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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (26/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 172542 NORMAS LEGALES Lima, lunes 26 de abril de 1999 INSTRUCTIVO DE LA DECLARACION DE MATERIAL PARA USO AERONAUTICO Será utilizado para el despacho de bienes extranjeros que constituyen material para uso aeronáutico. Deberá consignarse en el costado derecho el código de identificación. 1. MODALIDAD Deberá consignarse en el recuadro derecho la modalidad elegida. 2. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS Casilla reservada para uso exclusivo de ADUANAS 3. IDENTIFICACION 3.1 ADUANA Se indicará el nombre de la Aduana bajo cuya jurisdicción se realiza el despacho aduanero. 3.2 DECLARANTE-CODIGO Se indicará el nombre o razón social y el código del Declarante. 3.3 DOCUMENTO IDENTIDAD Se indicará el código de tipo de documento del Declarante, correspon- diente: 2 Libreta electoral - DNI 4 RUC 3.4 IMPORTADOR / EXPORTADOR Se indicará el nombre del Importador, dueño, consignatario o Exportador, así como su número telefónico y/o número de Fax. 3.5 DIRECCION IMPORTADOR/EXPORTADOR Se indicará el domicilio legal del Importador, dueño, consignatario o Exportador . 4. TRANSPORTE/ALMACENAMIENTO 4.1 Nº MANIFIESTO Se llenará de la siguiente manera: Código de Aduana de ingreso - Año de emisión - Número de Manifiesto. 4.2 EMPRESA DE TRANSPORTE-CODIGO Se indicará el nombre o razón social de la empresa o entidad bajo cuya administración opera la unidad de transporte y su código correspondien- te. 4.3 VUELO NRO. Se indicará el número de vuelo de la empresa. 4.4 PUERTO EMBARQUE/DESEMBARQUE-CODIGO En el caso de Importación: Se indicará el nombre y código del lugar de embarque (marítimo, aéreo, terrestre u otro). En los despachos de Exportación: Se indicará el nombre y código del lugar de desembarque. 4.5 FECHA EMBARQUE Se indicará la fecha en que los bienes son efectivamente embarcados. 4.6 FECHA LLEGADA/TERMINO DE LA DESCARGA Se llenará sólo en los despachos de Importación: Se indicará la fecha de llegada al país o, en su defecto la fecha del término de la descarga de los bienes. En caso de despachos anticipados se indicará la fecha estimada de llegada al país. 4.7 TERMINAL DE ALMACENAMIENTO/DMA-CODIGO Se indicará el nombre y código del almacén en donde se encuentra almacenado los bienes. 4.8 CODIGO DMA Se indicará el código del Depósito de Material para Uso Aeronáutico 5. DE LAS MERCANCIAS 5.1 PAIS DE PROCEDENCIA/DESTINO - CODIGO En el caso de Importación: Se indicará el nombre y código del país de procedencia. En el caso de Exportación: Se indicará el nombre y código del país de destino. 5.2 FACTURA COMERCIAL Se indicará el número de Factura Comercial que ampara el despacho de importación o exportación. Cuando el despacho se encuentre amparado en más de una factura se consignará sólo una de ellas debiendo indicar la segunda en el casillero 5.11. Cuando por motivo justificado no se cuente con factura comercial, este rubro se dejará en blanco, debiendo adjuntarse al formato, una Declaración Jurada donde se consigne el valor estimado de los bienes. 5.3 FECHA Se indicará la fecha de la Factura Comercial 5.4 Nº DE BULTOS Se indicará el número total de bultos solicitados a despacho. 5.5 PESO BRUTO Se indicará el peso bruto total indicado en el documento de transporte y que corresponde al peso expresado en kilogramos de la mercancía o bienes objeto de la declaración, incluyendo todos sus envases y emba- lajes.5.6 VALOR FOB TOTAL Se indicará el valor señalado en la Factura Comercial, expresado en dólares americanos. 5.7 FLETE Es el valor total del flete desde el puerto de embarque hasta el puerto de destino, expresado en dólares americanos. Esta casilla sólo es de llenado obligatorio en el caso de despachos de importación; las personas naturales la llenarán únicamente cuando cuenten con flete efectivamente pagado. 5.8 SEGURO Es el valor total de las primas de seguro de las mercancías o de los valores establecidos según la Tabla de Seguros vigente, expresado en dólares americanos. Esta casilla sólo es llenada en casos de despacho de Importación; las personas naturales la llenarán únicamente cuando cuenten con primas de seguro efectivamente pagadas. 5.9 VALOR CIF Es la suma de los rubros 5.6, 5.7 y 5.8. Esta casilla sólo es llenada en el caso de los despachos de Importación. 5.10 TOTAL SERIES Se indicará el número total de series declaradas. 5.11 FACTURA COMERCIAL Se indicará el número de la Factura Comercial 2 5.12 FECHA Se indicará la fecha de la Factura Comercial 2 6. DECLARACION DE MERCANCIAS Este Rubro será llenado por el Especialista en Aduanas, Declarante u Operador de Comercio Exterior que despache la mercancía. 6.1 DESCRIPCION DE MERCANCIAS Se indicará la especie o denominación comercial de la mercancía o bienes, detallando las características del producto (marca, modelo, nro. de serie, etc.) 6.2 CODIGO DE LOS BIENES DE MATERIAL PARA USO AERONAUTI- CO Se indicará el código del bien en el cual se ubica, según el Anexo 1. 6.3 Nº UNIDADES COMERCIALES Se indicará el número de unidades comerciales. 6.4 UNIDAD DE MEDIDA Se indicará la unidad de medida 6.5 Nº BULTOS Se indicará el número de bultos. 6.6 SEGURO Se indicará el seguro. 6.7 FLETE Se indicará el flete. 6.8 PESO BRUTO Se indicará el peso bruto expresado en kilogramos de las mercancías declaradas en la serie. 6.9 FOB Se indicará el valor FOB de las mercancías declaradas en cada serie. 6.10 CONOCIMIENTO DE EMBARQUE/GUIA AEREA/CARTA PORTE Se indicará el número del documento de transporte, correspondiente a la mercancía declarada en la serie, cuando se trate de más de un C/E, G/A o Postal o C/P. 6.11 Nº DECLARACION PRECEDENTE Se indicará el número de la declaración precedente de ser el caso de salida al exterior. SERIE ITEM Se indicará la serie o ítem de los bienes que se indican en la declaración precedente. 7. INGRESO AL TERMINAL DE ALMACENAMIENTO/DEPOSITO DE MATERIAL PARA USO AERONAUTICO Se estampará la firma y sello del responsable que autorizó el ingreso de los bienes al Terminal de almacenamiento o Depósito de material para uso aeronáutico; así como la fecha en que se realiza dicho acto. 8. DILIGENCIA DEL ESPECIALISTA Casilla reservada para uso exclusivo de la Autoridad Aduanera 9. DECLARANTE Se estampará la firma y sello del Declarante, así como la fecha en que se realiza dicho acto. 10. CONTROL DE EMBARQUE Se estampará la firma y sello del responsable de la Compañía transpor- tista que da la conformidad de salida; así como la fecha en que se realiza dicho acto. 11. DILIGENCIA DEL OFICIAL Casilla reservada para uso exclusivo de la Autoridad Aduanera. 12. OBSERVACIONES Se indicará la información y anotaciones adicionales que se estimen pertinentes.