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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (30/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 172663 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de abril de 1999 Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 022- 99-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR, Proceso Administrativo Disciplinario al servidor del INPE, Raúl Augusto ARTICA CHAVEZ, por los motivos expuestos en la parte considerati- va de la presente resolución. Artículo 2º.- El servidor procesado, puede presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa ante la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a ley. Artículo 3º.- Notifíquese la presente resolución a través del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales perti- nentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUSTO JARA UGARTE Presidente 5505 S A F P Constituyen comité especial de contrataciones y adquisiciones encar- gado de concurso público para contra- tar servicio de cobertura de seguros RESOLUCION Nº 137-99-EF/SAFP Lima, 28 de abril de 1999 VISTO: El Informe Nº 038-99-EF/SAFP.8 de la Gerencia de Administración, de fecha 99.4.28. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 9 de julio de 1997, se estable- cieron las normas que deben observar las entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones y adquisicio- nes de bienes, servicios u otros, y se regularon las obligacio- nes y derechos que se derivan de los mismos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, se reglamentaron los procedimientos técnicos y administra- tivos que deben observar las entidades del Sector Público para realizar las contrataciones y adquisiciones que re- quieran de conformidad con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado referida en el considerando pre- cedente; Que, el Artículo 57º del reglamento aludido establece que en los procesos de licitación y concursos públicos debe nom- brarse un Comité Especial que se encargue del proceso de selección; En uso de las facultades que le confiere el Artículo 57º, Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobada por Decreto Supremo Nº 054-97-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir un Comité Especial de Contrataciones y Adquisiciones que tenga a su cargo la organización, conducción y ejecución del proceso de Concur- so Público Nº 001-99-SAFP para la contratación del Servicio de Cobertura del Seguro Médico Familiar y Seguro de Vida de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Artículo Segundo.- El Comité Especial constituido en el artículo anterior, estará conformado por los siguientes miem- bros: César Díaz Hayashida :Presidente Sergio Javier Espinosa Chiroque :Miembro Mónica Beatriz Landázuri Navarrete :Miembro Vanessa María Salgado Baracco :Miembro Isabel Ramírez de Mendívil :MiembroRegístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO MOUCHARD RAMIREZ Superintendente 5620 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Modifican ordenanza que estableció criterios de determinación e importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo ORDENANZA Nº 004-MDB Barranco, 29 de abril de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 002-MDB se establecie- ron los criterios de determinación e importes de los Arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo; Que, el Artículo 1º de la referida ordenanza establece como un criterio de determinación el uso o actividad desarro- llada en el predio; Que, atendiendo a lo establecido en el referido artículo se establecen como Anexos I, II y III de la ordenanza los importes de los referidos arbitrios para los usos casa habita- ción y predios sin edificar, comercio, servicios y otros e industria, respectivamente; Que, es necesario agregar otro anexo a la ordenanza, a fin de discriminar las actividades correspondientes a es- pectáculos públicos y servicios financieros; y asimismo atendiendo a ello modificar los Anexos I, II y III de la referida ordenanza; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo 36º y los Artículos 109º, 110º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, así como la Norma IV del Título Prelimi- nar del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legisla- tivo Nº 816, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 002-MDB, en los siguientes términos: “Artículo 2º.- DETERMINACION DE LOS ARBITRIOS En aplicación de los criterios señalados en el artículo precedente, en los Anexos I, II, III y IV de la presente ordenanza, se establecen los importes mensuales de los arbitrios destinados a financiar los servicios mencionados en el primer párrafo del Artículo 1º.” Artículo 2º.- Modifíquense los Anexos I, II y III y IV de la Ordenanza Nº 002-MDB, según el detalle que se anexa a la presente ordenanza. Artículo 3º.- Agréguese un Anexo V, a la Ordenanza Nº 002-MDB, el mismo que se detalla como anexo de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa ANEXO I