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Pág. 171940 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de abril de 1999 III. RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS EMITIDOS: El rendimiento en la recaudación por concepto de los arbitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario, Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana está relacionado directamente con las tasas a cobrar dentro de nuestra jurisdicción es como a continuación se detalla: SERVICIO MUNICIPAL MENSUAL TRIMESTRAL ANUAL Limpieza Pública 872,743.44 3’490,973.76 Relleno Sanitario 184,040.00 736,160.00 Parques y Jardines 312,182.54 1’248,730.16 Seguridad Ciudadana 128,919.97 386,759.91 1’547,039.64 TOTAL S/. 7’022,903.56 IV. FINANCIAMIENTO DE LOS ARBITRIOS: El presente rubro permite visualizar los montos a financiar con los Recursos Ordinarios generados por la Municipalidad de Los Olivos, a los arbitrios de Relleno Sanitario y Parques y Jardines está relacionado directa- mente con las tasas a cobrar dentro de nuestra jurisdic- ción es como a continuación se detalla: SERVICIO MUNICIPAL RECAUDACION RECURSOS COSTO DEL ORDINARIOS SERVICIO Limpieza Pública 3’490,973.76 0.00 3’490,973.76 Relleno Sanitario 736,160.00 343,510.00 1’079,670.00 Parques y Jardines 1’248,730.16 957,988.85 2’206,719.01 Seguridad Ciudadana 1’547,039.64 0.00 1’547,039.64 TOTAL S/. 7’022,903.56 1’301,498.85 8’324,402.41 4615 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-99-CDSB-C Mediante Oficio Nº 084-99-CDSB-SG, la Municipalidad de San Borja solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 034-99-CDSB-C, publicado en nuestra edi- ción del día 1 de abril de 1999, en la página 171580. En el extremo derecho superior DICE: Acuerdo de Concejo Nº 034-99-CDSB-C San Borja, 23 de marzo de 1999 DEBE DECIR: Acuerdo de Concejo Nº 056-99-CDSB-C San Borja, 29 de marzo de 1999 4616 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Establecen fecha de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales y otorgan beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 018-MDSL San Luis, 8 de abril de 1999EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal en sesión extraordinaria de fecha 30 de marzo de 1999, mediante Acuerdo de Conce- jo Nº 125-99-CDSL, aprobó por unanimidad la cuestión previa formulada por la señora Regidora María Del Pilar Noriega López referente a la propuesta adoptada por la Comisión Técnica Mixta sobre el cobro de Arbi- trios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jar- dines; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 006-99-MDSL de fecha 27 de enero de 1999, se estableció el cronograma de pago de los Arbitrios Municipales para 1999, cuya fecha de vencimiento del primer trimestre fue ampliado median- te Acuerdo de Concejo Nº 056-99-CDSL al 15 de marzo de 1999; Que, a raíz del Informe Nº 045-99-DR-MDSL, la Dirección de Rentas hace de conocimiento que en los recibos de Arbitrios Municipales de Limpieza Públi- ca, Parques y Jardines del año 1998, estuvo mal aplicada la Ordenanza Nº 001-98-MDSL, por lo cual el Concejo mediante Acuerdo Nº 109-99-CDSL de fecha 10 de marzo de 1999 acordó ampliar nueva- mente la fecha de vencimiento del primer trimestre para el pago de los arbitrios municipales por un tiempo indeterminado; Que, asimismo mediante Acuerdo de Concejo Nº 110- 99-CDSL de fecha 10 de marzo se conformó una Comi- sión Técnica Mixta que se encargue de elaborar la estructura real y actual de costos de Arbitrios Municipa- les por Limpieza Pública, Parques y Jardines y su correcta aplicación teniendo en cuenta que la anterior gestión aplicó erróneamente la Ordenanza Nº 001-98- MDSL; Que, la Comisión Técnica Mixta el día 30 de marzo de 1999 adoptó una propuesta, la misma que fue sustenta- da en sesión de Concejo por la señora Regidora María Del Pilar Noriega López como presidenta de la mencio- nada Comisión; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y el Reglamento Interno de Concejo, ha expedido la si- guiente: ORDENANZA Artículo Primero.- ESTABLECER que el plazo de vencimiento del primer trimestre para el pago de los Arbitrios Municipales será el 20 de abril de 1999; man- teniéndose vigente las demás fechas de vencimiento indicadas en el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 006-99-CDSL. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Ter- cero de la Ordenanza Nº 006-99-MDSL, estableciendo que los contribuyentes que cancelen al vencimiento de la primera cuota el íntegro del Ejercicio Fiscal de 1999 serán beneficiados con un descuento del 60%, asimismo tendrán descuento del 55% a partir del segundo trimestre. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Dirección Municipal, Dirección de Rentas, Administración y Unidad de Teso- rería en cuanto le corresponde. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 4633