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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (30/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 172686 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de abril de 1999 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Modifican Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario ORDENANZA Nº 004-99-MDLP La Punta, 19 de abril de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Visto, en sesión de Concejo del día 19 de abril de 1999, el Estudio de Costos de los Servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario, presentado por la Dirección de Servicios Públicos Locales; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades tienen autoridad política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 69º de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Legislativo Nº 776 y modificado por la Ley Nº 26725, establece que las tasas por servicios públicos y arbitrios se calcularán dentro del Primer Tri- mestre de cada Ejercicio Fiscal, en función del costo efectivo del servicio a prestar, agregando el Artículo 69-A de la comentada norma, que todas las municipalidades a más tardar el 30 de abril del año fiscal siguiente, publica- rán sus ordenanzas, aprobando el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio, según el número de contribuyentes de la locali- dad beneficiaria, así como los criterios que justifiquen incremento, de ser el caso; Que, mediante Ordenanza Nº 001-98-MDLP, se reguló la aplicación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines y Relleno Sanitario del distrito de La Punta; Que, es necesario adecuar las alícuotas mensuales, así como los topes mínimos y máximos de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario a los costos actuali- zados para 1999; Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 26725; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se aprobó la si- guiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Modificar los Artículos Cuarto y Quinto de la Ordenanza Nº 001-98-MDLP, quedando establecidos de la siguiente manera: "Artículo Cuarto.- Los costos efectivos por los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Disposición Final y Relleno Sanitario, se distribuyen conforme el detalle si- guiente: Descripción Importe % Costo operativo 455,024 90 Costo administrativo 50,024 10 Costo total anual 505,048 100 Costo promedio mensual 41,491" "Artículo Quinto.- Las alícuotas mensuales así como los topes mínimos y máximos de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Disposición Final y Relleno Sanitario, que permi- ten cubrir los costos efectivos determinados en el artículo anterior se detallan a continuación:a) LIMPIEZA PUBLICA USO DEL ALICUOTA MINIMO MAXIMO PREDIO ANUAL MENSUAL MENSUAL Vivienda 0.00425 A.VALUO S/. 7.00 S/. 45.92 Comercio/Industria 0.00795 A.VALUO S/.14.00 S/.115.36 Inst./Públicas 0.00795 A.VALUO S/.14.00 S/.115.36 Comercio menores 0.00425 A.VALUO S/. 7.00 S/. 45.92 Clubes 0.00795 A.VALUO S/.14.00 S/.115.36 Otros 0.00425 A.VALUO S/. 7.00 S/. 45.92 b)PARQUES Y JARDINES USO DEL ALICUOTA PREDIO ANUAL Vivienda 0.00205 UIT Comercio/Industria 0.00376 UIT Inst./Públicas 0.00376 UIT Comercio/menores 0.00205 UIT Clubes 0.00376 UIT Otros 0.00205 UIT c)La alícuota mensual, aplicable al arbitrio de Disposición Final y Relleno Sanitario es de 0.00124 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). d)El gasto administrativo mensual, se establece en 0.00071 de la UIT." Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Municipal y a la Dirección de Rentas, el cumplimiento de la presente orde- nanza. Publíquese, comuníquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde 5575 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 006-99-MSS Santiago de Surco, 22 de abril de 1999 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión extraordinaria de Concejo de la fecha de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA Artículo Unico.- Aprobar el "Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos" (TUPA) de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 1999, el mismo que forma parte de la presente ordenanza. POR TANTO: En conformidad con los Artículos 47º inciso 2) y 112º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, promulgó la presente ordenanza a los veintidós días del mes de abril de mil novecientos noventinueve. Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde