Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1998 (18/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

Lima. viernes 18 de setiembre de 1998 alfalfa, frutales como manzanos, paltos, pacay, lucumos, higos, tunas y olivos; que asimismo existen cuatro MORDAZA para la crianza de porcinos e instalaciones de material noble para vacunos de engorde, contando con una poza para almacenar agua mediante cisterna, existiendo ademas una MORDAZA de 60 m2 construida con material noble; Que igualmente del Informe Legal N" 016/98-AGUAD.LC.OAJ, de 29 de enero de 1998, de fojas 36, se advierte que la posesion del recurrente es pacifica y directa, lo que significa que no existe litis respecto del predio; Que por consiguiente, el recurrente cumple con los presupuestos del Articulo 17" del Reglamento de la Ley N 26505, aprobado por Decreto Supremo N" Oll-97-AG, al haber habilitado para la actividad agropecuaria el terreno objeto de solicitud; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Ley N" 25902; SE RESUELVE: Articulo lo.- Determinar como eriazo e incorporar al dominio del Estado, la superficie de 8.307.20 m2, ubicada en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo con el plano catastral y memoria descriptiva que obra en el expediente, disponiendo que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural gestione su inscripcion en los Registros Publicos. Articulo 2".- Disponer que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural otorgue el respectivo contrato de compraventa a precio de arancel de tierras eriazas de la superficie incorporada al dominio del Estado a favor de don MORDAZA Aucedo MORDAZA Diaz; devolviendose el expediente al mencionado Proyecto Especial para los fines indicados. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 10537

cfpemratu, Pag.164075
Que en consecuencia, el recurrente cumple con los presupuestos del Articulo 17" del Reglamento de la Ley N" 26505, aprobado por Decreto Supremo N" Oll-97-AG, al haber habilitado para la actividad agraria los terrenos materia de procedimiento, Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Jurfdica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Ley N" 25902; SE RESUELVE: Articulo lo.- Determinar como eriazos e incorporar al dominio del Estado, 5 ha. 2,880 m2 correspondiente a los predios "Retama", "Tupna", "Coto" y "Medio" del Fundo Huayllapampa, ubicados en el distrito y provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, de acuerdo con los planos catastrales y memorias descriptivas que obran en el expediente, disponiendo que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural gestione su inscripcion en los Registros Publicos. Articulo 2".- Disponer que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural otorgue el respectivo contrato de compraventa a precio de arancel de tierras eriazas sobre el area incorporada al dominio del Estado a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, por cuanto estos fueron habilitados para la agricultura con anterioridad a la dacion de la Ley N" 26505; devolviendose el expediente al mencionado Proyecto Especial para los fines indicados. Registrese y comuniquese.

MORDAZA
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MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura

Declaran improcedente reconfderaW&terpuestacontra la R.M. N-0359RESOLUCION MINISTERIAL W 046%SS-AG MORDAZA, 16 de setiembre de 1998 VISTO: El recurso de reconsideracion, interpuesto por don MORDAZA Talleri contra la Resolucion Ministerial N 0359-98-AG; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial N" 0359-98-AG, de 24 de MORDAZA de 1998, se autorizo al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en nombre y representacion del Estado, demande judicialmente a don MORDAZA Talleri Pinillos y a don MORDAZA MORDAZA Wong Luck, el pago de los montos establecidos por la Contraloria General de la Republica en la Resolucion de Contraloria N" 046-98-CG por concepto de responsabilidad civil; Que don MORDAZA Talleri Pinillos, ha interpuesto recurso de reconsideracion contra la Resolucion Ministerial N" 0359-98-AG, sustentando su recurso en que se le ha privado de las garantias fundamentales previstas en la Constitucion, asi como el debido MORDAZA y que en la parte considerativa de esa Resolucion Ministerial se senala una serie de inexactitudes e incoherencias que no se ajustan a la verdad, atribuyendosele hechos que no son de su absoluta responsabilidad; Que la Resolucion Ministerial de la que se recurre, que es meramente autoritativa para la interposicion de una accion judicial, se ha dictado como resultado del MORDAZA de Determinacion de responsabilidades instaurado por la Contraloria General de la Republica (Expediente N" 22-90-CG) derivado del Examen Especial practicado al contrato suscrito entre el Ministerio de Agricultura (PROCOMPRA) y EMEX S.A. el 28 de enero de 1982, por lo que corresponde que el recurrente haga uso de su derecho de defensa en el MORDAZA judicial respectivo; deviniendo por tanto improcedente la reconsideracion interpuesta;

Determinan como eriazos e incorporan al dominio del Estado terrenos ubicados en la provincia de Yauyos
RESOLUCION MINISTERIAL W 0468-98-AG MORDAZA, 16 de setiembre de 1998 VISTO: El expediente administrativo sobre adjudicaci6n de terrenos eriazos habilitados para la actividad agropecuaria, ubicados en el distrito y provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, seguido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la cruz; CONSIDERANDO: Que mediante escrito de diciembre de 1997, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA al MORDAZA del Articulo 17" del Reglamento de la Ley N" 26505, aprobado por Decreto Supremo N" Oll-97-AG, solicita se regularice la situacion juridica de los predios "Retama", "Tupna", "Coto" y "4ledio" del Fundo Huayllapampa, ubicados en el distrito y provincia de Yauyos, departamento de Lima; Que del Informe Tecnico N" 231-96PETT-DT-CPR, obrante a fojas 79 a 81 y del informe tecnico obrante a fojas 98 a 100, esta acreditado que MORDAZA predios objeto de solicitud son eriazos que han sido mejorados y habilitados para la agricultura, encontrandose con cultivos de papa, panllevar y otros, bajo posesion pacifica, directa y continua del interesado como aparece del Informe Legal N" 028/98-AC-UADLC-OA.J, de fojas 107: Que ademas. en el expediente se observan ei plano perimetrico y la memoria descriptiva de los predios "Retama" de 1 ha. 7,200 m2; "Tupna" de 1 ha. 3,800 m2; "Coto" de 1 ha. 5,400 m2 y "Medio" de 6,480 m2; que en conjunto suman 5 ha. 2,880 m2;

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