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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 1999 (26/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 171401 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de marzo de 1999 por las empresas Minera Mahr Túnel S.A. y Volcán Compañía Minera S.A., en virtud de los Convenios de Estabilidad Jurídica suscritos con el Estado Peruano, con fecha 29 de setiembre de 1997. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Mine- ría del Ministerio de Energía y Minas, para que por Resolución Directoral detalle las normas legales que son objeto de estabilización, conforme a lo señalado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributa- ria - SUNAT, mediante Oficio Nº 156-99/S1.0000, de fecha 24 de marzo de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 4009 INTERIOR Desestiman por inadmisible y decla- ran infundada impugnaciones contra resoluciones que sancionaron con destitución a servidores de la PNP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0206-99-IN/PNP Lima, 10 de marzo de 1999 Visto, la solicitud de fecha 7.AGO.98, de Registro C- 215-3133-DIPER-PNP-DAPEYEC, presentada por la EC PNP (D) Wike MEDINA TEJADA, interponiendo Recur- so de Reconsideración contra la R.M. Nº 0574-98-IN/PNP de 13.JUL.98; CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 0574-98-IN/PNP de 13.JUL.98, la EC PNP Wike MEDINA TEJADA fue sancionada con destitución por las causales expuestas en la parte conside- rativa de la acotada resolución; Que, del estudio y análisis de los actuados administra- tivos, se establece que los fundamentos de hecho y de derecho alegados por la recurrente resultan inconsisten- tes desde el punto de vista jurídico y no enervan el acto administrativo, en razón de que el proceso administrativo disciplinario seguido a la citada servidora PNP (D) fue tramitado y resuelto en estricta observancia de las nor- mas legales y reglamentarias que rigen en la PNP, esta- blecidas para casos de su naturaleza; no adjuntando además a su petición prueba instrumental susceptible de modificar los fundamentos que motivaron la expedición de la Resolución Ministerial impugnada, de conformidad al Art. 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS de 28.ENE.94; resultando infunda- do; Lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurí- dica del Ministerio del Interior, en su Informe Nº 2369-98- IN-0202 de 17.NOV.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el Director General de la Policía Nacio- nal del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por la EC PE PNP (D) Wike MEDINA TEJADA, contra la R.M. Nº 0574-98-IN/PNP de 13.JUL.98. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 3414RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0222-99-IN/PNP Lima, 12 de marzo de 1999 Visto, la solicitud de fecha 19.AGO.98, de Registro C- 235-3369-DIPER-PNP-DAPEYEC, presentada por el EC PNP (D) Segundo Enrique FERNANDEZ VERDEGUER, interponiendo Recurso de Reconsideración contra la R.M. Nº 0638-98-IN/PNP de 30.JUL.98; CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 0638-98-IN/PNP de 30.JUL.98, el EC PNP Segundo Enrique FERNANDEZ VERDE- GUER fue sancionado con destitución por las causales expuestas en la parte considerativa de la acotada resolu- ción; Que, el recurso impugnativo interpuesto por el recu- rrente no cumple con los requisitos establecidos en el Art. 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS de 28.ENE.94, resultando inadmi- sible; Lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurí- dica del Ministerio del Interior, en su Informe Nº 2412-98- IN/0202 de 24.NOV.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el Director General de la Policía Nacio- nal del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Desestimar por inadmisible el Re- curso de Reconsideración interpuesto por el EC PNP (D) Segundo Enrique FERNANDEZ VERDEGUER, contra la R.M. Nº 0638-98-IN/PNP de 30.JUL.98. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 3543 Sancionan con cese temporal y destitu- ción a servidores de la PNP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0207-99-IN/PNP Lima, 10 de marzo de 1999 Visto, el Parte Nº 381-VII-RPNP-I/OI de 11.JUL.98, de Registro Nº C-246-3635-DIPER-PNP-DAPEYEC, instrui- do contra la EC TC PNP Martha Rocío URDANEGUI MEZA (34), CIP Nº 70028059; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 4311-98-DGPNP/DIPER de 19.NOV.98, se instauró proceso administrativo discipli- nario a la EC TC PNP Martha Rocío URDANEGUI MEZA, por haber inasistido injustificadamente a sus labores en la Inspectoría de la VII-RPNP-LIMA, desde el 18.JUN al 14.JUL.98; siendo reincidente en cometer fal- tas disciplinarias de esta naturaleza; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente resolu- ción, y observadas las garantías y procedimientos esta- blecidos, ha comprobado que la acción realizada consti- tuye grave falta disciplinaria, acordando por unanimi- dad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga