Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 1999 (05/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, sabado 5 de junio de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

http://www.editoraperu.com.pe

ANO XVII - Nº 6920 POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27134
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BERGAMINO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 7445

LEY QUE PROPONE EL ACCESO DE MUJERES A LA ESCUELA NACIONAL DE MORDAZA MERCANTE "ALMIRANTE MORDAZA GRAU"
Articulo Unico.- Acceso de mujeres a la MORDAZA Mercante Ampliase el acceso a la Escuela Nacional de MORDAZA Mercante "Almirante MORDAZA Grau" a las mujeres, quienes, siguiendo las carreras correspondientes, podran obtener los MORDAZA y beneficios que les correspondan, bajo los mismos principios y normas que rigen para el personal masculino de dicha institucion. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Adecuacion a la presente Ley La Escuela Nacional de MORDAZA Mercante "Almirante MORDAZA Grau", dentro de los 120 (ciento veinte) dias naturales siguientes al dia de entrada en vigencia de la presente Ley, adecuara a la presente MORDAZA, sus reglamentos, manuales, directivas y demas disposiciones. Segunda.- Aplicacion de la Ley Lo dispuesto en la presente Ley se aplicara bajo la modalidad de externado en el ano academico correspondiente al 2000, y bajo la modalidad del internado a partir del ano 2001. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA OROPEZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Dejan sin efecto la Res. Nº 033-99OM/CR respecto a ex parlamentario nacional
RESOLUCION Nº 035-99-OM/CR MORDAZA, 3 de junio de 1999 Visto el informe emitido por el Departamento de Tesoreria acerca del pago efectuado por el ex Parlamentario Nacional, senor MORDAZA Lanatta Lanatta; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 033-99-OM/CR del 10 de MORDAZA de 1999, se autorizo al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Poder Legislativo a iniciar las acciones civiles correspondientes contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Parlamentario), MORDAZA Lanatta Lanatta (ex Parlamentario), y MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex servidor) para el pago de obligaciones dinerarias pendientes de ejecucion; Que de acuerdo a lo informado por el Departamento de Tesoreria, el senor MORDAZA Lanatta Lanatta ha cumplido con cancelar su obligacion, ascendente a US$ 240.00 (doscientos cuarenta dolares americanos y 00/100), mas intereses legales moratorios liquidados por el Departamento de Contabilidad a la fecha de pago; Que, asimismo, el precitado ex Parlamentario ha presentado ante la Administracion del Congreso una MORDAZA de su carta notarial, fechada el 16 de diciembre de 1992, con el cual dio respuesta al requerimiento extrajudicial formulado en aquel entonces por la Comision Administradora del Patrimonio del Congreso de la Republica; Que, en atencion a lo expuesto y a lo preceptuado en el Articulo 1220º del Codigo Civil vigente, se entiende que el mencionado ex Parlamentario ha cumplido con el pago de su obligacion; Que es necesario entonces dejar sin efecto la Resolucion Nº 033-99-OM/CR, solo en lo que se refiere al senor MORDAZA Lanatta Lanatta; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Defensa y Representacion del Estado en Juicio; en lo establecido en los Articulos 32º, 33º y 38º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Congreso y, en atencion a la delegacion de funciones acordada por la Mesa Directiva en su Acuerdo Nº 162-97-98/MESA-CR del 13 de enero de 1998 por el cual se delega en el Oficial Mayor la atribucion de expedir Resoluciones Autoritativas para el Procurador;

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