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Pág. 158296 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de marzo de 1998 Que, la Entidad mediante Oficio Nº 2078.97.GO.- PRES.INFES del 19.11.97, comunicó notarialmente al contra- tista que, habiéndose vencido el plazo para que concluya con el levantamiento de observaciones, está procediendo a iniciar los trámites para subsanarlas de acuerdo con el Presupuesto Ana- lítico elaborado por el Inspector y aprobado por la Comisión; Que, la Entidad el 7.11.97, comunicó al CONSULCOP el incumplimiento de subsanación de observaciones por el contra- tista, quien mediante Cédula de Notificación Nº 2758/97.TL, solicitó a este último la presentación de sus argumentos y pruebas a su favor, bajo apercibimiento de resolverse con la documentación obrante en autos; y lo reiteró por dos veces consecutivas, sin obtener respuesta alguna, por lo que se resol- verá haciendo efectivo el apercibimiento; Que, la Oficina del Registro Nacional de Contratistas de Obras Públicas, manifestó mediante Informe Nº 107.98.RNC, que la COMPAÑIA A & R CONTRATISTAS GENERALES - CAIRSA-, no tiene inscripción vigente desde el 9.9.97 y que no ha sido sancionada por este Tribunal; Que, la Comisión de recepción de obra suscribió el Pliego de Observaciones el 10.10.97, debiendo el contratista subsanarlas hasta el 19.10.97 en cumplimiento del Art. 5.10.7 del RULCOP; empero, el 19.11.97 la Entidad notificó que está iniciando los trámites para subsanar las observaciones haciendo uso del Presupuesto Analítico, cuyo monto asciende a S/. 6,839.75; Que, de lo expuesto, se concluye que si bien el contratista inició la subsanación de observaciones, no culminó con dicha subsanación, incumpliendo con su obligación contractual y obli- gando a la entidad a hacer uso de parte del Fondo de Garantía para concluir con la referida subsanación, por lo que se ha hecho pasible de la sanción prevista por el Art. 8º Inc. a) de la Resolu- ción Nº 094.90.VC de 26.7.90; Que, de conformidad con el Informe presentado por el Vocal ponente Ing. Juan Fernando Elías Podestá, cuyos fundamentos se reproducen; SE RESUELVE: 1º.- Sancionar al contratista COMPAÑIA A & R CONTRATISTAS GENERALES (CAIRSA) con una suspen- sión temporal de tres (3) meses en el ejercicio de su derecho a presentarse a Licitaciones Públicas y/o Adjudicaciones Directas y a contratar la ejecución de Obras con el Estado, sanción que se hará efectiva a partir de la fecha que el contratista se reinscriba en el Registro Nacional de Contratistas. 2º.- Devolver los antecedentes a la Entidad contratante para los fines legales consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. PIN TORRES; ASTETE WILLIS; FIGUEROA TACKOEN; ELIAS PODESTA; VARGAS GONZALES 3083 INDECI Aceptan donaciones efectuadas en favor del Sistema Nacional de Defensa Civil para ser distribuidas a damni- ficados por Fenómeno del Niño RESOLUCION JEFATURAL Nº 074-98-INDECI Lima, 17 de marzo de 1998 Visto el Acta de Valorización Nº 024-98-INDECI de fecha 25 de febrero de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional; Que, ADRA OFASA INTERNACIONAL, ha donado al Ins- tituto Nacional de Defensa Civil, fardos de ropa usada y libros educativos, según se detalla en cuadro adjunto a la presente resolución, para la atención de los damnificados por el Fenóme- no del Niño, acaecidas en varias regiones de nuestro país, valorizado en DOS MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS TREINTICUATRO Y 90/100 NUEVOS SO- LES (S/. 2'211,934.90); De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación de ADRA OFASA INTERNACIONAL, según se detalla en cuadro adjunto a la presente Resolución, valorizada en DOS MILLONES DOS- CIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS TREINTICUATRO Y 90/100 NUEVOS SOLES (S/. 2'211,934.90). Artículo Segundo.- Agradecer a ADRA OFASA INTER- NACIONAL, por el valioso aporte efectuado en favor del Siste- ma Nacional de Defensa Civil, para ser distribuido a los damni- ficados por el Fenómeno del Niño. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, a la Inten- dencia de la Aduana Aérea e Intendencia Marítima del Callao y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HOMERO NUREÑA LEON Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 3039 RESOLUCION JEFATURAL Nº 075-98-INDECI Lima, 17 de marzo de 1998 Visto el Acta de Valorización Nº 026-98-INDECI de fecha 27 de febrero de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional; Que, el PARTIDO POPULAR CRISTIANO, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, bobina plástica, baldes plásticos, lampas t/cuchara, colchas de 1 1/2 plaza, frazadas de 1 1/2 plaza, cajas conteniendo prendas de vestir (blusas, panta- lón, polos, etc.), paquetes conteniendo envases de plástico p/ beber líquido, bultos conteniendo medias de algodón y nylon y juegos de almohadas y sábanas; según se detalla en cuadro adjunto a la presente resolución, para la atención de los damni- ficados de los asentamientos humanos que circundan nuestra capital por el Fenómeno "El Niño", valorizados en CIENTO CUARENTISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 147,795.00); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación del PARTIDO POPULAR CRISTIANO, según se detalla en cuadro adjunto a la presente Resolución, valorizada en CIENTO CUARENTI- SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTICINCO Y 00/100 NUE- VOS SOLES (S/. 147,795.00). Artículo Segundo.- Agradecer al PARTIDO POPULAR CRISTIANO, por el valioso aporte efectuado en favor del Siste- ma Nacional de Defensa Civil, para ser distribuido a los damnifi- cados de los asentamientos humanos que circundan nuestra capital por el Fenómeno "El Niño". Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HOMERO NUREÑA LEON Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 3040 RESOLUCION JEFATURAL Nº 076-98-INDECI Lima, 17 de marzo de 1998 Visto el Acta de Valorización Nº 027-98-INDECI de fecha 3 de marzo de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional; Que, LA REPUBLICA POPULAR CHINA, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, frazadas; según se detalla