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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 1999 (21/03/1999)

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de marzo de 1999 AÑO XVII - Nº 6844 Pág. 171269Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 27071 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE PRECISA EL DESTINO DE LOS PAGOS DEVENGADOS POR LA CONTRIBUCION AL FONA VI Artículo 1º.- Destino de los pagos Precísase que los pagos derivados de las obligaciones tributarias devengadas a partir del 1 de setiembre de 1998, por concepto de la Contribución al FONAVI, efec- tuados o que efectúen los contribuyentes que tengan contratos vigentes de estabilidad tributaria, constituyen ingresos del Tesoro Público y su destino se sujetará a lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ley Nº 26969. Las funciones de administración tributaria estarán a cargo de la Superintendencia Nacional de Administración Tribu- taria - SUNAT. Artículo 2º.- Devoluciones Las devoluciones por concepto de la Contribución al FONAVI por pagos que correspondan a obligaciones de- vengadas a partir del 1 de setiembre de 1998, a que se refiere el artículo anterior, serán con cargo a los recursos del Tesoro Público. Artículo 3º.- Reglamentación Facúltase al Poder Ejecutivo que mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas, incorpo- re en el Presupuesto de la República del Ejercicio Fiscal 1999, los recursos producto de lo dispuesto por la presen- te ley. Artículo 4º.- Derogatoria Deróganse o déjanse sin efecto las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 3782 P C M Aprueban donación efectuada en fa- vor de instituciones, organizaciones sociales, centros educativos y pobla- ción de diversos departamentos del país RESOLUCION SUPREMA Nº 154-99-PCM Lima, 19 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, con Resolución SUNAD Nº 000579, de 24 de mayo de 1996, la Superintendencia Nacional de Aduanas adju- dicó al Despacho Presidencial, rollos de tela, calzado diverso y otros enseres para ser entregados en donación, en favor de instituciones, organizaciones sociales, centros educativos y población de escasos recursos; Que, con el propósito de apoyar a los integrantes de instituciones, organizaciones sociales y población, en sus esfuerzos orientados a mejorar sus condiciones de vida y mediante las Actas de Entrega y Recepción respectivas el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, ha procedido en sucesivos actos públicos, a entregar en calidad de dona- ción 650 rollos de tela estampada y 5000 pares de zapati- llas en favor de los integrantes de instituciones, organiza- ciones sociales, centros educativos y población de escasos recursos de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancaveli- ca, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Pasco, Piura, Puno, Tacna, Tumbes, Ucayali y la Provin- cia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de 650 rollos de tela estampada de diverso tipo y 5000 pares de zapatillas de diferente marca, modelos y tallas valorizadas en un total de Ciento Cincuenticinco Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 155 400,00), efectuada por el Despacho