TEXTO PAGINA: 10
Pág. 172316 NORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de abril de 1999 Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente será con cargo al presupuesto del Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 750.48 Viáticos US$ 2,000.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5132 Renuevan autorizaciones de empre- sas para operar estaciones de servicio de radiodifusión comercial sonora y por televisión RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 049-99-MTC/15.03 Lima, 12 de febrero de 1999 VISTAS las solicitudes presentadas por la empresa RADIO PROGRESO S.A. sobre renovación de autoriza- ción, cambio de ubicación de estudios y planta transmi- sora, así como del tipo de emisión de su estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en FM, en el distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 029-85-COMS/DGCS, del 19.marzo.85, se concedió autorización a la empresa RADIO PROGRESO S.A. para operar, por el plazo de diez años, una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modulada, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de An- cash; Que efectuada la inspección técnica a la referida esta- ción de radiodifusión, los resultados han sido favorables para que continúe prestando el servicio, habiéndose veri- ficado además que se encuentra al día en sus pagos, que es requisito para que opere la renovación de las autorizacio- nes del servicio de radiodifusión; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informes Nºs. 279-98- MTC/15.19.03.2 y 582-98-MTC/15.19.01, opinan que es procedente la renovación de la autorización solicitada, considerándose el cambio de ubicación de los estudios y planta transmisora, así como del tipo de emisión de la citada estación radiodifusora en FM; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por D.S. Nº 06-94-TCC, modificado por Decretos Supre- mos Nºs. 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99-MTC y D.S. Nº 024-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización a la empresa RADIO PROGRESO S.A. para operar una estación Trans- misora del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial enFrecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash, así como el cambio de ubicación de los estudios y planta transmisora y del Tipo de Emisión, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :98.1 MHz Indicativo :OCZ-3B-FM Potencia :1 Kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Av. Bolognesi Nº 825 - 6º piso, Dpto. 605, Dist. Chimbote, Prov. Santa, Dpto. Ancash. Coordenadas: L.O. 78° 35' 23" L.S. 09° 04' 48" Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, que se computará a partir del vencimiento de la R.S. Nº 029-85-COMS/DGCS, por tanto vencerá el 19 de marzo del 2005. La Dirección General de Telecomuni- caciones procederá a extender la correspondiente Licen- cia de Operación con vigencia durante el plazo antes señalado. Artículo 3º.- La presente autorización dejará de sur- tir efectos en el caso que la titular de la autorización incumpla con las obligaciones establecidas en el Artículo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunica- ciones o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del citado regla- mento. Artículo 4º.- Los derechos otorgados en la presente resolución son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. En caso contrario, esta resolución queda- rá anulada automáticamente, en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunica- ciones. Artículo 5º.- Para solicitar la renovación de la presen- te autorización, deberá observarse el plazo previsto en el Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Tele- comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENA GARLAND HILBCK Viceministra de Comunicaciones 5046 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 052-99-MTC/15.03 Lima, 12 de febrero de 1999 VISTA, la solicitud presentada por la EMPRESA RA- DIODIFUSORA FRONTERA J.W.R.J. S.A., sobre reno- vación de autorización del Servicio de Radiodifusión So- nora Comercial de la estación en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la ciudad de Pucallpa, distrito de Calle- ría, provincia de Coronel Portillo, departamento de Uca- yali; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 308-93-TCC/15.17 de fecha 2.julio.93 se autorizó a la EMPRESA RADIODI- FUSORA FRONTERA J.W.R.J. S.A., para operar una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial de la estación en Frecuencia Modulada, en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, Región Ucayali, por el plazo de diez (10) años; cuyo plazo de vigencia venció el 18 de diciembre de 1996; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informes Nºs. 265-97-