, procediendo la Dirección General de Telecomunicaciones a extender a la empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MAR- TIN DE PORRES E.I.R.L. la correspondiente licencia de operación, no excediendo ésta el plazo de autoriza- ción otorgado. Artículo 3º.- La presente resolución dejará de surtir efectos en el caso que la empresa PRODUCCIONES RADIALES SAN MARTIN DE PORRES E.I.R.L. incum- pla con lo establecido en el Artículo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y modificado por D.S. Nº 005-98-MTC, o incurra en alguna de las causales con- templadas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del Reglamento acotado. Artículo 4º.- De conformidad con el Artículo 118º del Reglamento General en mención, la empresa PRODUC- CIONES RADIALES SAN MARTIN DE PORRES E.I.R.L. no podrá introducir modificaciones en las ca- racterísticas técnicas establecidas en el Artículo 1º de la presente resolución, sin la autorización previa de este Ministerio. Artículo 5º.- Los derechos otorgados en la presente resolución son intransferibles, salvo previa autoriza- ción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, caso contrario y en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente resolución quedará automática- mente anulada. Artículo 6º.- La empresa PRODUCCIONES RADIA- LES SAN MARTIN DE PORRES E.I.R.L. para solicitar la renovación de la autorización otorgada, observará el plazo previsto en el Artículo 178º del Reglamento Gene- ral de la Ley de Telecomunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 6112 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 124-98-MTC/15.03 Lima, 4 de junio de 1998 Visto el Expediente Nº 960565 presentado por la empresa SUPER FM S.A., para establecer una estación Retransmisora del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomu- nicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC, en sus Artículos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado, equipos de radiocomunica- ción y operar dicho servicio autorizado, respectiva- mente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y modificado por D.S. Nº 005-98-MTC, en sus Artículos 161º y 162º indica la información y documentación que deberá acompañar la persona solicitante para obtener la autorización respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el Titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizarán las pruebas de funcionamiento;