Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 1999 (29/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 1999

portes, telecomunicaciones y otros, queden afectados; originando una situacion anormal en la poblacion que pueda generar una situacion de emergencia, ocasionando danos humanos y materiales. Entre los sectores donde podrian suscitarse problemas, que afectarian en mayor grado a la poblacion, esta el Sector Transporte que tiene a su cargo aspectos relacionados al trafico aereo, la programacion de los itinerarios de vuelos, el funcionamiento de los equipos de radar y navegacion, asi como las MORDAZA de control; tambien el area de telecomunicaciones. Situacion similar podria darse en los Sectores de Energia y Salud, en cuyos centros hospitalarios se utilizan sistemas informaticos en las MORDAZA de operaciones, el control del inventario de medicamentos, etc. De igual forma en la Seguridad Social, donde la identificacion de los asegurados se efectua con un carne y mediante un numero autogenerado. c. Base Legal: (1) Decreto Ley Nº 19338 y sus modificatorias Decretos Legislativos Nºs. 442, 735 y 905. (2) Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD. (3) Constituyen la Comision Nacional de Alto Nivel para Afrontar el Problema Informatico del Ano 2000. (4) Resolucion Suprema Nº 711-98-PCM (25 de noviembre de 1998) - Disponen la conformacion de Comites Tecnicos para afrontar el Problema Informatico del Ano 2000 en las Entidades del Gobierno Central. 2. MISION: Los Organismos conformantes del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI adoptaran las medidas de contingencia necesarias para afrontar, superar y/ o mitigar las situaciones de emergencia que se presenten, principalmente en el funcionamiento de los servicios publicos esenciales como consecuencia del Problema Informatico del Ano 2000; a fin de asegurar el funcionamiento de las lineas vitales, proteger a la poblacion y evitar danos humanos y materiales. 3. EJECUCION: Para la ejecucion del presente Plan se tendra en cuenta los siguientes criterios. a) Los organos del SINADECI constituido por los Comites y Oficinas de Defensa Civil Sectoriales, Regionales, Provinciales, Distritales y de las Empresas del Estado, asi como el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, formulara su respectivo plan de contingencia de acuerdo a su competencia. b) Las acciones a desarrollarse deben prever principalmente la recuperacion provisional de las lineas vitales; asi como a la atencion de las personas afectadas o damnificadas, que para lo cual deberan asegurar los recursos humanos, materiales y tecnologicos necesarios. c) Todos los aspectos tecnicos referente a los aplicativos informaticos, Software, codigos y otros seran coordinados directamente con el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. d) Los comites de Defensa Civil se mantendran en estado de alerta a fin de brindar atencion de emergencia en las situaciones que ameriten. 4. INSTRUCCIONES DE COORDINACION: 4.1. El presente Plan entra en vigencia a partir de la expedicion de la Resolucion Ministerial que la aprueba. 4.2. Los integrantes del SINADECI involucrados en el presente plan, mantendran permanente coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil y el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI. 5. ADMINISTRACION: a. Personal: En cada Organismo del SINADECI se designara al personal que se mantendra en estado de alerta. b. Logistica y Financiera: Los requerimientos logisticos y financieros que demande afrontar las situaciones de emergencia

que genere el Problema Informatico el Ano 2000, sera de responsabilidad de cada organismo publico. 6. COMANDO Y COMUNICACIONES: a. Puesto de Comando: Oficina de Informatica de cada organismo publico. b. Comunicaciones: Red de Comunicaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil. 16136 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 043-99-PCM Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 043-99-PCM, publicado en nuestra edicion del dia 28 de diciembre de 1999, en la pagina 181978. En el tercer considerando DICE: ... prorrogar el Estado de Emergencia por el plazo de Sesenta (60) dias... DEBE DECIR: ... prorrogar el Estado de Emergencia por el plazo de Treinta (30) dias... 16202

AGRICULTURA
Designan Auditor General del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 143-99-AG MORDAZA, 28 de diciembre de 1999 VISTO: El Informe de la Comision Especial, designada por Resolucion Ministerial Nº 0840-99-AG, encargada de llevar a cabo el Concurso Publico de Meritos para seleccionar al Auditor General del Ministerio de Agricultura; CONSIDERANDO: Que por encontrarse vacante la plaza de Director Sistema Administrativo IV - Auditor General del Ministerio de Agricultura, mediante Resolucion Ministerial Nº 0840-99AG se designo la Comision Especial encargada de llevar a cabo el Concurso Publico de Meritos para seleccionar al indicado funcionario, con sujecion a lo establecido por Resolucion de Contralor Nº 192-96-CG; Estando al Informe del visto; De conformidad con lo dispuesto por Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la plaza de Director de Sistema Administrativo IV - Auditor General del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 16196

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