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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (07/06/1998)

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani Lima, domingo 7 de junio de 1998 AÑO XVI - Nº 6556 Pág. 160521 P C M Aceptan renuncia y designan Presi- dente Ejecutivo del Instituto Peruano de Seguridad Social RESOLUCION SUPREMA Nº 304-98-PCM Lima, 4 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 384-97-PCM del 8 de agosto de 1997, se designó a la Dra. Virginia Griselia Baffigo Torre como Presidenta Ejecutiva del Instituto Peruano de Seguridad Social y como Representante del Estado ante dicho Organismo; Que, la Dra. Virginia Griselia Baffigo Torre ha for- mulado renuncia al cargo antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560 y en el Artículo 10º de la Ley Nº 24786, Ley del Instituto Peruano de Seguridad Social; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la Dra. Virginia Griselia Baffigo Torre al cargo de Presi- denta Ejecutiva del Instituto Peruano de Seguridad Social y como Representante del Estado ante dicho Organismo, dándosele las gracias por los servicios pres- tados. Artículo 2º.- Designar al señor Manuel Antonio Vásquez Perales como Presidente Ejecutivo del Institu- to Peruano de Seguridad Social y como Representante del Estado ante dicho Organismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 6202 P R E S Transfieren la Unidad Ejecutora del Pro- yecto "Manejo de Aguas Residuales de Lima Metropolitana" a SEDAPAL DECRETO SUPREMO Nº 006-98-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 108-94- PRES se creó la Unidad Ejecutora del Proyecto "Recupe- ración Ambiental del Río Rímac y de la Franja Costerafrente a Lima Metropolitana", cuya denominación fue modificada posteriormente mediante Resolución Minis- terial Nº 167-94-PRES, por la de Proyecto "Manejo de las Aguas Residuales en Lima Metropolitana" - PROMAR; Que, por Decreto Supremo Nº 005-96-PRES se transfi- rió al Proyecto Especial Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP, el Proyecto Manejo de Aguas Residuales de Lima Metropolitana - PRO- MAR; Que, con Resolución Suprema Nº 072-94-PRES se aceptó la donación otorgada por el Gobierno del Japón a través del Banco Mundial a la República del Perú, hasta por ¥ 132 500 000,00 Yenes (Ciento Treintidós Millones Quinientos Mil y 00/100 Yenes Japoneses) para finan- ciar la asistencia técnica relativa al Proyecto PROMAR; Que, mediante Decreto Supremo Nº 128-96-EF se aprobó la operación de Endeudamiento Externo hasta por un monto de ¥ 12 660 000 000,00 (Doce Mil Seiscien- tos Sesenta Millones y 00/100 Yenes Japoneses), entre la República del Perú y The Overseas Economic Opera- tion Fund - OECF, para financiar parcialmente el pro- yecto de Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado de la Zona Sur de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Suprema Nº 097-98-PRES se aceptó la donación otorgada por el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica a través de la Agencia de Comercio y Desarrollo - US.TDA a la República del Perú, hasta por US$ 450 000,00 (Cuatrocientos Cin- cuenta Mil y 00/100 Dólares Americanos), para finan- ciar la asistencia técnica relativa al Proyecto PROMAR; Que, actualmente los estudios de factibilidad del Proyecto Manejo de las Aguas Residuales de Lima Metropolitana han sido concluidos, debiendo proce- derse próximamente a la ejecución de las obras correspondientes; Que, con el objeto de mejorar la coordinación entre el Proyecto PROMAR y la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, que es la entidad del Estado responsable de la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado en las provin- cias de Lima y Callao, se ha visto por conveniente disponer la transferencia de la Unidad Ejecutora de PROMAR a SEDAPAL, que cuenta con la infraestructu- ra, recursos y experiencia especializada en estudios, proyectos, obras de saneamiento, que será la encargada de su operación y mantenimiento a la culminación de las obras; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25556 y Decreto Supremo Nº 005-93- PRES; DECRETA: Artículo 1º.- Transfiérase a la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, la Unidad Ejecutora del Proyecto "Manejo de Aguas Resi- duales de Lima Metropolitana" - PROMAR, incluyendo sus funciones, recursos logísticos (equipos, materiales y suministros), financieros, de personal, proyectos en eje- cución y por ejecutarse, incluyendo los procesos de licitación correspondientes que se encuentren en el ámbito de PROMAR. Asimismo, las donaciones recibi- das y su acervo documentario. Artículo 2º.- Autorízase a la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, a cubrir los gastos administrativos de la Unidad Ejecuto- ra del Proyecto "Manejo de Aguas Residuales de Lima Metropolitana" - PROMAR. Artículo 3º.- El Ministerio de la Presidencia me- diante Resolución Ministerial dictará las disposiciones complementarias que pudieran requerirse.