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Pág. 175656 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de julio de 1999 asimismo el día 14 se realizará la Asamblea Anual Ordi- naria del Consejo Deliberante de la Asociación Interna- cional de Presupuesto Público (ASIP), en la ciudad de Panamá, Panamá, organizado por la Asociación Interna- cional de Presupuesto Público, el Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá y la Asociación Panameña de Presupuesto Público (APAP); Que, se ha designado a los señores economistas Juan Alberto Muñoz Romero, Director de Normatividad y Hedy Gisela Huarcaya Vásquez, Directora de Presupuesto de Organismos Centrales y Descentralizados de la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas, para que participen en el citado semi- nario, por lo que se hace necesario autorizar el viaje; Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135- 90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores econo- mistas Juan Alberto Muñoz Romero, Director de Norma- tividad y Hedy Gisela Huarcaya Vásquez, Directora de Presupuesto de Organismos Centrales y Descentraliza- dos de la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Pana- má, Panamá, del 11 al 16 de julio de 1999, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, según se indica, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Econo- mía y Finanzas: - Pasajes US$ 1 309,80 - Viáticos US$ 2 400,00 - Tarifa CORPAC US$ 50,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 9111 ENERGIA Y MINAS Modifican artículo del Reglamento para la Protección Ambiental en la Activi- dad Minero-Metalúrgica DECRETO SUPREMO Nº 029-99-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 20º del Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero-Metalúrgica, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-93-EM, establece la presen- tación de un Estudio de Impacto Ambiental para los casos de ampliación de producción en operaciones mineras o tamaño de planta de beneficio que supere el 50%; Que, el Artículo 20º del Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero-Metalúrgica, no espe-cifica la base a partir de la cual se debe medir el porcentaje de capacidad de producción que se está ampliando, dando lugar a diversas interpretaciones; Que, es necesario contar con un criterio único para la aplicación del Artículo 20º del Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero- Metalúrgica; En uso de las atribuciones previstas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Inclúyase como segundo párrafo del Artículo 20º del Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero-Metalúrgica aprobado por Decre- to Supremo Nº 016-93-EM el siguiente: "Para los efectos de la aplicación de lo especificado en el párrafo anterior, el porcentaje de ampliación de pro- ducción en las operaciones o de tamaño de planta de beneficio, se medirá sobre la capacidad de producción para la que se aprobó su último Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA)". Artículo 2º.- El incumplimiento de lo especificado en el Artículo Primero dará lugar a la aplicación de las sanciones especificadas en el Decreto Supremo Nº 059-93-EM. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 9107 Autorizan viaje de Gerente de Desarro- llo Empresarial de ETECEN para parti- cipar en conferencias a realizarse en Canadá RESOLUCION SUPREMA Nº 096-99-EM Lima, 9 de julio de 1999 Visto el Oficio PD-006-99, de fecha 2 de julio de 1999, del Presidente del Directorio de la Empresa de Transmi- sión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando autorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, del 18 al 22 de julio de 1999, se realizarán las Conferencias de Verano, en la ciudad de Edmonton, Alberta, Canadá, que organiza el Instituto de Ingenieros Electricistas y Electrónicos IEEE; Que, ETECEN en su Sesión de Directorio Nº 140 de fecha 25 de junio de 1999, mediante Acuerdo Nº 4-140/99, aprobó el viaje del Ing. Rolfi Alarcón Farfán, Gerente de Desarrollo Empresarial de ETECEN, a la ciudad de Ed- monton, Alberta, Canadá, para que asista a las Conferen- cias precitadas; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aproba- da mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Ing. Rolfi Alarcón Farfán, Gerente de Desarrollo Empresarial, de ETECEN,