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Pág. 160556 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 187-97-MML-DMDU-DGO de fecha 22 de agosto de 1997, se aprueba de conformidad con el Plano signado con el Nº 012-97-MML-DMDU-DGO- DHU-DCO los Proyectos de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" y Comercio Vecinal "C-2" del terreno de 170,300.00 m2 constituido por el lote Nº 8 denominado "Doña Olga" del fundo Ceres, ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y depar- tamento de Lima; Que, por Resolución Nº 303-97-MML-DMDU de fecha 18 de noviembre de 1997, se autoriza a GME S.A. para celebrar Contratos de Venta Garantizada según el Plano signado con el Nº 223-97-MML-DMDU-DGO-DHU sobre los lotes que integran la Habilitación Urbana del terreno de 170,300.00 m2 constituido por el lote Nº 8 denominado "Doña Olga" del fundo Ceres, ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima; Que, por Informe Nº 080-98-MML-DMDU-DGO-DHU- DCO, ha sido verificado que se está respetando la entrega de los Aportes Reglamentarios del 2% para Ministerio de Educación con 2,394.12 m2, y 11% para Recreación Públi- ca con 13,089.94 m2, por ser una Habilitación Urbana para uso de vivienda de Densidad Media "R-4" y Comercio Vecinal "C-2", y que se está modificando parte del manza- neo, afectando a las manzanas I, J, K, M y P las cuales no han sido vendidas con la autorización conferida por Reso- lución Nº 303-97-MML-DMDU según lo declara el propie- tario del terreno a habilitar; Que, por Acuerdo Nº 06 de Sesión Nº 14-98 de fecha 8 de mayo de 1998, se acordó aprobar el nuevo plano de Trazado y Lotización reajustado de la urbanización "La Portada del Ceres", ubicado en el lote Nº 8 del ex fundo Ceres del distrito de Santa Anita, provincia y departa- mento de Lima, quedando sin efecto el Plano signado con el Nº 102-97-MML-DGO-DHU-DCO; Que, la recurrente ha cumplido con presentar la si- guiente documentación: a) Carta Nº 1226-97/ET-Ce de fecha 11 de noviembre de 1997 emitida por SEDAPAL aprobando los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado de la urbanización "Los Portales de Ceres", ubicada en el distrito de Santa Anita. b) Declaración Jurada, de fecha 2 de marzo de 1998 manifestando que los lotes de las manzanas I, J, K y M que implica la modificación materia del reajuste no han sido vendidos ni comprometidos en relación de la Autorización de Venta Garantizada. c) Recibos Nº 54-9005548 y Nº 54-9005549 de fecha 13 de abril de 1998 emitidos por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima por un monto de S/. 80.00 y S/. 1, 703.00 nuevos soles, acreditando la cancelación de los derechos administrativos que genera el presente trámite. Estando al Informe Nº 081-98-MML-DMDU-DGO- DHU-DCO de fecha 15 de abril de 1998, de la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urba- nas; Con lo recomendado por el Director de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Art. 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081 del 30 de octubre de 1997; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el nuevo Plano de Trazado y Lotización signado con el Nº 067-98-MML- DGO-DHU-DCO de la Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" y Comercio Vecinal "C-2" del terreno de 170,300.00 m2 (CIENTO SETENTA MIL TRESCIENTOS METROS CUADRADOS) de pro- piedad de GME S.A. constituidos por el lote Nº 08 denomi- nado "Doña Olga" del Fundo Ceres, ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima de acuerdo al siguiente cuadro de áreas: AREA BRUTA 170,300.00 m2 AREA OCUPADA POR AA.HH. 4, 851.00 m2 AREA UTIL 94,103.27 m2 AREA DE CIRCULACION Y VIAS 46,964.25 m2 AREA DE VIAS METROPOLITANAS 11,291.54 m2 AREA DE APORTES: AREA DE RECREACION PUBLICA 13,089.94 m2 MINISTERIO DE EDUCACION 2,394.12 m2Artículo Segundo.- CONSIDERAR, a la presente Ha- bilitación con Construcción Simultánea, por lo que los inte- resados deberán gestionar ante la Municipalidad Distrital de Santa Anita, la respectiva Licencia de Construcción. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente reso- lución a la Municipalidad Distrital de Santa Anita y a la Oficina Registral de Lima y Callao para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora General de Obras Dirección General de Obras Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 5949 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Disponen el embanderamiento gene- ral del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-98-DA/MDB Breña, 4 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, el 15 de julio se celebra el Cuadragésimo Noveno Aniversario de Creación Política del distrito de Breña, establecido por Decreto Ley Nº 11059 de fecha 15 de julio de 1949; Que, el 28 de julio de 1998 se celebra el Centésimo Septuagésimo Sétimo Aniversario de la Independencia del Perú; Que, habiéndose programado una serie de actividades que requieren de la participación del vecindario breñen- se, corresponde una manifestación tradicional de identi- ficación patriótica el cumplir con el embanderamiento y la limpieza y/o pintado de las fachadas en general de todos los inmuebles del distrito; Estando al mérito de lo expuesto y en uso de las facultades que me confiere el Inc. 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERA- MIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE BREÑA desde el 13 hasta el 30 de julio de 1998 en todos los inmuebles del distrito, con motivo de conmemorarse el Cuadragésimo Noveno Aniversario de Creación Política del distrito de Breña y el Centésimo Septuagésimo Sétimo Aniversario de la Independencia del Perú, respectivamente. Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza y/o pin- tado de las fachadas de los inmuebles del distrito, a partir del 1 de julio de 1998. Artículo Tercero.- INVITAR a la población breñense a participar y concurrir a los actos celebratorios de estas magnas fechas. Artículo Cuarto.- La Municipalidad de Breña inicia- rá las revisiones a partir del 13 de julio de 1998, para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones y apli- car las sanciones aprobadas por la ORDENANZA Nº 004- 97-DA/MDB. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección de Seguridad Ciudadana el cumplimiento del presente De- creto y a la Unidad de Imagen Institucional, órgano dependiente de la Secretaría General del Concejo, su difusión y publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 6097