Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 1999 (15/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 1999

MUNICIPALIDAD DE COMAS

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA

Establecen reduccion de monto inso- Disponen el embanderamiento geneluto de multas impuestas a contribu- ral del distrito yentes omisos y/o subvaluadores del DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-99/MJM Impuesto Predial
ORDENANZA Nº 016-99-C/MC Comas, 12 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Extraordinaria de fecha 12 de MORDAZA de 1999. Visto el Dictamen presentado por la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas y la Comision de Asuntos Legales, para otorgar beneficios de Regularizacion Tributaria a los Contribuyentes del Distrito de Comas. CONSIDERANDO: Que, el Codigo Tributario aprobado mediante el Decreto Legislativo Nº 816 en su Articulo 166º; otorga a la Administracion Tributaria, facultad discrecional para determinar y sancionar administrativamente, con penas pecuniarias entre otros a la evasion tributaria. Asimismo, en el MORDAZA parrafo de la MORDAZA indica que las sanciones pueden ser aplicadas gradualmente en la forma y condiciones que se establezcan; Que, de acuerdo con la Decima Primera Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25859, el Articulo MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 773 y el Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 816, mantiene en vigencia la escala de multas aprobada por Resolucion de Superintendencia Nº 047-92-EF/SUNAT, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de febrero de 1992, que por el tiempo transcurrido y el incremento de los valores de los bienes afectos, originan una desproporcion en la aplicacion de Multas Tributarias; Que, la Administracion Tributaria ha procesado la informacion catastral, registrado en el Informe Nº 187 de la Unidad de Registro Tributario, estableciendo que numerosos contribuyentes no han cumplido con la obligacion formal de presentar sus Declaraciones Juradas dispuestas por Decreto Legislativo Nº 776 "Ley de Tributacion Municipal", en los plazos establecidos, o las han efectuado de manera incorrecta siendo considerados omisos y/o subvaluadores tributarios; Que, el Concejo Municipal evaluando la actual situacion economica de recesion que vive el MORDAZA ha considerado conveniente otorgar el Beneficio de Regularizacion Tributaria a los Contribuyentes Deudores u Omisos al cumplimiento de sus obligaciones brindando amplias facilidades que permitan evitar la evasion tributaria; Que, con Dictamen Conjunto de las Comisiones de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, y la Comision de Asuntos Legales, propone al Concejo Municipal aprobar la propuesta de Ordenanza de Beneficio de Regularizacion Tributaria con vencimiento al 31 de MORDAZA de 1999; En uso de las facultades dispuestas en los Articulos 10º y 36º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, y con la Dispensa de la lectura del Acta, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad de sus miembros, la siguiente: ORDENANZA BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Articulo Primero.- Establecer la rebaja del 90% (NOVENTA POR CIENTO), sobre el monto insoluto de las multas impuestas por la Administracion Tributaria a los contribuyentes omisos y/o subvaluadores del Impuesto Predial. Articulo Segundo.- El beneficio otorgado tendra vigencia hasta el 31 de MORDAZA de 1999. Articulo Tercero.- Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 9224 MORDAZA MORDAZA, 30 de junio de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, en el mes de MORDAZA se celebra el Aniversario de la Declaracion de la Independencia del Peru como Republica soberana; Que, dada la importancia de tal fecha es deber civico del municipio resaltar la relevancia de tal acontecimiento patrio, a fin de expresar nuestro respeto a los simbolos del Peru como Estado y como nacion independiente; En uso de su facultad conferida por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- Disponer a partir de la fecha hasta el 31 de MORDAZA de 1999 el embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de MORDAZA MORDAZA, asi como el pintado de las fachadas de los mismos, con motivo de nuestro aniversario patrio. Articulo Segundo.- El incumplimiento de este dispositivo MORDAZA lugar a las sanciones previstas en las normas municipales vigentes al respecto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 9228

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen el decomiso de materiales de construccion y/o retiro de desmonte de la via publica
ORDENANZA Nº 013-99-MDSA MORDAZA MORDAZA, 3 de MORDAZA de 1999 El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion de fecha 3 de MORDAZA de 1999; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad establece el procedimiento para la autorizacion municipal para la ocupacion temporal de la via publica con materiales de construccion; Que, el Cuadro Unico de Sanciones e Infracciones de la Municipalidad, Ordenanza Nº 011-99/MDSA, establece en su item DU-022, sancion por la ocupacion no autorizada de la via publica con dichos materiales y/o desmonte; Que, estando al Informe Nº 075-99-DDU/MDSA del Director de Desarrollo MORDAZA por el que comunica que existen muchos propietarios de inmuebles que sin la debida autorizacion vienen haciendo uso de la via publica, ocupando la misma con diversos materiales de construccion y desmonte, situacion que igualmente se da con diversas empresas de servicios publicos, perjudicando con ello el MORDAZA peatonal, vehicular y el ornato del distrito, por lo que es necesario tomar acciones administrativas para la solucion del problema, ademas de las contenidas en el Cuadro de Sanciones e Infracciones de la Municipalidad; Estando a las atribuciones conferidas por el Art. 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y de sus modificatorias, el Concejo por unanimidad aprobo la siguiente:

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