Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1998 (18/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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de MORDAZA, Directora Nacional de Denorte Fundamental. MORDAZA que, en representacion de dicho-instituto participe'& el MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 560, Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo N 328, Ley General del Deporte: Decreto Legislativo N" 866, Ley de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH-, modificado por Decreto Legislativo W 893 y Decreto Supremo N" 1359O-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje de la senora MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA, Directora Nacional de Deporte Fundamental del Instituto Peruano del Deporte, a la MORDAZA de MORDAZA, Espana, del 17 al 23 de setiembre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Instituto Peruano del Deporte para 1998, de acuerdo al siguiente detalle: - Un pasaje aereo IJSA$ Lima-Madrid-Lima : USA$ - Tarifa Corpac 1,X6.42 25.00

Lima. viernes 18 de setiembre de 1998

Articulo Tercero.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de derechos aduaneros ni impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano 10631

Aceptan y aprueban donacion que sera empleada en el MORDAZA del Programa "Seguridad Alimentaria Sostenible"
RESOLUCION PRESIDENCIAL W 198-98"PRONAA/P MORDAZA, ll de setiembre de 1998 VISTA: La Solicitud de la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Per& formulada mediante Carta N" CP # 1631/ 98 de fecha 2 de marzo de 1998: y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves del Memorando N" 130-98-GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atencion a lo solicitado por la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CAREPer& quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo dt la nave "Advantage" a los puertos de Callao, Matarani y Salaverry, trayendo alimentos correspondiente a la ayuda alimentaria para el ano 1998, para su Distribucion Directa; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Peru celebraron un Convenio referente a Suministros y Equipos H~manitarios, mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitacion y MORDAZA Voluntario No Lucrativas para la distribucion de productos agricolas alimenticios y la ejecucion de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el MORDAZA del Instrumento citado, el 4 de junio de 1998 se suscribe el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo 11 para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de Ambrica, por el que cl Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Kelaciones Exterores y a solicitud del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves del Programa Na<,ional de

Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donacion de aproximadamente 100,649 toneladas metricas de alimentos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 51,100 tm. se usaran en Programas de Distribucion Directa y 49,549 tm. se utilizaran para Monetizacion; Que, en virtud al Articulo 1: Aceptacion de la Donacion del referido instrumento, la donacion esta sujeta a la disponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variacion de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Programa del mencionado Convenio de Donacion, se acuerda que los alimentos importados para la distribucion direda y monetizacion seran de propiedad exclusiva de cinco Organizaciones Privadas Sin Fines de Lucro, entre las cuales se encuentra la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior CARE, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos hasta la distribucion al beneficiario final, debiendo utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes: Que, mediante Decreto Ley N" 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a Instituciones y Organismos Publicos, asi como las donadas por concepto de Cooperacion TBcnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria ~Juridica y de la Ckrencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto LegslatiVO N" 719, Decreto Ley No 21942, Decretos Supremos NS. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema N" 50893-PCM, Resolucion de Contraloria N" 038-95CG y Resolucion Ministerial N" 1 ll-97-PROMUDEH, y; estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20" del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo No 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo lo.- Aceptar y Aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados IJnidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Peru. consistente en:
PUERTO: CALLAO PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR NETAS BRUTAS FOB US$ hoz Lentejas Harina da Tngo FIlid MORDAZA Acaile Vegetal TotalaS 12,720 4,952 4.789 2Qo 3,792 26.453 637 443 246 162 239 993 10023 77916 1,213.539 636 OXl 247 600 239 450 lOoo0 70 035 1203.055 230,931 55 94.992 02 51.785 56 5.26899 66.440.02 449,418.16 VALOR CIF USS X16,053.02 l l 7,452.Otl 72,316 32 6.204 70 ?4,505 21 556J31.41

PUERTO: MATARANI PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR NETAS FOB USS BRUTAS ArmZ Lemas Ha&deTngo Aceite Veaetal Lentejas " Lama#s Totales 14,600 599 5,396 3.792 2,179 2,767 29,533 741 676 30016 270412 Tl 916 109 197 138664 1,36?.0a? 740 000 29 950 269 800 70005 `08950 :38350 1,357.055 268.693.87 1149039 58.349 38 66.440 02 41,57010 52,787 69 499,331.M

VALOR CIF US$ 332,826 83 14.207 19 6!.462.39 74.505 21 51:446 47 65,33175 619,803.83 VALOR CIF US$ 211.391 31 65.148 03 51:29fi 41 53,207 08 401,042.&3

PUERTO: SALAVERRY PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR BRUTAS NETAS FOB USS AK02 Lemas HaRnadeTngo Aceite Vegetal Totales 9,400 3.590 3,397 2,708 19,095 471 066 179907 170235 55644 076.852 470 cal `795m 169850 49994 869.344 i70.656.92 68665.43 X.733.27 4744761 323.70306

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