Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1998 (18/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

Que mediante la Resolucion Directoral N° O33-92-PE/ DGT de fecha 24 de febrero de 1992, se tijo en 29 t/h de procesamiento de materia prima, la capacidad de reduccion con que debia operar la planta de harina de residuos y especies desechadas de ALIMENTOS CONGELADOS MORDAZA S.A. ubicada en el establecimiento indust.rial mencionado en el considerando recedente. Que la setima de lasI& sposwones Complementarias, Transitorias y Finales del Reglamento de ia Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 01-94-PE, establecio un plazo, el cual fue MORDAZA por las Resoluciones Ministeriales N°s. 090-94-PE y 399-95-PE para que los propietarios de establecimientos industnales y plantas de procesamiento pesquero, en las que sin previa autorizacion o licencia se MORDAZA producido modificacion de su capacidad instalada, adecuen la correspondiente licencia de operacion a las pertinentes disposiciones; Que por Resolucion Ministerial N° 107-94-PE, se precisa que durante la vigencia de la licencia para l a operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante los escritos del visto. CORPORACION MORDAZA S.A. solicita la transferencia de la licencia de operacion otorgada a ALIMENTOS CONGELADOS MORDAZA S.A. al haber adquirido el establecimiento industrial pesquero segun consta en la Escritura Publica de Compraventa de fecha 8 de noviembre DE 1994, que obra en autos, asi como el otorgamiento de la licencia de operacion en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento, para desarrollar las actividades dr cnngelado y harina de pescado; Que mediante Resolucibn Directoral N" 032-98-PE/ DNPP de 17 de marzo de 1998, se otorgo a CORPORACION MORDAZA S.A., autorizacion para efectuar el trnslado fisico de la planta de enlatado de 1535 cajaskurno y de 28 t/h de la planta de harina de pescado desde la Av. Salaverry s/n, puerto de Casma, distrito de Comandante N o e l provincia de Casma, departamento de MORDAZA, Region Chavin, hacia la MORDAZA Industrial III, Tierra Colorada, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que la Direccion del Medio Amhienb, meaiante Oficio N" 806-95PE/DIREMA de fecha 25 de setiembre de 1995, comunica que ha recaido calificaci6n favorable .+l Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental presentado por ALIMENTOS CONGELADOS MORDAZA S A.; a4 como mediante Oficio W 043-98-PE/DIREMA de fecha 15 de enero de 1998, se comunica que ha recaido calificacion favorable al Estudio de Impacto Ambiental presentado p o r CORPORACION MORDAZA S.A.; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquera mediante los informes N°s. 191-97-PE/DNPP-Dn y 109-98-PE/DNPPDn de fechas 5 de diciembre de 1997 y 9 de junio de 1998, res ectivamente, los cuales sustentan la procedencia tecnica se lo solicitado y ue analizan y evaluan los documentos proporcionados por8a recurrente concluyendo que esta ha cumplido con los requisitos establecidos en los Procedimientos Nos. 18 y 19 del Texto Unico de Prwedimientos Administrativos del Ministerio de PesquwIa, aprobado por Decreto Supremo W 001-98-PE; y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con los Articulos 43" :nck d I, 4ci" y 46" del Decreto Ley N" 25977 Ley de Pesca; ios rirticulos 60 y 61" de su Regiamento aprobado por Decreto Supremo N 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo N° 09-94-PE, la Resolucion Ministenal N° 107-94-PE; y, En uso de las facultades conferidas pot el Decreto Supremo N° 010-97-PE SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el cambio de nombre del titular del derecho administrativo otorgado a ALIMENTOS CONGELADOS MORDAZA S.A., mediante Resolucinnes Directorales Ws. 127-90-PE/DGT y 033-92-PE/DGT de fechas 19 de MORDAZA de 1990 y 24 de febrero de 1992. respectivamente, a favor de CORPORACION MORDAZA S.A., por transferencia del establecimiento industrial pesquero, en lo que resa ala actividad de procesamiento de rodurtos hidrobiop"" de congelado y harina de pesca B 6gwos o. Articulo 2°.- Otorgar n CORPORACION MORDAZA S.A., licencia de operacion en adecuaci6n A la Ley (kneral de Pesca y su reglamento, para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiol6gicoi a trav6s de

sus plantas de congeladoy harina de pescado, en su establecimiento industrial ubicado en la Caleta de Tierra Colorada,distritoyprovinciadePaita,departamentodePiura,con las siguientes capacidades: : 39 t/dia Congelado Harina de pescado : 50 t/h de procesamiento de materia prima. Articulo 3".- CORPORACION MORDAZA S.A., debera operar sus plantas de congelado y harina de pescado con sujecion alas normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas ala preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar un sistema de control que garantice la optima calidad de su producto final y cumplir con las medidas de mitigacion planteadas en su Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental y Estudio de Impacto Ambiental, calificados favorablemente por la Direccion del Medio Ambiente a traves de los Oficios Ws. X06-So-PEIDIREMA y 043-98PE/DIREMA, de fechas 25 de setiembre de 1995 y 15 de enero de 1998, respectivamente. Articulo 4".- El incumplimiento de lo establecido en el Articulo 3" de la presente resolucion, sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 6".- Dejar sin efecto las Resoluciones Directorales NOs. 127-90-PEIDGT y 033-92-PEIDGT de fechas 19 de MORDAZA de 1990 y 24 de febrero de 1992, respectivamente. Articulo 69- Transcribase la presente resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMAEKKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (el 10506

Declaran fundada reconsideracion y autorizan a empresa el incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL N 286-98-PE/DNE ° MORDAZA, 16 de setiembre de 1998 Visto los escritos con Registros N°s.08316,14774,16598, 1187001,1570001 de fechas 1 de MORDAZA, 5 de noviembre y 2 de diciembre de 1997,30 de enero, 13 de marzo y 7 de MORDAZA de 1998, respectivamente, mediante los cuales INVERSIONES PESQUERAS MORDAZA MAR S.R.Ltda. interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral N" 05397-PE/DNE; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral N" 053-97-PE/DNE de fecha 2 de junio de 1997, se declaro improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por INVERSIONES PESQUERAS MORDAZA MAR S.R.Ltda., sustentandose, en que la embarcacion denominada ZEUS se encuentra comprendida dentro del supuesto normativo previsto en el Articulo 7" del Decreto Supremo W Ol-97-PE; Que mediante los escriti)s del visto, la recurrente interpone recurso de reconsideraci6n contra la resolucion citada en el considerando que antecede, fundamentandose entre otros, en que resulta inaplicable el Articulo 7" del Decreto Supremo N" Ol-97-PE al presente caso, dado que no se verifica la ocurrencia del supuesto de dicha MORDAZA en la realidad; asimismo a travks de dicho medio impugnativo modifica su petitorio inicial, en el sentido, que solicita autonzacion de incremento de flota con una (1) embarcaa6n pesquera de MORDAZA de construccion nacional, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos cabinza, MORDAZA, cojinova, MORDAZA, tollo, suco (cocol, MORDAZA, mero o bacalao de profundidad, jurel y caballa para e1 consumo humano directo; Que el Articulo 1" del Decreto Supremo N" 002.98-PE dispone que los armadores de embarcaciones pesqueras censadas y verificadas, de embarcacrones censadas que

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