Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 1999 (10/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 1999

a los contribuyentes de la MORDAZA Industrial la regularizacion de sus obligaciones tributarias; Estando a las consideraciones expuestas y al MORDAZA de las facultades conferidas por el numeral 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR en todos sus terminos hasta el 30 de MORDAZA de 1999, los alcances de la Ordenanza Nº 010-98/MDI, referidos al "Plan de Incentivos para la ampliacion de la Base Tributaria en la MORDAZA Industrial". Articulo 2º.- FACULTASE el fraccionamiento de pago hasta un MORDAZA de (5) cuotas mensuales por los tributos adeudados que resulten de la aplicacion de los incentivos establecidos en la Ordenanza Nº 010-98/ MDI, en cualquier estado de cobranza que se encuentren, inclusive en la via coactiva. Articulo 3º.- Para acogerse al fraccionamiento, el contribuyente debera cancelar como cuota inicial o primera cuota el equivalente al 30% de la deuda total y en ningun caso cada cuota restante sera inferior a S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 4734

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, el Concejo, por UNANIMIDAD: ACORDO: Articulo Primero.- Designar una comision encargada de evaluar las contribuciones especiales de Obras Publicas de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, la misma que estara integrada por: - El Director Municipal, quien la presidira. - El Director de Administracion. - El Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica. - El Director de Infraestructura Urbana. - El Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto. Articulo Segundo.- Disponer que la inversion de obras de infraestructura, que se realizaran en el damero comprendido entre las avenidas MORDAZA La Catolica, 28 de MORDAZA, Prolongacion MORDAZA y Av. Aviacion, seran recuperadas via contribucion especial de Obras Publicas, para tal efecto el Concejo Distrital de La MORDAZA, dictara la correspondiente ordenanza de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 4713

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA

Designan comision encargada de eva- Prorrogan fecha de vencimiento para luar contribuciones especiales de el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales obras publicas de la municipalidad
ACUERDO Nº 019-99-MDLV La MORDAZA, 26 de marzo de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto; en sesion ordinaria de Concejo de fecha 26 de marzo de 1999, los informes de las Direcciones de Infraestructura MORDAZA, Servicios Municipales y Comercializacion y Promocion del Desarrollo Economico, asi como el pedido del Sr. Director Municipal, respecto a la necesidad de recuperar la inversion de las obras publicas que se realizaran en el Damero de MORDAZA y alrededores; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, dentro del Plan de Accion y Presupuesto para 1999, viene ejecutando obras de infraestructura en beneficio de la comunidad victoriana; Que, dentro de las obras programadas en el Plan de Accion y Presupuesto de 1999, se tiene prevista la ejecucion del Boulevard Comercial MORDAZA, actualmente esta obra ha sido ampliada, comprendiendo las mejoras a todo el damero formado por las avenidas MORDAZA La Catolica, Prolongacion MORDAZA, 28 de MORDAZA y Aviacion; Que, la ampliacion en la ejecucion de obra, asi como las mejoras que se van a realizar en las vias publicas del damero MORDAZA mencionado, implican una inversion no programada por la municipalidad, por lo que es necesaria su recuperacion mediante una contribucion especial por Obras Publicas; ORDENANZA Nº 010-99/CDLO Los MORDAZA, 7 de MORDAZA de 1999 VISTO: En sesion ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 013-99/MDLO/CEFPP, presentado por la Comision Permanente de Economia, Finanzas, Planificacion y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15º, incisos a) y b), del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal establece que el pago del Impuesto Predial puede efectuarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o, en forma fraccionada, en cuatro cuotas trimestrales, debiendo pagarse la primera cuota el ultimo dia habil de febrero y los restantes el ultimo dia habil de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 816, Codigo Tributario, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general por la Administracion Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 007-99/CDLO del 18 de febrero de 1999, se establecio las fechas de pago al contado y fraccionado del Impuesto Predial y de arbitrios; Que, es politica de la actual gestion municipal el brindar facilidades para que nuestros contribuyentes puedan cumplir con su pago al contado y fraccionado de la primera cuota del Impuesto Predial y de los arbitrios; Estando a lo dictaminado por la Comision Permanente de Economia, Finanzas, Planificacion y Presupuesto,

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