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Pág. 172655 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de abril de 1999 DIRECTIVA Nº 017-99-COFOPRI NORMAS QUE REGULAN EL MECANISMO DE PRORROGA Y DE SER EL CASO, LA AMPLIACION DEL OBJETO, DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS QUE MANTIENE LA COFOPRI, EN TANTO EL PROYECTO ESPECIAL "DERECHOS DE PROPIEDAD URBANA" COMPLETE LA IMPLEMENTACION DE SUS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION I. OBJETIVO Aprobar el mecanismo de prórroga y de ser el caso, la ampliación, del objeto de los Contratos de Servicios suscritos por COFOPRI durante el período presupuestal 1998, que fueran prorrogados y/o ampliados en virtud de la Directiva Nº 013-98- COFOPRI, para que sean prestados en las diferentes localida- des en las que COFOPRI asuma jurisdicción, en tanto el Proyec- to Especial "Derechos de Propiedad Urbana" complete la imple- mentación de sus procedimientos de contratación. II. FINALIDAD Garantizar la continuidad de las actividades de la COFO- PRI dentro de su ámbito de jurisdicción, mientras el Proyecto Especial "Derechos de Propiedad Urbana" no complete la imple- mentación de sus procedimientos de contratación. III. ALCANCE Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de cumplimiento obligatorio por las unidades ejecutoras de la COFOPRI y dentro de ellas por la Gerencia General, la Gerencia de Administración, la Gerencia del Proyecto y sus unidades de acuerdo a su competencia y grado de responsabilidad. IV. BASE LEGAL 1. Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal. 2. Ley Nº 27046 - Ley Complementaria de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal. 3. Decreto Supremo Nº 014-98-MTC - Estatuto de la Comi- sión de Formalización de la Propiedad Informal. 4. Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 005-97-COFO- PRI, aprobado por Resolución Ministerial Nº 501-98-MTC/15.01. 5. Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 025-97-COFO- PRI, aprobada por Resolución Ministerial Nº 494-98-MTC/15.01. 6. Resolución Ministerial Nº 435-98-MTC/15.01 - Aprueba la Directiva Nº 009-98-COFOPRI, que regula la aplicación de la excepción dispuesta por la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. V. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 1. Prorrogar hasta junio de 1999, inclusive, la vigencia de los Contratos de Servicios que COFOPRI haya suscrito durante el período presupuestal 1998, que fueron prorrogados y/o amplia- dos en virtud de la Directiva Nº 013-98-COFOPRI, y que sean requeridos para el desarrollo de sus actividades; y, de ser el caso ampliar el ámbito geográfico de aplicación de dichos contratos. 2. Corresponde a la Gerencia General el definir los casos en que procede la prórroga y/o ampliación del objeto de los Contra- tos de Servicios, esto último con el fin de que éstos sean presta- dos en las localidades en las que COFOPRI asuma jurisdicción. 3. Dicha prórroga y/o ampliación del objeto no requerirán de un nuevo proceso de selección. 4. Para estos efectos se deja en suspenso lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 005-97-COFOPRI, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 501-98-MTC/ 15.01, por el período establecido y con relación a los contratos de servicios que fueran prorrogados y/o ampliados en aplicación de la presente directiva. VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 1. La Gerencia de Administración queda encargada de la difusión de la presente directiva para su adecuada aplicación. 5643 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial destinado a obtener la pose- sión de inmueble ubicado en la Provin- cia Constitucional del Callao RESOLUCION MINISTERIAL Nº 175-99-MTC/15.12 Lima, 28 de abril de 1999Visto, el Memorándum Nº 255-99-MTC/15.06 del Procura- dor Público de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, por el cual solicita autorización para interponer las acciones legales respec- tivas a efectos de obtener la posesión del inmueble de propiedad del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, sito en el Lote Nº 8 de la manzana "A" del asentamiento humano "Manuel Dulanto", del Cercado del Ca- llao, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el inmueble en referencia es de propiedad del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, actual- mente se encuentra ocupado por terceras personas; por lo que resulta necesario accionar judicialmente para obtener la posesión legítima; Que, en consecuencia, debe dictarse el acto administrativo que permita al Procurador Público del sector iniciar las acciones a que hubiere lugar contra quienes vienen ocupando indebida- mente el predio antes mencionado; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público del Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, para que interponga las acciones legales pertinentes con- tra Marina Torres Mendoza y toda otra persona que venga ocupando ilegal e indebidamente el inmueble sito en el Lote Nº 8 de la manzana "A" del asentamiento humano "Manuel Dulan- to", del Cercado del Callao, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, debiéndosele remitir los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5639 Autorizan a procurador iniciar accio- nes correspondientes al cobro de mul- ta impuesta a empresa por prestar ser- vicio postal sin autorización RESOLUCION MINISTERIAL Nº 177-99-MTC/15.03 Lima, 28 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-99-MTC/15.20 del 27.enero.99, se sancionó a la Empresa FC FULL COURIER E.I.R.L., con una multa equivalente a diez (10) UIT por prestar el Servicio Postal sin autorización expresa o tácita del Ministerio, de acuerdo a lo señalado en el inciso a) del Artículo 38º, concordado con el Artículo 43º del Reglamento de Servicios y Concesiones Postales; Que, la Dirección de Normas y Supervisión Postal de la Dirección General de Correos, según los términos del Informe Nº 088-99-MTC/15.20.03 señala que la Empresa FC FULL COURIER E.I.R.L. no ha impugnado la resolución que lo sancio- na, ni ha cumplido con el pago de la multa impuesta, por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Público de este Minis- terio a iniciar las acciones legales correspondientes; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a iniciar las acciones legales correspondientes contra la Empresa FC FULL COURIER E.I.R.L., tendientes al cobro de la multa impues- ta por la Resolución Directoral Nº 002-99-MTC/15.20, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, debiéndosele remitir los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5638