Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 1999 (30/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 1999

Vista la Carta Nº 019-PD-EP-99 de fecha 27 de MORDAZA de 1999, de la Presidencia del Directorio de EDITORA PERU, solicitando autorizacion para el viaje del Editor de Economia del Diario Oficial El Peruano a Colombia; CONSIDERANDO: Que, con motivo de la Mision Empresarial Peruana a Colombia que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota, del 28 de MORDAZA al 1 de MORDAZA de 1999, la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX ha cursado una invitacion a la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Peru, para que un periodista del Diario Oficial El Peruano asista a dicho evento, asumiendo dicha entidad los gastos por pasaje aereo; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Editor de Economia del Diario Oficial El Peruano, ha sido designado para asistir a la Mision Empresarial Peruana a Colombia; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ambito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Editor de Economia del Diario Oficial El Peruano, a la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota, Colombia, del 28 de MORDAZA al 1 de MORDAZA de 1999, para los fines mencionados en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion estaran a cargo del Presupuesto de EDITORA PERU, de acuerdo al siguiente detalle: viaticos US$ 600.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00. Articulo 3º.- La presente resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 5683

Que asimismo a fojas 26 obra el MORDAZA listado catastral asignando al predio la Unidad Catastral Nº 12135, consignandose como propietario al Ministerio de Agricultura y como conductor a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA con una superficie de 5.70 ha.; Que el Informe Legal Nº 509-98-AG-UAD.LC/OAJ, de fecha 1 de diciembre de 1998, de fojas 22, senala que no existe MORDAZA judicial respecto del predio ni cuenta con inscripcion registral; Que en consecuencia, el recurrente cumple con los presupuestos del Articulo 17º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, al haber habilitado el predio para la actividad agraria con anterioridad a la publicacion de la Ley Nº 26505, los terrenos eriazos objeto de solicitud; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Determinar como eriazo e incorporar al dominio del Estado la superficie de 5.70 ha. con Unidad Catastral Nº 12135 del predio denominado "Agua Salada II", ubicado en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano catastral y memoria descriptiva que obran en el expediente, disponiendose que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural gestione su inscripcion en el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos correspondientes. Articulo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural otorgue el respectivo contrato de compraventa a precio de arancel de tierras eriazas a favor de don MORDAZA MORDAZA Espinoza; remitiendose el expediente al citado organo desconcentrado para los fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 5531 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0289-99-AG MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre adjudicacion de terrenos eriazos habilitados para la actividad agropecuaria, ubicados en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante escrito de 24 de marzo de 1994, de fojas 1 y 2, MORDAZA por escrito de 31 de MORDAZA de 1997, de fojas 111, solicita la adjudicacion del terreno MORDAZA con Unidades Catastrales Nºs. 11628 de 4,200 m2 y 11747 de 2,200 m2 ubicado en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, manifestando conducirlo por mas de 20 anos conjuntamente con su familia; Que a fojas 106 a 108 corre el Informe Tecnico Nº 056/98AG.UAD.LC/OAJ-C.PETT, de 12 de junio de 1998, elaborado en base a la inspeccion ocular realizada al predio, que senala que se verifico la posesion y conduccion por el recurrente constatandose que los linderos, colindancias y medidas perimetricas son coincidentes con lo senalado en el plano perimetrico y memoria descriptiva que obran en el expediente; Que el mencionado informe establece que el bien predial es de condicion eriazo y cercado por muros de concreto, existiendo una casa-huerta de material noble, plantas ornamentales, algunos frutales y tres ambientes en construccion, siendo dedicado ademas a la apicultura, proveyendose del recurso hidrico del rio Lurin, mediante el MORDAZA de Cieneguilla; Que ademas, en el Informe Legal Nº 343-98-AG-UAD.LC/ OAJ de 14 de setiembre de 1998, de fojas 113, se senala que no existe controversia judicial respecto del predio materia de procedimiento; ni se encuentra inscrito en los Registros Publicos; Que por consiguiente, el recurrente cumple con los presupuestos del Articulo 17º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, al haber habilitado para la actividad agropecuaria con anterioridad a la publicacion de la Ley Nº 26505, de 18 de MORDAZA de 1995, los terrenos eriazos objeto del procedimiento; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Determinar como eriazo e incorporar al dominio del Estado la parcela de Unidad Catastral Nº 11628 de 4,200 m2 y la parcela de Unidad Catastral Nº 11747 de 2,200 m2, ubicadas en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano catastral y memoria descriptiva

AGRICULTURA
Disponen que el PETT otorgue a personas naturales, mediante contrato de compraventa, terrenos eriazos ubicados en las provincias de Huaura y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0287-99-AG MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre adjudicacion de terrenos eriazos habilitados para la actividad agropecuaria, ubicado en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante escrito de 30 de junio de 1998, de fojas 01, solicita la adjudicacion del terreno MORDAZA denominado "Agua Salada II", de 5.70 ha., ubicado en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, manifestando poseerlas desde hace 30 anos con pasto gramalote y que cuenta con agua proveniente de filtraciones de MORDAZA Barbara; Que corre a fojas 15, el Informe Nº 0084/98-AG.UAD.LC/ ATDRH, de 15 de setiembre de 1998, preparado en base a la inspeccion ocular al predio, que establece que el recurrente lo viene conduciendo en toda su extension y que se encuentra con grama natural que es utilizada como pasto para su ganado vacuno y lanar, contando ademas con sus propios MORDAZA, senalandose que por la parte centrica del predio pasa en direccion este a oeste, el cauce troncal de filtraciones MORDAZA MORDAZA - Irrigacion San Felipe;

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