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Pág. 158297 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de marzo de 1998 en cuadro adjunto a la presente resolución, para la atención de los damnificados por desastres naturales ocasionados por el Fenómeno "El Niño", valorizadas en TREINTIDOS MIL Y 00/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 32,000.00); De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación de la REPU- BLICA POPULAR CHINA, según se detalla en cuadro adjunto a la presente Resolución, valorizada en TREINTIDOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32,000.00). Artículo Segundo.- Agradecer a LA REPUBLICA POPU- LAR CHINA, por el valioso aporte efectuado en favor del Siste- ma Nacional de Defensa Civil, para la atención de los damnifi- cados por el Fenómeno "El Niño". Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, Intendencia de la Aduana Aérea del Callao y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HOMERO NUREÑA LEON Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 3041 RESOLUCION JEFATURAL Nº 077-98-INDECI Lima, 17 de marzo de 1998 Visto el Acta de Valorización Nº 030-98-INDECI de fecha 5 de marzo de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional; Que, LA EMBAJADA DE PERU EN FRANCIA, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, ropa usada, medicinas, juguetes, alimentos y lentes; según se detalla en cuadro adjunto a la presente resolución, para la atención de los damnificados por desastres naturales ocasionados por el Fenómeno "El Niño", valorizados en TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 3,350.00); De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes Nº 21942 y Nº 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación de LA EMBA- JADA DE PERU EN FRANCIA, según se detalla en cuadro adjunto a la presente Resolución, valorizada en TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3,350.00). Artículo Segundo.- Agradecer a LA EMBAJADA DE PERU EN FRANCIA; por el valioso aporte efectuado en favor del Sistema Nacional de Defensa Civil, para la atención de los damnificados por el Fenómeno "El Niño". Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, Intendencia de la Aduana Aérea del Callao y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HOMERO NUREÑA LEON Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 3042 RESOLUCION JEFATURAL Nº 078-98-INDECI Lima, 17 de marzo de 1998 Visto el Acta de Valorización Nº 031-98-INDECI de fecha 9 de marzo de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional;Que, el Sr. VLADIMIR ROJAS ARELLANO, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, medicinas diversas, según se detalla en cuadro adjunto a la presente resolución, para la atención de los damnificados por el Fenómeno del Niño, acaeci- das en varias regiones de nuestro país, valorizadas en CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTIDOS Y 34/100 NUEVOS SO- LES (S/. 4,992.34); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación del Sr. VLADI- MIR ROJAS ARELLANO, según se detalla en cuadro adjunto a la presente Resolución, valorizada en CUATRO MIL NOVE- CIENTOS NOVENTIDOS Y 34/100 NUEVOS SOLES (S/. 4,992.34). Artículo Segundo.- Agradecer al Sr. VLADIMIR ROJAS ARELLANO, por el valioso aporte efectuado en favor del Siste- ma Nacional de Defensa Civil, para ser distribuido a los damni- ficados por el Fenómeno del Niño. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HOMERO NUREÑA LEON Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 3043 MUNICIPALIDAD DE COMAS Amplían plazo para pago de cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpie- za Pública, Parques y Jardines y Relle- no Sanitario DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-98-DA/MC Comas, 27 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS CONSIDERANDO: Que, con incisos a) y b) del Artículo 16º del Decreto Legisla- tivo Nº 776 "Ley de Tributación Municipal", se establecen los plazos formales de vencimiento de los pagos del Impuesto Predial; Que, de acuerdo a lo ordenado por la norma precitada, con fecha 28 de febrero de 1998, vence el plazo para el pago de la Primera Cuota Trimestral del Impuesto Predial; Que, de acuerdo a lo ordenado con el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 004-97-C/MC de fecha 30 de abril de 1997, las Tasas de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario son de periodicidad mensual, habiéndose regulado su cobro para el ejercicio fiscal 1998, con Ordenanza Nº 001-98-C/MC de fecha 5 de febrero de 1998, siendo necesario se establezca una prórroga en el vencimiento del pago de las tres primeras cuotas mensuales; Que, con Informe Nº 071-98-URT-OAT/MC de fecha 27 de febrero de 1998, la Unidad de Registro Tributario, de la Oficina de Administración Tributaria, propone se prorrogue el plazo de vencimiento de la Primera Cuota Trimestral del Impuesto Predial y de las dos (2) Primeras Cuotas Mensuales de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario hasta el 31 de marzo de 1998; Que, es política de la actual gestión municipal, otorgar facilidades de pago a los contribuyentes del distrito, a efectos de que cumplan con sus obligaciones tributarias; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, con el Visto Bueno de los Directo- res de la Oficina de Administración Tributaria, de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Oficina de Asesoría Legal, y aprobación del Director Municipal; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 1998 el plazo para el pago de la Primera Cuota Trimestral del Impuesto Predial 1998, y de las dos Primeras Cuotas Mensuales de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario.