Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 1998 (18/11/1998)


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MORDAZA, miercoles 18 de noviembre de 1998

de "garantias preferidas" que contiene el Articulo 3.10, de su Capitulo IV (Valuacion de Garantias), a pesar de que puede cumplir con los requisitos del Articulo 3.913. Si bien la prenda sobre MORDAZA u otros derechos de propiedad intelectual, no tienen el grado de liquidez de una hipoteca o un deposito en efectivo, llama la atencion constatar que en la lista de garantias preferidas aparecen prendas sobre bienes de liquidez no tan inmediata, como joyas. Asimismo, es importante tener en cuenta que si bien el grado de liquidez de un derecho de propiedad intelectual es reducido su valor es menos volatil que el de otro MORDAZA de garantias preferidas tales como las acciones. En este sentido, la inclusion de derechos de propiedad intelectual dentro de la cartera de provisiones de los bancos permitiria diversificar el riesgo de los propios ahorristas. Es importante senalar que algunos bancos estarfan superando este obstaculo calificando la prenda sobre MORDAZA como prenda industrial. De esta forma, la prenda sobre MORDAZA quedaria calificada dentro de las garantias preferenciales, correspondiendole un menor porcentaje de provision. 3.5. Aspectos contables y tributarios: el impuesto a los activos Pueden darse tres situaciones en las que una empresa registra un bien intangible en su activo:

(i)

(ii) (iii)

Cuando se recibe un intangible como aporte de capital por parte de un socio. Cuando la empresa esta proxima a un MORDAZA de fusion. Cuando dicho bien es transferido onerosamente.

Si no se presenta una de estas tres situaciones, las empresas no registran bienes intangibles en su activo. La explicacion de ello es de caracter tributario. El impuesto minimo a los activos grava estos con una tasa de 0.5%, razon por la cual el incremento de capital puede a veces ser inconveniente. En la medida que se proyecta una reduccion gradual de este impuesto para los proximos anos, el problema derivado de consignar los derechos de propiedad intelectual en los balances de las empresas, desapareceria, contribuyendo a generar una mayor transparencia con respecto al valor de dichos derechos. 4. Propuestas para un mayor desarrollo del MORDAZA de derechos de propiedad intelectual A continuacion se resumen algunas propuestas que tienen por objetivo permitir que el desarrollo del MORDAZA peruano de derechos de propiedad intelectual continue profundizandose. En particular, se han identificado cuatro areas en las que existen obstaculos institucionales que impiden un pleno desarrollo de este mercado. 4.1. Las Provisiones Bancarias Si bien los derechos de propiedad intelectual son activos que cuentan con atributos de liquidez y rentabilidad diferentes al resto de activos, su mencion expresa como garantia preferida en el Reglamento de la Superintendencia de Banca y Seguros @BS)" permitiria a los bancos diversificar sus carteras y orientar un menor volumen de

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El Articulo 3.9 de dicho Capitulo senala "Se considera como garantias preferidas, aquellas que reunan los siguientes requisitos:
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Pemiten una @ida conversion de la garantia en dinero, con el cual se puede car&ar la obligaci6n garanozada, sin costos significativos; y Cuenten con documentacion legal adecuada; y No presentan obligaciones previas que pudieran disminuir su valoro de alguna manera impedir que la empresa acreedora adquiera chra titulacion; y Su valor este permanentemente actualizado. De este modo, cualquier cambio que pudiera tener impacto en la valuacion del bien, debeti incorporarse por la via de su oportuna revaluacion".

El Articulo 3.10 senala: "3.10 Se consideran como garantias prefetidas las siguientes: 3.10.1 Depositos en efectivo en moneda nacional o moneda extranjera; 3.10.2 Primera hipoteca sobre inmuebles. 3.10.3 Primera prenda sobre los siguientes bienes: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) Instrumentos representativos de deuda ptiblica exlema, emittdos por el Gobierno Central, o representativos de obligaciones del Bancu Central de Reserva del Peru Instrumentos representativos de deuda emitidas por gabiemos centrales o bancos centrales de los paises que son miembros plenos de la Organizacion para la Cooperacion y Desarrollo Economico. OCDE Instrumentos representativos de deuda no subordinada emitidos por empresas del sistema financiero y del sistema de seguros, por instituciones financieras y desegurosdepr¡meracategor¡adelexter¡orysujetasasu~~¡s¡onensu~~matdz~rorg~¡smoss¡m¡laresaes~Su~r¡ntendenc¡a~~r bancoseinstituciones multilaterales de cr8dito. Accioneso bonose instrumentosfinancierosdecorto plazodegran liquidez, quetengancotizaci6nenalgun mecanismocentralizadodenegociaciondelextranjero de reconocido prestigio. a satisfaccion de la Superintendencia. Valores mobiliarios representatlvos de capital, emitidos por personas juridicas distintas al deudor, calificados en las categorias l y ll determinadas por las normas emitidas por Conasev Instrumentos representativos de deuda calificados en la categoria I y II en el MORDAZA de acuerdo con las normas emitidas por Conasev o categoria equivalente en el extranjero. Joyas y metales preciosos con entrega fisica. Conocimientos de embarque y cartas de porte. Emitidos por empresas transporladoras de reconocido prestigio, debidamente endosados a favor de la empresa del sistema financiero Maquinaria y equipos. Medios de transporte incluyendo la prenda vehicular. Productos yio mercaderias de primera clase y de facil realizacion constituida mediante endoso de warrant. Primera prenda MORDAZA 0 minera. Primera prenda global y flotante. Las operaciones de reporte con transferencia a favor de la empresa de cualquiera de los bienes a que se refieren los numerales 3.10.1,3.10.2 y 3.10.3. Fiducia en garantia constituida sobre los bienes a que se refieren los numerales 3.10.1, 3.10.2 y 3.10.3. Otros que la Supeiintendencla determine."

3.10.4 3.10.5 3.10.6 3.10.7 3.10.8

l4 La Resolucion SE6 572-97.

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