NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (21/09/1998)
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c[pémtanr, Pág164185 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDUARDO FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 10743 RESOLUCION SUPREMA W 421.9%RE Lima, 18 de setiembre de 1998 Visto el Oficio N” 5-49-Y/Ol-98 del 16 dc julio de 19Y8, de la Embajada del Perú en Canberra, Australia; Con la opinión favorable de la Dirección de Asuntos Consulares: De conformidad con 10 establecido en el Artículo 118”. inciso ll ), de la Constitución Política del Pertí; los Artículos 1%‘~ 138” del Reglamento Consular del Perú; asi corno en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: l”.- Nombrar Cónsul Ad Honorem del Perú en Meibourne, Australia, al señor Graban Strachan, con jurisdicción en los Estados de Victoria y Tasmania. 2”.- Ext,enderle las correspondientes Letras Patentes. Registrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimor? Presidente Constitucional dc la República EDUARDO FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 10744 MITINCI Disponen entrada en vigencia del “Acuerdo Marco para la Promoción del Comercio media’nte la Superación de los Obstáculos Técnicos al Comercio” DECRETO SUPREMO IV 012-9%ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPIJHLICA CONSIDERANDO: Que, en el Tratado de Montevideo de 1980 que msi ituge la Asociación Latinoamericana (ALADI). aprobado por Re>olución Legislativa N’ 23304, se prevé la celebración entre los países miembros de ALADI de Acuerdos de Alcance Parcial; Que, dentro del marco de dicho Tratado, los Plenipotenciarios de la República de Argentina, de la República de Bolivia, de la República Federativa del Brasil, de la República de Colombia, de la República de Chile, de la República del Ecuador, de los Estados Unidos Mexicanos, de la República del Paraguay, de la República del Perú y de la República de Venezuela, han suscrito el 8 de diciembre de 1997 el Acuerdo de Alcance Parcial para la Promo- ción del Comercio denominado “Acuerdo Marco para la Promo- mPerú INSTITUTO DE ESTUDIOS LABORALES CONTABLES Y lBIBUTARIOS EXPOSITOR: * Dr. CPC. ALFREDO RODRIGUEZ NEMA Miembro del Comité Tkcnico de Administración de la Asociación Interamericana de Contabilida JFinanzas Profesor asociado de la Poniificla Untversidad Católica del Perú. . LUGAR - DIAS - HORA:Salón Miramar ” HOTEL JOSE ANTONIO” Esquina de 28 de Julio rColón # 325 Miraflores Losdías05,06,yO deOctubrede6:OO pm.a9:00 pm. l Se entregará: Material de Lectura, Certificado, Refrigerio y Cochera. INFORMES E INSCRIPCIONES:Av. 6 de Agosto 736 Jesús María Telf: 423 - 8732ción del Comercio mediante la Superación de los Obstáculos Técnicos al Comercio”- Que, resulta necesarioponeren vigenciaypublicarel mencio- nado Acuerdo, así como señalar los mecanismos relativos a su administración; De conformidad con el Artículo 57” de la Constitución Política del Estado, el Decreto Legislativo N” 560: Ley del Poder Ejecuti- vo, la Ley N” 26647, y el Decreto Ley N” 25831: Ley Orgánica de Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; DECRETA: Artículo lo.- Publíquese y póngase en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial para la Promoción del Comercio denominado “Acuerdo Marco para la Promoción del Comercio mediante la Superación de los Obstáculos Técnicos al Comercio”, suscrito el 8 de diciembre de 1997 por los Plenipotenciarios de la República de Argentina, de la República de Bol] via, de la República Federativa del Brasil, de la República de Colombia, de la República de Chile, de la República del Ecuador, de los Estados Unidos Mexicanos, de la Reoública del Parasuav. de la Renública del Perú Y de la República de Venezuela. ” Artículo 2”.- El Ministerio de Industria, Turismo, lntegra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales, comunicará a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la aplicación del citado Acuerdo y de.sus proto- colos adicionales y modificatorios. así corno las precisiones que fueran necesarias sobre sus alcances. Artículo 3”.- El presente Deveto Supremo será refrendado por el Ministro de Industria, Tunsmo, Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales ACUERDO MARCO PARA LA PROMOCION DEL COMERCIO MEDIANTE LA SUPERACION DE LOS OBSTACULOS TECNICOS AL COMERCIO Los Plenipotenciarios de la República Argentina, de la Repú- blica de Bolivia, de la República Federativa del Brasil, de la República de Colombia, de la Repríblica de Chile, de la República del Ecuador, de los Estados Unidos Mexicanos, de la Repúbhca del Paraguay, de la República del Perú y de la República de Venezuela, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes otorgados en buena y debida forma, depositados oportu- namente en la Secretaria General de la Asociación. CONSIDERANDO los mandatos emanados de las Resolucio- nes 22 CV); 30 (VI> y 32 (VII) del (!onsejo de Ministros; Que los Reglamentos Técnicos adontados nor los oaíses miem- bros para garantizar las condiciones de segÚridad;zvida y salud humana, animal y vegetal; protección del medio ambiente; defen- sa del consumidor y otros aspectos, no deben tener como objetivo constituirse en obstáculos técnicos innecesarios al comercio entre las partes signatarias del nresente Acuerdo. gue las Normas Técnicas adoptadas en funcion de un proceso de racionalización del complejo industria/comercio/consumo, aun sin tener por si mismas un carácter obligatorio, pueden constituirse también en dificultades para el referido comercio intrarre@onali y Que se hace necesario para no obstaculizar dicho comercio, definir un marco conceptual comun para los países miembros en lo que se refiere a cuestiones relacionados con la Reglamentación E= ll SEMINARIO -TALLER * MARCO CONCEPTUAL PARA LA PRESENTACION Y PREPARACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS. * NICl.- PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS * NIC 2.- .EXISTENCIAS. * NIC16.- INMUEBLES, MAQUINAY EQUIPO. * NIC 17.- TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO. l NIC 23.-‘COSTOS DE FINANCIAMIENTO. * NfC 18.-INGRESOS. * NIC 8.- UTILIDAD 0 PERDIDA NETA DEL EJERCICIO, ERRORES SUSTANCIALES Y CAMBIOS EN LAS POLITICAS CONTABLES. * NIC 12.- IMPUESTO A LA RENTA. * NIC 33.-UTILIDADES POR ACCION..