Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 1999 (19/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversion extranjera con sujecion a las disposiciones pertinentes de la legislacion peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopcion de medidas que contribuyan a alentar la investigacion, conservacion, extraccion, cultivo, procesamiento y comercializacion de los recursos pesqueros; Que mediante los escritos del visto, la empresa PERUKO S.A. solicita autorizacion para realizar investigacion mediante pesca exploratoria del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas en la MORDAZA comprendida entre los 03°23' L.S. y 07°00' L.S. por un periodo de treinta (30) dias, con el empleo de la embarcacion de bandera coreana denominada Nº 11 KYUNG YANG, de 191 toneladas de Registro Neto y 498 toneladas de Registro MORDAZA, la misma que operara fuera de las veinte (20) millas de la costa; Que la citada empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Que el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE a traves del Oficio Nº DE-100-103-99-PE/IMP de fecha 13 de MORDAZA de 1999 emite opinion favorable sobre la ejecucion de la investigacion de la pesca exploratoria del recurso calamar gigante o pota en el litoral peruano, por lo que resulta procedente el petitorio de la recurrente; Estando a lo informado por las Direcciones Nacionales de Extraccion y de Procesamiento Pesquero, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 3º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, en el Articulo 22º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y en el Decreto Supremo Nº 010-97PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa PERUKO S.A. a realizar pesca exploratoria del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas mediante el empleo de la embarcacion calamarera de bandera coreana denominada Nº 11 KYUNG YANG de 191 toneladas de Registro Neto y 498 toneladas de Registro MORDAZA, asi como operar una planta de procesamiento de congelado a bordo, por un periodo de treinta (30) dias calendario. Articulo 2º.- El periodo de 30 dias regira a partir de la fecha de inicio de las operaciones, la misma que no debera exceder del 31 de MORDAZA de 1999. Articulo 3º.- PERUKO S.A. debera efectuar el pago de US$ 14.17 dolares americanos por TRN de la embarcacion, por concepto de otorgamiento de permiso de pesca exploratoria del recurso calamar gigante. Articulo 4º.- PERUKO S.A. previo al inicio de las operaciones debera acreditar ante la Direccion Nacional de Extraccion lo siguiente: a) El Permiso de Navegacion otorgado por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. b) Haber instalado el sistema de seguimiento satelital. c) El pago establecido en el articulo precedente. Articulo 5º.- PERUKO S.A. debera cumplir con las siguientes obligaciones: a) Reservar acomodacion a bordo para dos (2) tecnicos cientificos de investigacion del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE. b) Remitir a la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria el informe final sobre las operaciones de pesca en el plazo no mayor de 15 dias, de finalizada la pesca exploratoria. c) Las operaciones de pesca exploratoria deberan efectuarse fuera de las 20 millas de la costa. Articulo 6º.- Las operaciones de pesca y de procesamiento estan sujetas a lo dispuesto en la Ley General de Pesca, en su reglamento, en el Plan de Ordenamiento

Pesquero del Calamar Gigante o Pota y demas normas que MORDAZA aplicables. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 5075

PROMUDEH
Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA Metropolitana
RESOLUCION SUPREMA Nº 057-99-PROMUDEH MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirio al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, el Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiendose asimismo, la transferencia al referido instituto, de las Beneficencias Publicas del MORDAZA y Juntas de Participacion Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispone la nueva conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, senalando que los miembros del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA Metropolitana deben ser designados por Resolucion Suprema; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893, Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA Metropolitana. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 5119

RELACIONES EXTERIORES
Designan funcionario diplomatico para participar en la III Reunion del Grupo de Negociaciones sobre Inversiones del MORDAZA, a realizarse en los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 171-99-RE MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999

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