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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (14/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

L ima, sábado 14 de noviembre de 1998 e( pemt6no Pág. 165797 PESQUERIA Modifican resolución que autorizó a institución científica a operar embar- cación para realizar investigación so- bre delfines, tortugas y otros recursos RESOLUCION MLMSTERIAL N° 552-98-PE Lima, 12 de noviembre de 1998 Visto el escrito de Registro N° 10789001 de fechas 5 y 11 de noviembre de 1998; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial N° 524-98-PE de fecha 22 de octubre de 1998; se autorizó a la U.S. National Science Foundation, a operar una embarcación, para realizar investiga- ción referente a evaluación poblacional de los delfines y contri- buir al conocimiento de estas especies, aportando información sobre estimación de su abundancia en el Pacífico Sudeste, asi como aspectos diversos de su bioecología y obtención de informa- ción respecto a las tortugas marinas. peces voladores, aves mar]- nas y otros recursos que serán también objeto de la invest igación que contribuyan en la toma de medidas integrales de administra- ción pesquera en el Peru, desde el 17 de noviembre al 9 de diciembre de 1998, en aguas jurisdiccionales de! país, con el empleo de la embarcación‘pesqüera de bandera americana deno- minada “ENDEAVOR” de 784 toneladas de Registro Bruto v 235 toneladas de Registro Neto y con Registro N° %7CK 506:i, * Que mediante el escrito del visto la Embajada de Estados Unidos de América, solicita que se adelante la fecha de inicio de la investigación que realizará la U.S. National Science Founda- tion mediante la embarcación pesquera denominada “E NDEA- VOR” en aguas jurisdiccionales del pais; Que lo solicitado por la Embalada de Estados Unidos de América, no interfiere ni genera acción contraria a la autoriza- ción concedida, por lo quese estima pertinente adeiantar la fecha de inicio de la investigación científica a realizar; Estando a 10 informado por la Dirección Nacional de Extrac- ción y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N ’ 25977. Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0l-94-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar el Artículo 1” de la Resolución Ministerial N” 524-98-PE, entendiéndose que la autorización otorgada regirá desde el 14 de noviembre hasta el 9 de diciembre de 1998, manteniéndose las demás condiciones establecidas en la citada Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUDWIG MEIER CORNEJOMinistro de Pesquería 13158 PROMUDEH Aceptan y aprueban donación efectua- da en el marco del “Programa de Desa- rrollo de la Seguridad Alimentaria” RESOLUCION PRESIDENCIAL N° 228-98-PRONAA/P Lima, 10 de noviembre de 1998 PUERTO: CALLAOPRODUCTO BULTOS TONELADAS BRUTAS Trigor Arvejas Arvejas Harinade trigo130.195 :l23.783 229.169 #571.293VISTAS:Las solicitudes de Cáritas del Perú, formuladas mediante las Cartas N°s.C8.848/98.160,C8.849/98.161,C8.850/98.162 y C8.851/ 98.163 de fecha 21 de setiembre de 1998; y, CONSIDERANDO:Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto a través del Memorando N” 305-98-GPP-PRONAA tramita la propuesta co- rrespondiente, en atención a lo solicitado por Cáritas del Perú, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo de la nave “Maersk California” al puerto peruano de Callao trayendo diversos alimentos corres-pondientes a la ayuda alimentaria para el año 1998; Que, el 29 de octubre de 1954 el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perú celebraron un convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitación y Socorro Voluntario No Lucrativas para la distribución de productos agrí- colas alimenticios y la ejecución de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el marco del instrumento citado, el 4 de junio de 1998 se suscribe el Convenio de Donación de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetización y Distribución Directa entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos deAmérica, por el que el Gobierno peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano a través del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), ofi- cialmente acepta y aprueba la donació n de 100,649 toneladas métricas de alimentos de las cuales 51,100 tm. se usarán enProgramas de Distribución Directa y 49,549 tm. se utilizarán para Monetización; Que, en virtud al Artículo 1: Aceptación de la Donación del referido Instrumento, la donación está sujeta a la disponibilidadde los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productosapropiados y/o limitar el valor total de cada product o debido a la variación de precios o a cualquier otro factor que pueda afectaresta donación; Que, en el Articulo 111: Ejecución del programa del menciona- do Convenio de Donación, se acuerda que los alimentos importa-dos para la distribución directa y monetización serán de propie-dad exclusiva de cinco organizaciones privadas sin fines de lucro,entre las cuales se encuentra Cáritas del Perú, quienes asumiránla responsabilidad total desde su recepción en puertos peruanoshasta la distribución al beneficiario final, debiendo de utilizarlosen los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados porellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley N” 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, consignadas, entre otros, a instituciones y organismos públicos, así como las donadas por concepto de Cooperación Técnica Internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadasen sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento prefe-rencial en el despacho por las Aduanas de la República y estaránlibres de pago de derechos específicos y adicionales consolidadosen el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa de Jmportación; Con las visaciones de la Gerencia de Planificación y Presu- puesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Opera-ciones, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N” 719. Decreto Lev N” 21942. Decretos Sumemos N”s. 127-91-PCM y OiO-92-PCM, Resolución’Suprema N”&508-93-PCM, Resolución de Contraloría N” 122-98-CG y Resolución Ministerial N” ll 1-97- PROMUDEH y; estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Artículo 20” del Regla- mepto de Organización y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo N” 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo lo.- Aceptar y aprobar la donació nrocedente del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nom tre del Gobier- no Peruano, destinada para Cáritas del Perú, consistente en: TONELADAS VALOR VALOR NETAS FOB US$ CIF US$ 129.900 26J93.69 40,191.59 323.050 100,098.44 136,097.84 228.650 71.729.86 97,227.31 570.000 130.330.55 191,945.87 Totales 25,032 X ,254.44 1,251.600 328,352.54 465,462.61