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Pág. 172654 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de abril de 1999 M T C Autorizan viaje de funcionarios del PERT a la República de Ecuador para que participen en taller sobre progra- mas intensivos de empleo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 171-99-MTC/15.02 Lima, 27 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Organización Internacional del Trabajo - OIT con- juntamente con el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos de la República de Ecuador, han programado la realización de un taller relacionado a Programas Intensivos de Empleo, ha- biendo cursado invitación a la administración del Programa Caminos Rurales del Proyecto Especial Rehabilitación Infraes- tructura de Transporte - PERT para que su Director Ejecutivo y su Coordinador General de Promoción Social y Desarrollo Institucional participen en el citado evento; Que, el Programa Caminos Rurales tiene por finalidad restablecer la transitabilidad de las carreteras vecinales y asegurar su mantenimiento posterior mediante la participación de las municipalidades y de la comunidad organizada; contri- buir al desarrollo organizacional de las municipalidades y la creación de microempresas y contratistas capaces de ejecutar el mantenimiento de dichas vías; Que, teniendo en cuenta los considerandos precedentes resulta pertinente expedir el acto administrativo que autorice el viaje de los funcionarios antes mencionados a fin de que expon- gan la finalidad del Programa Caminos Rurales y así dar a conocer los avances del Gobierno en el exterior en cuanto a carreteras vecinales; Que, la OIT cubrirá la totalidad de los gastos que irrogue el viaje correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase el viaje de los siguientes funciona- rios del Programa Caminos Rurales del Proyecto Especial Reha- bilitación Infraestructura de Transporte - PERT, a la ciudad de Ambato, República de Ecuador, durante los días 5, 6 y 7 de mayo de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución: - Ingeniero Pablo Máximo Chirinos Vargas, Director Ejecu- tivo. - Ingeniero Guillermo Valdivia Minaya, Coordinador Gene- ral de Promoción Social y Desarrollo Institucional. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irro- gará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5645 Aprueban normas que regulan el me- canismo de prórroga y , de ser el caso, la ampliación del objeto de los contratos de servicios que mantie- ne la COFOPRI RESOLUCION MINISTERIAL Nº 174-99-MTC/15.01 Lima, 28 de abril de 1999CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - CO- FOPRI, como organismo rector máximo, encargado de dise- ñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida, un programa de formalización de la propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, en virtud al Artículo 53º del Estatuto de la COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, se crea el Proyecto Especial "Derechos de Propiedad Urbana", cuyo conte- nido y financiamiento han sido objeto del Acuerdo de Préstamo BIRF Nº 4384-PE y el Acuerdo de Proyecto respectivo, suscritos con el BIRF con fechas 4 de octubre de 1998 y cuya operación de endeudamiento externo ha sido aprobada mediante Decreto Supremo Nº 098-98-EF; Que, el financiamiento para el Proyecto Especial menciona- do, contempla la adquisición de bienes y contratación de servi- cios necesarios para la ejecución de las actividades de COFO- PRI, para lo cual será necesario emplear los procedimientos de contratación previstos en las normas sobre adquisiciones y contrataciones acordadas en el Acuerdo de Préstamo antes citado; Que, para dicho efecto se aprobó mediante Resolución Ministerial Nº 525-98-MTC/15.01 la Directiva Nº 013-98- COFOPRI, según la cual se estableció el mecanismo de prórroga y de ser el caso la ampliación del objeto de los contratos de servicios que mantiene la COFOPRI, en tanto el proyecto especial "Derechos de Propiedad Urbana" asuma su financiamiento; Que, a pesar de ello, el empleo de los procedimientos de contratación mencionados tomará algún tiempo más para su completa implementación, por lo que se requiere adoptar medi- das que permitan que los bienes y servicios requeridos para garantizar la continuidad de las actividades de COFOPRI sigan siendo proveídos, mientras dichos procedimientos de contrata- ción no culminen; Que, en la medida en que dicha culminación demorará los meses de mayo y junio inclusive, no resultaría necesario iniciar nuevos procedimientos de contratación de los bienes y servicios requeridos por dicho período, sino más bien ampliar y/o prorrogar la vigencia de los contratos que a su vez fueron ampliados y/o prorrogados por COFOPRI, al inicio del período presupuestal 1999, por los meses de mayo y junio inclusive; Que, el Artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 803 exonera a COFOPRI de la aplicación de las normas sobre proceso presu- puestario, austeridad, remuneraciones y mecanismos de con- tratación o contrata, establecidos en la Ley Marco de Presu- puesto del Sector Público y en la Ley Anual de Presupuesto vigente y sus modificatorias, durante su período de implemen- tación, la cual ha sido prorrogada mediante la Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27046 - Ley Complementaria de Promoción del Acceso a la Propiedad For- mal; los mismos que serán regulados por sus propias Directivas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 435-98-MTC/15.01 se aprueba la Directiva Nº 009-98-COFOPRI, que regula la aplicación de la excepción dispuesta por la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en virtud de ello y a lo expuesto en los considerandos que anteceden, resulta necesario aprobar una directiva que establezca el mecanismo por el cual se deje en suspenso la aplicación del Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 005-97- COFOPRI, aprobado por Resolución Ministerial Nº 501-98- MTC/15.01, por el período necesario y para los contratos de bienes y servicios referidos; De conformidad con lo establecido en el Artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 803, el literal n) del Artículo 8º y Artículo 52º del Estatuto de la COFOPRI; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 017-99-COFO- PRI, que regula el mecanismo de prórroga y de ser el caso, la ampliación del objeto, de los Contratos de Servicios que mantie- ne la COFOPRI, en tanto el Proyecto Especial "Derechos de Propiedad Urbana" complete la implementación de sus procedi- mientos de contratación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y Presidente de COFOPRI