Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1998 (18/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Que, el Decreto de Urgencia N" 003-98 dispone que los procesos de seleccion a que se refiere el Articulo 6" de la Ley N" 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1998-continuaran rigiendose, entre otros, por el Reglamento Unico de Adquisiciones, sus ampliatorias y modificatorias, hasta que entre en vigencia la Ley N" 26850; Que, el Decreto Supremo N" 065-85-PCM, que aprueba el Reglamento Unico de Adquisiciones para el Suministro de Bienes y Prestacion de Servicios No Personales para el sector Publico, dispone en su Articulo 4.5.2, inciso c) que para la exoneracion de Concurso Publico en caso de proveedor unico, se requiere de la dacion de un Decreto Supremo; Que, por consiguiente, resulta necesario exonerar al Banco Central de Reserva del Peru del requisito de Concurso Publico para la contratacion de los servicios de Bloomberg L.P.; De conformidad con el Decreto Supremo N" 065-85PCM, la Ley N" 26894 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1998- y el Decreto de Urgencia N" 003-98; DECRETA: Articulo lo.- Tratandose de proveedor unico, exonerase al Banco Central de Reserva del Peru del requisito de Concurso Publico para la contratacion de los servicios de Bloomberg L.P., referidos en la parte considerativa. Articulo 2".- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno,,en MORDAZA, a los diecisiete Eht.del mes de setiembre de mil novecientos noventa y MORDAZA FUJIMORI FIJJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 10606

MORDAZA, viernes 18 de setiembre de 1998

Articulo 2".- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano la donacion efectuada por el senor MORDAZA Wassington a favor de Medicos Sin Fronteras -Holania-, consistente en medicinas, materiales medicos, material de oficina, ropa, utensilios, libros, un contenedor, repuestos para vehiculo y otros, por un valor aproximado $e DFL 55 348,50 (Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Cuarenta y Ocho y 50000 Florines Holandeses) y un peso aproximado de 5 300 k., segun Conocimiento de Embarque N" MSCU R3652790 de Mediterranean Shipping Company S.A. -GENEVA, de fecha 12 de febrero de 1998, y Certificados de Donacion de fechas 31 de diciembre de 1997,5,7,8,13,15,19,22,23,27 y 29 de enero de 1998 y 3,4 y 5 de febrero de 1998. Articulo 3".- Las donaciones referidas en los articulos precedentes seran destinadas a los siguientes proyectos ejecutados por Medicos Sin Fronteras - Holanda: Proyecto de Salud MORDAZA Infantil para las Poblaciooes Desplazadas, Retornantes y Nativas del MORDAZA del rio Aptimac; Proyecto de Salud MORDAZA Infantil para las Poblaciones Nativas y Desplazadas en la MORDAZA de Mazamari, Pangea, y los MORDAZA Perene, Ene y Tambo en la provincia de Satipo, departamento de Junin; y, Proyecto de Atencion Primaria de Salud a Poblaciones Desplazadas, Retornantes y en Extrema Pobreza en las provincias de Angaraes y Acobamba del departamento de Huancavelica. Articulo 4".- Comprendase alas donaciones citadas en los Articulos 1" y 2", dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2" del Decreto Legislativo N" 821. Articulo 5".- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 6".- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA MORDAZA CAIIPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 10610

Aceptan y aprueban donaciones destinadas a proyectos de salud
RJZSOLUCION SWREMA N" 171~9%EF MORDAZA, 16 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA Wassington ha efectuado donaciones a favor de Medicos Sin Fronteras -Holanda-. consistentes en medicinas, materiales y equipos medicos, material de oficina, ropa, utensilios, libros, vehiculos, repuestos para vehiculos $ otros; Que, el inciso k) del Articulo 2" del Decreto Legislativo No Sil establece que no estaran gravadas con el I&puesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 821, el Decreto Supremo N" 099-96-EF y normas modificatorias; y. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por el senor MORDAZA Wassington a favor de Medicos Sin Fronteras -Holanda-, consistente en medicinas, material medico, equipos medicos, dos vehiculos MORDAZA Toyota, modelo Land Cruiser, ano 1998, motores N"s. 246100 y 246062, respectivamente, con sus correspondientes repuestos, y otros, por un valor aproximado de DFL 137 774,40 (Ciento Treinta y Siete Mil Setecientos Setenta * Cuatro y 40.000 Florines Holandeses) equivalente a US z 68 887,20 (Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Ochenta y Siete y 20/100 Dolares Americanos) y un peso aproximado de 7 458 k., segun Conocimiento de Embarque N" MSCC R3632420 de la empresa Mediterranean Shipping Company S.A. MORDAZA, de fecha 2 de febrero de 1998. y Certificados de Donacion de fechas 26 y 27 de enero de 1998.

Precios FOB de referencia para la aplicacion de los derechos especificos correspondientes a la importacion de productos agropecuarios
RESOLUCION MINISTJ3RJAL W 211-9&EF/15 MORDAZA, 17 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo N" 016-91EF, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley No 25528 y modificatorias, la importacion de ciertos productos agropecuarios esta. sujeta a la aplicacion de derechos especificos variables; Que, por Decreto Supremo N" 114-93-EF, modificado por los Decretos Supremos Nos. 133-94-EF, 99-95-EF, 15195-EF, 025-96-EF, OSO-96-EF, 005-97-EF y 083-98-EF, vigente a partir del 7 de agosto de 1998, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 3 1 de agosto y el 6 de setiembre de 1998 para el caso del maiz, arroz y azucar y del 24 de agosto al 6 de setiembre de 1998 para los productos lacteos;

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