Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 1998 (20/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 20 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

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en cuadro adjunto a la presente resolucion, para la atencion de los damnificados por desastres naturales ocasionados por el Fenomeno "El Nino", valorizadas en TREINTIDOS MIL Y 00/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 32,000.00); De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la donacion de la REPUBLICA POPULAR CHINA, segun se detalla en cuadro adjunto a la presente Resolucion, valorizada en TREINTIDOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32,000.00). Articulo Segundo.- Agradecer a LA REPUBLICA POPULAR CHINA, por el valioso aporte efectuado en favor del Sistema Nacional de Defensa Civil, para la atencion de los damnificados por el Fenomeno "El Nino". Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion Jefatural a la Contraloria General de la Republica, Intendencia de la Aduana Aerea del Callao y al Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NURENA MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 3041 RESOLUCION JEFATURAL Nº 077-98-INDECI MORDAZA, 17 de marzo de 1998 Visto el Acta de Valorizacion Nº 030-98-INDECI de fecha 5 de marzo de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, esta encargado del planeamiento, coordinacion y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional; Que, LA EMBAJADA DE PERU EN MORDAZA, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, ropa usada, medicinas, juguetes, alimentos y lentes; segun se detalla en cuadro adjunto a la presente resolucion, para la atencion de los damnificados por desastres naturales ocasionados por el Fenomeno "El Nino", valorizados en TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 3,350.00); De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes Nº 21942 y Nº 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la donacion de LA EMBAJADA DE PERU EN MORDAZA, segun se detalla en cuadro adjunto a la presente Resolucion, valorizada en TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3,350.00). Articulo Segundo.- Agradecer a LA EMBAJADA DE PERU EN FRANCIA; por el valioso aporte efectuado en favor del Sistema Nacional de Defensa Civil, para la atencion de los damnificados por el Fenomeno "El Nino". Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion Jefatural a la Contraloria General de la Republica, Intendencia de la Aduana Aerea del Callao y al Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NURENA MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 3042 RESOLUCION JEFATURAL Nº 078-98-INDECI MORDAZA, 17 de marzo de 1998 Visto el Acta de Valorizacion Nº 031-98-INDECI de fecha 9 de marzo de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, esta encargado del planeamiento, coordinacion y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional;

Que, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, medicinas diversas, segun se detalla en cuadro adjunto a la presente resolucion, para la atencion de los damnificados por el Fenomeno del MORDAZA, acaecidas en varias regiones de nuestro MORDAZA, valorizadas en CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTIDOS Y 34/100 NUEVOS SOLES (S/. 4,992.34); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la donacion del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun se detalla en cuadro adjunto a la presente Resolucion, valorizada en CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTIDOS Y 34/100 NUEVOS SOLES (S/. 4,992.34). Articulo Segundo.- Agradecer al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el valioso aporte efectuado en favor del Sistema Nacional de Defensa Civil, para ser distribuido a los damnificados por el Fenomeno del Nino. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion Jefatural a la Contraloria General de la Republica, y al Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NURENA MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 3043

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Amplian plazo para pago de cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-98-DA/MC Comas, 27 de febrero de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS CONSIDERANDO: Que, con incisos a) y b) del Articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 776 "Ley de Tributacion Municipal", se establecen los plazos formales de vencimiento de los pagos del Impuesto Predial; Que, de acuerdo a lo ordenado por la MORDAZA precitada, con fecha 28 de febrero de 1998, vence el plazo para el pago de la Primera Cuota Trimestral del Impuesto Predial; Que, de acuerdo a lo ordenado con el Articulo 3º de la Ordenanza Nº 004-97-C/MC de fecha 30 de MORDAZA de 1997, las Tasas de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario son de periodicidad mensual, habiendose regulado su cobro para el ejercicio fiscal 1998, con Ordenanza Nº 001-98-C/MC de fecha 5 de febrero de 1998, siendo necesario se establezca una prorroga en el vencimiento del pago de las tres primeras cuotas mensuales; Que, con Informe Nº 071-98-URT-OAT/MC de fecha 27 de febrero de 1998, la Unidad de Registro Tributario, de la Oficina de Administracion Tributaria, propone se prorrogue el plazo de vencimiento de la Primera Cuota Trimestral del Impuesto Predial y de las dos (2) Primeras Cuotas Mensuales de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario hasta el 31 de marzo de 1998; Que, es politica de la actual gestion municipal, otorgar facilidades de pago a los contribuyentes del distrito, a efectos de que cumplan con sus obligaciones tributarias; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, con el Visto MORDAZA de los Directores de la Oficina de Administracion Tributaria, de la Oficina de Administracion y Finanzas, de la Oficina de Asesoria Legal, y aprobacion del Director Municipal; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 1998 el plazo para el pago de la Primera Cuota Trimestral del Impuesto Predial 1998, y de las dos Primeras Cuotas Mensuales de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario.

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