TEXTO PAGINA: 8
Pág. 158500 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de marzo de 1998 Aprueban Directivas correspondientes al proceso presupuestario, normas de austeridad y remuneraciones de enti- dades comprendidas en Art.14º de la Ley Nº 26894 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 065-98-EF/15 Lima, 24 de marzo de 1998 CONSIDERANDO Que, por la Ley Nº 26894 Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998, se ha dispuesto que el Ministe- rio de Economía y Finanzas, dicta las normas referidas al proceso presupuestario, normas de austeridad y de remu- neraciones aplicables a las Entidades comprendidas en el artículo 14º de la precitada Ley ; Que, la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado, dependiente del Viceministerio de Economía, ha elaborado las Directivas correspondientes al proceso pre- supuestario, normas de austeridad y de remuneraciones para las Entidades comprendidas en el Artículo 14º de la Ley Nº 26894, en concordancia a sus funciones estableci- das en los Artículos 3º,6º,7º,8º,10º,11º y 13º del Decreto Legislativo Nº 513 y normas conexas; Que, es necesario aprobar las Directivas señaladas en el párrafo anterior con la finalidad de regular el funciona- miento de los organismos que señala el Artículo 14º de la Ley Nº 26894; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con la facultad otorgada por la Décimo Sexta Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 26894; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Directivas correspondien- tes al proceso presupuestario, normas de austeridad y de remuneraciones de las Entidades comprendidas en el artículo 14º de la Ley Nº 26894, que como Anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las Directivas aprobadas por el artículo precedente son de aplicación a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- Precísase que las Directivas Nºs. 001-97- OIOE, 002-97-OIOE, 003-97-OIOE, 004-97-OIOE, 005- 97-OIOE, 006-97-OIOE, 007-97-OIOE y 008-97-OIOE, aprobadas por la Resolución Ministerial Nº 019-97-EF/15, tienen vigencia hasta la fecha de publicación de la presen- te resolución. Prorróguese para el presente ejercicio la vigencia de la Directiva Nº 009-96-OIOE aprobada por la Resolución Ministerial Nº 165-96-EF/15 y modificada por la Resolu- ción Ministerial Nº 171-96-EF/15. Regístrese y comuníquese. JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas OFICINA DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS DEL ESTADO DIRECTIVA Nº 001-98-OIOE DIRECTIVA DE EJECUCION, CONTROL Y EVALUACION PRESUPUESTARIA I. GENERALIDADES 1.1. Objetivo Establecer normas para orientar la ejecución, control y evaluación de los presupuestos de las Entidades del ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan a la SUNAT efectuar dona- ción de bienes en favor de asociación y fundación RESOLUCION SUPREMA Nº 018-98-EF Lima, 26 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, es propietaria de bienes que se encuentran sin uso, debido a que han dejado de ser necesarios para sus actividades; Que, la SUNAT ha recibido solicitudes de donación de los bienes que se indican en los Anexos de la presente Resolución, formulados por la Asociación Ciudad de los Niños de la Inmaculada "Padre Iluminato" y por la Funda- ción Ciudad de Papel; Que, la SUNAT mediante Resolución de Intendencia Nº 034-96/SUNAT, autorizó la baja de los bienes que no son de utilidad para la entidad y que se detallan en el Anexo Nº 3, y su donación a favor de la Asociación Ciudad de los Niños de la Inmaculada "Padre Iluminato"; Que, la SUNAT mediante Resoluciones de Intenden- cia Nºs. 035-96/SUNAT y 006-97/SUNAT, autorizó la baja de los bienes que no son de utilidad para la entidad y que se detallan en los Anexos Nºs. 4 y 5 y Anexo Nº 4, respectivamente, y su donación a favor de la Fundación Ciudad de Papel; Que, la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, ha dado su conformidad a la donación de bienes, en base a lo precisado por la SUNAT, por cuanto no afecta la normal operatividad de la entidad; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación de bienes que efectuará la Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria - SUNAT, en favor de la Asociación Ciu- dad de los Niños de la Inmaculada "Padre Iluminato" de conformidad con la Resolución de Intendencia Nº 034-96/ SUNAT, Anexo Nº 3; y de la Fundación Ciudad de Papel, de conformidad con la Resolución de Intendencia Nº 035- 96/SUNAT, Anexos Nºs. 4 y 5; y Resolución de Intendencia Nº 006-97/SUNAT, Anexo Nº 4, que se detallan en los Anexos adjuntos y que forman parte de la presente Resolu- ción Suprema. Artículo 2º.- La aceptación de la donación de los bienes a que se refiere el artículo anterior deberá ser aprobada por el máximo órgano directivo de las entidades beneficiarias de la donación, quienes comunicarán dicha aceptación a la SUNAT en un plazo de 30 días a partir de la fecha de publicación de la presente norma. Artículo 3º.- Transcríbase esta Resolución Suprema a la Contraloría General de la República. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas 3400