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Pág. 172318 NORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de abril de 1999 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunica- ciones o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del citado Regla- mento General. Artículo 4º.- Los derechos otorgados en la presente resolución son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. En caso contrario, esta resolución queda- rá anulada automáticamente, en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunica- ciones. Artículo 5º.- Para solicitar la renovación de la presen- te autorización, deberá observarse el plazo previsto en el Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Tele- comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENA GARLAND HILBCK Viceministra de Comunicaciones 5051 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 055-99-MTC/15.03 Lima, 12 de febrero de 1999 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa RADIO MELODIA S.A., sobre renovación de autoriza- ción de la estación Transmisora del Servicio de Radiodi- fusión Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la ciudad de Arequipa; así como el cambio de ubicación de los estudios y planta transmisora; CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 032-85-COMS/DGCS, del 19.marzo.85, se otorgó autorización a la empresa RADIO MELODIA S.A., para operar, por el plazo de diez (10) años, una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones mediante Informes Nºs. 433-98- MTC/15.19.03.2 y 001-99-MTC/15.19.01, opinan que es procedente la renovación de la autorización, considerán- dose el cambio de ubicación de los estudios y planta transmisora, así como del tipo de emisión de la citada estación radiodifusora en FM; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por D.S. Nº 06-94-TCC, modificado por Decretos Supre- mos Nºs. 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización a la empresa RADIO MELODIA S.A. para operar una estación Trans- misora del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la ciudad de Arequipa, así como el cambio de ubicación de los estudios y planta transmisora y del Tipo de Emisión, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :104.3 MHz Indicativo :OCZ-6B-FM Potencia :5.0 Kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Calle San Camilo Nº 501, Dist., Prov. y Dpto. Arequipa.Ubicación de la Planta Transmisora :P.J. Caminos del Inca s/n, Dist. Jacobo D. Hunter, Prov. y Dpto. Arequipa. Coordenadas: L.O. 71° 32' 55.00" L.S. 16° 24' 40.00" Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, que se computará a partir del vencimiento de la R.S. Nº 032-85-COMS/DGCS, por tanto vencerá el 19 de marzo del 2005. La Dirección General de Telecomuni- caciones procederá a extender la correspondiente Licen- cia de Operación con vigencia durante el plazo antes señalado. Artículo 3º.- La presente autorización dejará de sur- tir efectos en el caso que la titular de la autorización incumpla con las obligaciones establecidas en el Artículo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunica- ciones o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del citado regla- mento. Artículo 4º.- Los derechos otorgados en la presente resolución son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. En caso contrario, esta resolución queda- rá anulada automáticamente, en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunica- ciones. Artículo 5º.- Para solicitar la renovación de la presen- te autorización deberá observarse el plazo previsto en el Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Tele- comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENA GARLAND HILBCK Viceministra de Comunicaciones 5052 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 056-99-MTC/15.03 Lima, 12 de febrero de 1999 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa RADIODIFUSORA HUANCAYO S.A., sobre renovación de autorización de la estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Onda Media (OM), ubicada en la ciudad de Huancayo, departamento de Junín; así como el cambio de ubicación de la planta transmisora y el aumento de potencia; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 179-93-TCC/15.17 del 14.abril.93, se renovó en vía de regularización la autorización a RADIODIFUSORA HUANCAYO S.A., para que continúe operando una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Onda Media (OM), en el distrito y provincia de Huancayo, Región Andrés Ave- lino Cáceres; por el plazo de diez (10) años, que se computa a partir del 14.agosto.85; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones mediante Informes Nºs. 367-98-MTC/15.19.03.2 y 586-98-MTC/15.19.01, opinan que es procedente la renovación de la autorización solicitada; De conformidad con lo establecido en los Artículos 22,º 48º, 50º, 56º y 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, así como con los Artículos 173º, 177º y 182º de su Regla- mento General, aprobado por D.S. Nº 06-94-TCC y modi- ficado por Decretos Supremos Nºs. 005-98-MTC, 022-98- MTC y 002-99-MTC; y,