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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de diciembre de 1999 AÑO XVII - Nº 7117 Pág. 181559 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 27232 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LA PRIMERA Y SEGUNDA DISPOSICIÓN TRANSIT ORIA DE LA LEY Nº 27153 Artículo 1º .- Plazo para adecuarse a la Ley Nº 27153 Concédase un plazo de 60 (sesenta) días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente Ley, a las empresas que vienen explotando juegos de casino y máqui- nas tragamonedas para adecuarse a lo establecido en la Ley Nº 27153. Artículo 2º .- Plazo para la renovación de autori- zaciones vigentes Modifícase la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 27153, de acuerdo al siguiente texto: "Los titulares de salas de bingo y discotecas que a la fecha de publicación de la Ley Nº 27153 cuenten con autorización para la explotación de máquinas tragamonedas, podrán renovar la misma hasta el 29 de febrero del año 2000 y por un plazo que no excederá del 31 de diciembre del año 2002, fecha en que indefectiblemente vencerá la autorización. Estas salas deberán tener una capacidad para albergar a 150 (ciento cincuenta) personas como mínimo, sin incluir las áreas destinadas a la explotación de máquinas tragamone- das. A partir del primero de enero del año 2003, la explotación de máquinas tragamonedas en salas de bingo y discotecas quedará prohibida." Artículo 3º .- Plazo para la reglamentación de la Ley Nº 27153 El Poder Ejecutivo reglamentará la Ley Nº 27153 en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la vigencia de la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la RepúblicaRICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 15780 P C M Aceptan donación de vehículo efec- tuada por la Embajada del Perú en Japón RESOLUCION SUPREMA Nº 682-99-PCM Lima, 17 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 084-99-RE de fecha 2 de marzo de 1999, el Ministerio de Relaciones Exteriores - Embajada del Perú en Japón, fue autorizado a efectuar una donación en favor del Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en un automóvil usado; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impues- to General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Embajada del Perú en Japón, en favor del Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Minis- tros, consistente en un automóvil usado, marca Mercedes - Benz, modelo E-230, año 1995 y Nº de motor 111970-02- 011231, con un valor aproximado de ¥ 127 304,00 (Ciento Veintisiete Mil Trescientos Cuatro y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 25 de febrero de 1999 y un peso aproximado de 1 440 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº KKLUCVY024938 de Kawasaki Kisen Kaisha, Ltd.