Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 1999 (21/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 21 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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Agraria, Programa: 012 Promocion y Extension Rural, Subprograma 0044 Extension Rural, Proyecto: 2 00326 Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur, Componente: 3 0829 Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur, Meta: 01788 Seguimiento y Evaluacion, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 672.70 Viaticos US$ 1,600.00 -----------TOTAL US$ 2,272.70 Siendo la Tarifa Corpac de US$ 25.00 con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios. Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 4º.- El mencionado funcionario debera presentar un informe al Titular del Pliego, dentro de los treinta dias posteriores a su retorno al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 3812

Declaran inadmisible e improcedente impugnaciones contra resolucion referida a denuncio de tierras eriazas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0232-99-AG MORDAZA, 18 de marzo de 1999 VISTA: La solicitud de nulidad presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otro, en representacion de la "Asociacion Agropecuaria San Francisco", y el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente de la "Asociacion de Pequenos Agricultores del MORDAZA Viejo de Tacna Pampas de San Francisco", contra la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 219-98-AG-PETT, de 10 de MORDAZA de 1998, expedida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 115-98AG-PETT, de 14 de MORDAZA de 1998, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, declaro la improcedencia del tramite administrativo de denuncio con fines de irrigacion y/o drenaje respecto de 734 ha. de terrenos eriazos ubicados en el sector La Yarada, distrito, provincia y departamento de Tacna, seguido por la "Asociacion de Pequenos Agricultores del MORDAZA Viejo de Tacna", sustentandose en que tecnicamente el recurso hidrico no es suficiente para irrigar dicha superficie; pudiendo proseguir el tramite, conforme a la parte considerativa de esa resolucion, respecto de 372 ha.; Que interpuesto recurso de reconsideracion contra la precitada resolucion por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de presidente de la "Asociacion de Pequenos Agricultores del MORDAZA Viejo de Tacna", la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 219-98-AG-PETT, declaro fundado en parte dicho recurso, y reformando la resolucion impugnada declaro la improcedencia del denuncio respecto de 706 ha., disponiendo proseguir con el tramite sobre la superficie restante, 400 ha., fundamentandose en el dictamen de la Direccion General de Aguas y Suelos; Que mediante escrito de 1 de octubre de 1998, de fojas 2238, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente y socio, respectivamente, de la denomi-

nada "Asociacion Agropecuaria San Francisco", solicitan la nulidad de la resolucion acabada de citar, manifestando que el expediente es tramitado ante la Direccion Regional Agraria de Tacna por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien no tiene ninguna representatividad de dicha asociacion, por lo que senala que todo lo actuado es nulo; Que por su parte don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificandose como presidente de la "Asociacion de Pequenos Agricultores del MORDAZA Viejo de Tacna Pampas de San Francisco", mediante escrito de 3 de noviembre de 1998, de fojas 2256, interpone recurso de apelacion contra la MORDAZA resolucion mencionada, senalando que su representada se encuentra en posesion de los terrenos materia de procedimiento, por lo que, senala, la resolucion que impugna esta incursa en causal de nulidad; Que conforme se establece en la Resolucion Ministerial Nº 0099-95-AG, de 16 de marzo de 1995, la unica titular del denuncio materia de procedimiento es la "Asociacion de Pequenos Agricultores del MORDAZA Viejo de Tacna", por tanto la "Asociacion Agropecuaria San Francisco" y la "Asociacion de Pequenos Agricultores del MORDAZA Viejo de Tacna Pampas de San Francisco" carecen de personeria juridica para intervenir en el procedimiento; Que tal como aparece de la Opinion Tecnica Nº 004-97AG-INRENA-DGAS, de la Direccion General de Aguas y Suelos del INRENA, obrante a fojas 2146 y siguientes, el denuncio de tierras eriazas con fines de irrigacion seguido por la "Asociacion de Pequenos Agricultores del MORDAZA Viejo de Tacna" es en base al traslado de su dotacion de agua de 91,500 m3/ha. del MORDAZA Caplina; que conforme a la Opinion Tecnica Nº 028-98-AG-INRENA-DGAS, de dicha Direccion General, obrante a fojas 2203, la disponibilidad del recurso hidrico alcanza solo para 333 ha., la que sumada a las areas para la infraestructura, vias de acceso, etc., es factible proseguir el tramite sobre 400 ha., por lo que la resolucion dictada por el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural se halla debidamente sustentada; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar inadmisible la solicitud de nulidad presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otro en representacion de la denominada "Asociacion Agropecuaria San Francisco" e improcedente el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente de la "Asociacion de Pequenos Agricultores del MORDAZA Viejo de Tacna Pampas de San Francisco" contra la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 219-98-AG-PETT, de 10 de MORDAZA de 1998, expedida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, por cuanto carecen de personeria para intervenir en este procedimiento. Articulo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural de la Direccion Regional Agraria de Tacna expida el correspondiente Contrato de Otorgamiento de Tierras Eriazas con fines de irrigacion a favor de la "Asociacion de Pequenos Agricultores del MORDAZA Viejo de Tacna" por 400 ha. del predio materia de procedimiento, de acuerdo al plano catastral y memoria descriptiva que se levantara; devolviendose con tal fin el expediente a dicha Direccion Regional Agraria. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 3774

EDUCACION
Aceptan renuncia y designan Director Regional de Educacion de Ucayali
RESOLUCION SUPREMA Nº 035-99-ED MORDAZA, 19 de marzo de 1999

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