Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 1999 (26/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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Pag. 171391

MORDAZA, viernes 26 de marzo de 1999

ANO XVII - Nº 6849

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27073
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

d) Realizar actividades en el MORDAZA de la metal-mecanica, y obras complementarias y conexas. e) Producir los insumos necesarios para los fines indicados en los incisos anteriores. f) Realizar por si misma, actividad de investigacion y desarrollo tecnologico relacionados con sus actividades. g) Celebrar convenios de cooperacion tecnologica, cientifica, de capacitacion, con entidades nacionales o extranjeras para promover el desarrollo tecnico-cientifico nacional en los asuntos de su competencia. h) Promover el desarrollo social, cultural, profesional y tecnico de sus trabajadores. i) Realizar todas aquellas actividades y celebrar todos los actos o contratos que MORDAZA necesarios para el mejor cumplimiento de su finalidad y objeto social. Articulo 5º.- Colaboracion empresarial SIMA-PERU S.A., podra participar en cualquier clase de contrato de colaboracion empresarial con terceros, cuyo objeto social sea similar o afin. Articulo 6º.- Autonomia SIMA-PERU S.A., actuara con autonomia administrativa, tecnica, economica y financiera de acuerdo a la politica, objetivos, metas y estrategias que apruebe el Directorio, en concordancia con la politica de la Comandancia General de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y supletoriamente con la legislacion relativa a la actividad empresarial del Estado, pudiendo realizar y celebrar toda clase de actos y contratos de conformidad con la presente Ley y su estatuto, quedando autorizada a regirse en sus operaciones de comercio exterior por los usos y costumbres del Comercio Internacional y por las normas de Derecho Internacional generalmente aceptadas. Articulo 7º.- Domicilio 7.1 El domicilio de SIMA-PERU S.A., se encuentra en la Provincia Constitucional del Callao, o en cualquier otra MORDAZA del MORDAZA en que su Directorio lo acuerde. 7.2 SIMA-PERU S.A., esta facultada para establecer o crear nuevos centros de operacion, agencias, sucursales, filiales y subsidiarias en cualquier lugar de la Republica y/ o del extranjero, de acuerdo con las normas de su estatuto. Articulo 8º.- Duracion El plazo de duracion de SIMA-PERU S.A., es indefinido y solo podra ser disuelta por ley expresa en la que se senalara el procedimiento para su liquidacion. CAPITULO II DEL CAPITAL Articulo 9º.- Capital El capital de SIMA-PERU S.A., es de cuarentiocho millones cien mil novecientos nuevos soles (S/. 48'100,900.00) que se encuentra representado por cuatrocientos ochenta y un mil nueve (481,009) acciones de un valor nominal de cien nuevos soles (S/. 100.00) cada una, todas ellas de la misma serie y categoria totalmente pagadas e integramente suscritas por el Estado. Articulo 10º.- Otros recursos El capital de SIMA-PERU S.A., asi como sus futuros aumentos, sera cubierto con: a) Los excedentes de revaluacion de los activos fijos, capitalizados con arreglo a ley. b) El valor de los bienes que le MORDAZA legados o donados previa aceptacion y valorizacion de acuerdo a ley.

LEY DE SERVICIOS INDUSTRIALES DE LA MORDAZA S.A. SIMA-PERU S.A.
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Denominacion y Regimen Legal Servicios Industriales de la MORDAZA Sociedad Anonima, cuya denominacion abreviada es SIMA-PERU S.A., es una empresa estatal de derecho privado dentro del ambito del Ministerio de Defensa. Se rige por las disposiciones de la presente Ley, su estatuto, por la Ley de la Actividad Empresarial del Estado y supletoriamente por la Ley General de Sociedades en lo que fuere aplicable. Articulo 2º.- Control y supervision SIMA-PERU S.A., esta sujeta a las acciones de control que competen a la Contraloria General de la Republica asi como a la supervision de la Comandancia General de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en la forma prevista por la presente Ley. Articulo 3º.- Finalidad 3.1 SIMA-PERU S.A., tiene por finalidad promover y desarrollar la industria MORDAZA, industrias complementarias y conexas, de acuerdo con las normas legales vigentes. 3.2 Las actividades promovidas y desarrolladas por SIMA-PERU S.A., en materia de construccion y reparaciones navales para la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de las instalaciones y unidades que constituyen su equipamiento son prioritarias, estrategicas y de preferente interes nacional, asi como las vinculadas directamente en lo metalmecanico a elementos exigidos por la Seguridad Nacional. Articulo 4º.- Objeto social El objeto social de SIMA-PERU S.A., comprende: a) Efectuar en forma prioritaria la reparacion, carena, alteracion y construccion de los buques de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, asi como los trabajos que esta le encargue con relacion al mantenimiento de su equipamiento. b) Efectuar la reparacion, carena, alteracion y construccion de buques para la MORDAZA Mercante Nacional, y de las personas y entidades nacionales o extranjeras, si ello le fuera encargado. c) Establecer y operar astilleros factorias, talleres, varaderos y prestar los servicios propios de la construccion y reparacion naval.

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