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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (10/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 171936 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de abril de 1999 a los contribuyentes de la Zona Industrial la regulariza- ción de sus obligaciones tributarias; Estando a las consideraciones expuestas y al ampa- ro de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR en todos sus términos hasta el 30 de abril de 1999, los alcances de la Ordenan- za Nº 010-98/MDI, referidos al "Plan de Incentivos para la ampliación de la Base Tributaria en la Zona Indus- trial". Artículo 2º.- FACULTASE el fraccionamiento de pago hasta un máximo de (5) cuotas mensuales por los tributos adeudados que resulten de la aplicación de los incentivos establecidos en la Ordenanza Nº 010-98/ MDI, en cualquier estado de cobranza que se encuen- tren, inclusive en la vía coactiva. Artículo 3º.- Para acogerse al fraccionamiento, el contribuyente deberá cancelar como cuota inicial o pri- mera cuota el equivalente al 30% de la deuda total y en ningún caso cada cuota restante será inferior a S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). Regístrese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 4734 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Designan comisión encargada de eva- luar contribuciones especiales de obras públicas de la municipalidad ACUERDO Nº 019-99-MDLV La Victoria, 26 de marzo de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA Visto; en sesión ordinaria de Concejo de fecha 26 de marzo de 1999, los informes de las Direcciones de Infra- estructura Urbana, Servicios Municipales y Comer- cialización y Promoción del Desarrollo Económico, así como el pedido del Sr. Director Municipal, respecto a la necesidad de recuperar la inversión de las obras públi- cas que se realizaran en el Damero de Gamarra y alrededores; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de La Victoria, den- tro del Plan de Acción y Presupuesto para 1999, viene ejecutando obras de infraestructura en beneficio de la comunidad victoriana; Que, dentro de las obras programadas en el Plan de Acción y Presupuesto de 1999, se tiene prevista la ejecución del Boulevard Comercial Gamarra, actualmente esta obra ha sido ampliada, compren- diendo las mejoras a todo el damero formado por las avenidas Isabel La Católica, Prolongación Huánuco, 28 de Julio y Aviación; Que, la ampliación en la ejecución de obra, así como las mejoras que se van a realizar en las vías públicas del damero antes mencionado, implican una inversión no programada por la municipalidad, por lo que es necesa- ria su recuperación mediante una contribución especial por Obras Públicas;Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con dispensa del trámite de aprobación del acta, el Concejo, por UNANIMIDAD: ACORDO: Artículo Primero.- Designar una comisión encarga- da de evaluar las contribuciones especiales de Obras Públicas de la Municipalidad Distrital de La Victoria, la misma que estará integrada por: - El Director Municipal, quien la presidirá. - El Director de Administración. - El Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica. - El Director de Infraestructura Urbana. - El Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto. Artículo Segundo.- Disponer que la inversión de obras de infraestructura, que se realizaran en el damero comprendido entre las avenidas Isabel La Católica, 28 de Julio, Prolongación Huánuco y Av. Aviación, serán recuperadas vía contribución espe- cial de Obras Públicas, para tal efecto el Concejo Distrital de La Victoria, dictará la correspondiente ordenanza de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 4713 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Prorrogan fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbi- trios Municipales ORDENANZA Nº 010-99/CDLO Los Olivos, 7 de abril de 1999 VISTO: En sesión ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 013-99/MDLO/CEFPP, presentado por la Comisión Permanente de Economía, Finanzas, Planificación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 15º, incisos a) y b), del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal esta- blece que el pago del Impuesto Predial puede efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero o, en forma fraccionada, en cuatro cuotas trimestrales, debiendo pagarse la primera cuota el último día hábil de febrero y los restantes el último día hábil de mayo, agosto y noviembre; Que, el último párrafo del Artículo 29º del Decreto Legislativo Nº 816, Código Tributario, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general por la Administración Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 007-99/CDLO del 18 de febrero de 1999, se estableció las fechas de pago al contado y fraccionado del Impuesto Predial y de arbi- trios; Que, es política de la actual gestión municipal el brindar facilidades para que nuestros contribuyentes puedan cumplir con su pago al contado y fraccionado de la primera cuota del Impuesto Predial y de los arbitrios; Estando a lo dictaminado por la Comisión Permanen- te de Economía, Finanzas, Planificación y Presupuesto,