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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (19/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 172322 NORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de abril de 1999 I N E I Autorizan la realización de la Encuesta Económica Anual 1998 de la Estadísti- ca Económica Financiera de Universi- dades No Estatales RESOLUCION JEFATURAL Nº 131-99-INEI Lima, 9 de abril de 1999 Visto, el Oficio Nº 247-99-DE-DEEI de la Dirección de Estadística e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores, solicitando autorización para realizar la "En- cuesta Económica Anual 1998 de la Estadística Económi- ca y Financiera de Universidades No Estatales"; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Esta- dística e Informática" el INEI, ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, pro- cedimientos y técnicas estadísticas, utilizados por los órganos del sistema para la producción de las Estadísticas Oficiales del país referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir la actividad económi- ca que genera la Educación Superior en el país, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Econó- mica Anual 1998 de la Estadística Económica y Finan- ciera de Universidades No Estatales", que permita disponer de información económica y financiera de las universidades particulares, indispensable para la ela- boración de las variables e indicadores económicos sectoriales que contribuya a la adopción de medidas de política económica de este sector; Que, el INEI ha realizado coordinaciones con la Direc- ción de Estadística e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores, sobre el planeamiento de la encuesta así como la definición y contenido del formulario a ser utiliza- do; Que, es conveniente autorizar la ejecución de la citada encuesta, dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referidas a la actividad educativa superior, la misma que será ejecu- tada por la Dirección de Estadística e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores, así como aprobar los respectivos formularios en observancia de las Directi- vas Técnicas del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encues- ta Económica Anual 1998 de la Estadística Económica Financiera de Universidades No Estatales", que será ejecutada a nivel nacional por la Dirección de Estadísti- ca e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores, dirigida a las Universidades No Estatales que se encuen- tran bajo el ámbito de competencia administrativa de su sector. Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada encuesta, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución, cuya distribución se iniciará a partir del 3 de mayo de 1999 y estará a cargo de la Dirección deEstadística e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución solicita- rán los formularios de la encuesta en la Dirección de Estadística e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores, sito en calle las Aldabas s/n - Urb. Las Gardenias - Surco. Las universidades deberán presentar una carta indicando nombre o razón social, dirección fiscal, número de Registro Unico del Contribuyente (RUC), actividad económica a la que se dedica, número total de personas ocupadas, total de ingresos netos obtenidos en el año 1998, teléfono y fax. Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo, hasta el 18 de junio de 1999 a nivel nacional para la presentación de los formularios debidamente diligenciados de la "Esta- dística Económica y Financiera de Universidades No Estatales 1998". Artículo 5º.- La información económico - financiera que proporcionara a través de la encuesta, será presen- tada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALO- RES HISTORICOS. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 5042 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Amplían plazo de etapa de negocia- ción y firma de contrato de concesión para construcción y explotación del Eje Vial Javier Prado - La Molina y Faucett ACUERDO DE CONCEJO Nº 070 Lima, 12 de abril de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 006-99 de fecha 8 de abril de 1999 del Comité de Adjudicación de Concesiones para el Concurso Inter- nacional de Proyectos Integrales Nº 001-97-MML para el otorgamiento de la Concesión de la Construcción y Explo- tación del Eje Vial de las avenidas Javier Prado - La Molina y Faucett, solicitando la prórroga del plazo esta- blecido por Acuerdo de Concejo Nº 135 del 4.12.98; ACORDO: Conceder la prórroga solicitada, y ampliar por un plazo de noventa días (90) calendario, la etapa de negocia- ción y firma del contrato de concesión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 5041