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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 1999 (21/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 171284 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de marzo de 1999 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Cesan por causal de excedencia a servidores de la institución RESOLUCION JEFATURAL Nº 073-99-J-OPD/INS Lima, 19 de marzo de 1999 VISTO, el Informe Nº 08-99-COMEV/INS de la Comi- sión de Evaluación de Personal del Instituto Nacional de Salud y el Informe Nº 028-99-OGAJ/INS cursado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Jefatural Nº 031-98-J-OPD/INS de fecha 6 de febrero de 1998, se resolvió aprobar los resultados del proceso de evaluación de los trabajadores del Instituto Nacional de Salud, correspondiente al se- gundo semestre de 1997 y declarar el cese por causal de excedencia de los servidores desaprobados, que aparecen en el anexo adjunto de dicha resolución; Que, parte de los servidores cesados interpusieron demanda de Acción de Amparo contra el Instituto Nacio- nal de Salud, para que se declare la inaplicabilidad de la Resolución Jefatural precisada en el considerando ante- rior, la misma que en primera instancia fue declarada infundada; Que, por sentencia de vista expedida por la Sala Corporativa Transitoria Especializada de Derecho Públi- co, se revoca la sentencia apelada, reformándola la decla- raron fundada, en consecuencia, inaplicable respecto a los 18 accionantes, ordenando además, que la entidad proce- da a una nueva evaluación con arreglo a su reglamento; Que, por Resolución Jefatural Nº 045-99-J-OPD/INS de fecha 5 de febrero de 1999, se resuelve reincorporar a los accionantes a sus puestos habituales de trabajo, pro- rrogando asimismo las funciones y atribuciones de la Comisión de Evaluación de Personal constituida por Re- solución Jefatural Nº 111-98-J-OPD/INS, a fin de dar cumplimiento a la evaluación ordenada en la sentencia de vista, ya referida; Que, los trabajadores reincorporados presentaron Recurso de Reconsideración contra el Art. 3º de la Reso- lución Jefatural Nº 045-99-J-OPD/INS, solicitando se deje sin efecto legal el mencionado artículo, no habiendo cum- plido con presentar la nueva prueba instrumental que establece el Art. 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrati- vos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, para su procedencia; Que, los servidores reincorporados solicitaron a la Sala Corporativa Transitoria Especializada de Derecho Público, aclare la sentencia de vista en el sentido de que no se ordenó llevar a cabo una evaluación inmediata, habiendo resuelto dicha sala en su resolución de fecha 1 de marzo de 1999, NO HA LUGAR a la aclaración que se formula, ya que la sentencia de vista no se evidencia ningún concepto oscuro o dudoso; Que, el proceso evaluativo dispuesto por el órgano jurisdiccional, se llevó a cabo el 25 de febrero del año en curso y la de rezagados el 16 de marzo del presente año, con la participación de la Notario de Lima, Dra. Genoveva Gragg Campos, quien dio fe de la transparencia de dichos actos, habiéndose concluido con la presentación del Infor- me Nº 08-98-COMEV/INS de la Comisión de Evaluación de Personal del Instituto Nacional de Salud, en la que se recomienda el cese del personal desaprobado, por la causal de excedencia; En uso de las facultades establecidas en el Art. 2º del Decreto Ley Nº 26093 y Art. 9º del Reglamento de Orga- nización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Resolución Ministerial Nº 178-95-SA/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR inadmisible el Recurso Im- pugnativo de Reconsideración interpuesto por los servi-dores reincorporados, contra el Art. 3º de la Resolución Jefatural Nº 045-99-J-OPD/INS; Artículo 2º.- APROBAR el resultado del proceso de evaluación dispuesto por la Sala Corporativa Transitoria Especializada de Derecho Público, presentado por la Co- misión de Evaluación de Personal del Instituto Nacional de Salud, en su Informe Nº 08-99-COMEV/INS. Artículo 3º.- CESAR por causal de excedencia a los servidores del Instituto Nacional de Salud, que desapro- baron en el proceso evaluativo dispuesto por el órgano jurisdiccional y que aparecen en el anexo adjunto que forma parte de la presente resolución. Artículo 4º.- DISPONER que la Oficina General de Administración a través de la Oficina Ejecutiva de Perso- nal otorgue los beneficios que corresponda al personal comprendido en el anexo adjunto. Artículo 5º.- ENTIENDASE notificada la presente resolución para todos sus efectos, a partir del día si- guiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS CARRILLO PARODI Jefe Instituto Nacional de Salud ANEXO NOMINA DE PERSONAL CESADO POR CAUSAL DE EXCEDENCIA Resolución Jefatural Nº 073-99-J-OPD/INS 1. CUBAS DELGADO, María Elena 2. ZEÑA ZEÑA, Luis 3. HUARI HERRERA, Zenobio 4. GONZALEZ GHINGLINO, Carito 5. VILLAFUERTE PRATTO, Andrés 6. REYES ALBERCO, Rita Mercedes 7. GOMEZ HUAMANI, Pedro 8. LORO GUZMAN, Marco Antonio 9. SANCHEZ VALLE, Jesús Francisco 10. MARROQUIN QUIJADA, Freddy Máximo 11. SOLIS GARCIA, Hilda Cristina 12. PAREDES ASTUPIÑA, Tomás 13. GONZALES CAVERO, Luis Alfredo 14. LORO GUZMAN, Jorge Enrique 15. ENCINAS CARRANZA, Hugo 16. GUTIERREZ VASQUEZ, Abraham Oscar 3765 R P M Relación de concesiones inscritas en el Registro Público de Minería del mes de febrero de 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 082-99-RPM Lima, 18 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Registro Público de Minería publicará en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez la relación de concesiones mineras reguladas por el Decreto Legislativo Nº 109, cuyos títulos hubiesen sido inscritos el mes ante- rior; Estando a lo informado por las Oficinas Registrales Regionales de Arequipa, Cusco, Huancayo, Lima y Trujillo; Con la visación de la Directora General de la Oficina de Concesiones y Registros Mineros de Lima; y, De conformidad con el Artículo 23º del Reglamento del Registro Público de Minería, aprobado por Decreto Su- premo Nº 027-82-EM/RPM; SE RESUELVE: Publíquese, en el Diario Oficial El Peruano, la relación de concesiones inscritas en el Registro Público de Minería