Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 1999 (18/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de diciembre de 1999

Que, por Resolucion Ministerial Nº 014-73-TC/CO del 1 de marzo de 1973, se cancelo la licencia otorgada a favor de la empresa PUBLICIDAD ODEESE S.A. - RADIO MORDAZA, para operar la estacion OAX-4G, frecuencia 6,190 KHz, quedando subsistente la estacion en Onda Media OAX-4B, frecuencia 1200 KHz; Que, la empresa PUBLICIDAD ODEESE S.A. - RADIO MORDAZA ha regularizado su solicitud de renovacion acogiendose a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 024-98-MTC; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones mediante Informes Nºs. 142-99-MTC/ 15.19.03.2 y 385-99-MTC/15.19.01, opinan que es procedente la renovacion de la autorizacion, considerandose el cambio de ubicacion de los estudios de la citada estacion radiodifusora en OM, debiendo establecerse como condicion la obligacion de que la empresa realice el traslado de la planta transmisora fuera del perimetro MORDAZA, en el plazo MORDAZA de dos (2) anos; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. Nº 01393-TCC, su Reglamento General, aprobado por D.S. Nº 06-94TCC, modificado por Decretos Supremos Nºs. 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar, por periodos sucesivos, la autorizacion a la empresa PUBLICIDAD ODEESE S.A. - RADIO MORDAZA para seguir operando una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en la MORDAZA de MORDAZA, asi como el cambio de ubicacion de los estudios, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios : BC-OM : 1200 KHz : OAX-4B : 3 Kw. : 10A3E : H24 : MORDAZA Los MORDAZA Nº 129, distrito Miraflores, provincia y departamento de Lima.

Revocan permiso de operacion otorgado a empresa para prestar servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 252-99-MTC/15.16 MORDAZA, 3 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 023-98-MTC/15.16 del 13 de marzo de 1998, modificada por la Resolucion Directoral Nº 111-98MTC/15.16 y Nº 040-99-MTC/15.16 del 18 de agosto de 1998 y 24 de febrero de 1999 respectivamente, se otorgo a la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU, la Renovacion y Modificacion del Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo por el plazo de tres (3) anos; Que, segun el expediente de vista, la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU solicito mediante documentos de Registros Nºs. 768 y 19685005 del 10 y 16 de marzo de 1999 respectivamente, la suspension de sus operaciones aereas a partir del 11 de marzo de 1999; Que, con fecha 22 de marzo de 1999, mediante Resolucion Nº 0760-1999/CSM-INDECOPI, expedida por el Instituto Nacional de Defensa al Consumidor y Propiedad Intelectual - INDECOPI, se declaro la insolvencia de la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU en observancia de lo establecido en la Ley de Reestructuracion Empresarial; Que, la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU solicito sucesivas autorizaciones de prorroga de suspension de sus operaciones aereas, las mismas que fueron atendidas en su oportunidad, venciendo la MORDAZA prorroga el dia 18 de agosto de 1999; Que, de otro lado, con fecha 1 de diciembre de 1999 se realizo la reunion de Junta de Acreedores, donde tanto la Administracion de la empresa como los accionistas minoritarios representados por los creditos laborales, expusieron sus puntos de vista, resolviendose finalmente por votacion de la Junta de Acreedores, el cambio de destino de la empresa, acordandose por mayoria, la liquidacion de la misma; Que, de lo senalado, se concluye que la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU se encuentra en MORDAZA de liquidacion, teniendo esto como consecuencia legal, la posterior disolucion de la misma y, por tanto, esta situacion confirma la perdida de sus capacidades legal, economica-financiera y tecnica, especificadas en la Resolucion Directoral que le otorgo el Permiso de Operacion, como elementos necesarios e indispensables para mantener la vigencia del mismo; Que, segun lo expuesto en parrafos precedentes, la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU ha suspendido sus operaciones por un plazo mayor a noventa (90) dias y, habiendo vencido en exceso el plazo otorgado para el reinicio de sus operaciones aereas, se encuentra incursa en la causal de revocatoria del Permiso de Operacion contemplada en el inciso b) del Articulo 87º de la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil; asimismo, ha perdido las capacidades legal, economica-financiera y tecnica por las cuales se le concedio el referido Permiso de Operacion segun lo contemplado en el Articulo 9º de la Resolucion Directoral Nº 023-98-MTC/15.16, en consecuencia, se hace necesario expedir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; la Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; demas normas vigentes y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo Unico.- REVOCAR el Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo otorgado a la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU, en consecuencia, dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 023-98-MTC/15.16 del 13 de marzo de 1998, modificada por la Resolucion Directoral Nº 111-98-MTC/15.16 y Nº 040-99-MTC/15.16 del 18 de agosto de 1998 y 24 de febrero de 1999 respectivamente, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo 15686

Ubicacion de la Planta Transmisora : Av. MORDAZA R. MORDAZA Nº 1467, distrito, provincia y departamento de Lima. Coordenadas: L.O. 77° 03' 26.85" L.S. 12° 02' 41.57" Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por diez (10) anos, en periodos sucesivos, que vencera el 19 de MORDAZA del ano 2006. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion con vigencia durante el plazo MORDAZA senalado. Articulo 3º.- La renovacion de la autorizacion otorgada en el articulo precedente queda condicionada a que la empresa PUBLICIDAD ODEESE S.A. - RADIO MORDAZA traslade la ubicacion de la planta transmisora fuera del perimetro MORDAZA, dentro del plazo MORDAZA de dos (2) anos. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera a dejar sin efecto la presente autorizacion. Articulo 4º.- La presente autorizacion dejara de surtir efectos en el caso que la titular de la autorizacion incumpla con las obligaciones establecidas en el Articulo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151º del Reglamento General acotado. Articulo 5º.- Los derechos otorgados en la presente resolucion son intransferibles, salvo previa aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. En caso contrario, esta resolucion quedara anulada automaticamente, en aplicacion del Articulo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones. Articulo 6º.- Para solicitar la renovacion de la presente autorizacion debera observarse el plazo previsto en el Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. ENA MORDAZA HILBCK Viceministra de Comunicaciones 15758

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