Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 1999 (17/05/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 1999

Articulo 2º.- La empresa previo al inicio de las operaciones debera acreditar ante la Direccion Nacional de Extraccion lo siguiente: a) El Permiso de Navegacion otorgado por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. b) Mantener instalado el sistema de seguimiento satelital. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 6356

PRES
Modifican resolucion mediante la cual se afectaron en uso terrenos a favor de la Municipalidad de Pueblo Libre
RESOLUCION SUPREMA Nº 094-99-PRES MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1999 Vistos los Expedientes Nº 000152-94 y Nº C-647 por los cuales la Municipalidad de Pueblo Libre solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 588-H, de fecha 15 de junio de 1965, en el sentido que la afectacion en uso de los terrenos de 726,63 m2, ubicado en la MORDAZA Maypu en la urbanizacion Mojorovich y de 720,12 m2, ubicado en la urbanizacion Sucre, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA, sera destinado a la construccion de un Centro Cultural y de la Biblioteca Municipal, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 726,63 m2, ubicado con frente a la MORDAZA Maypu constituido por el lote 4 de la lotizacion Clase B y lotizacion industrial que formo parte del potrero Buena Vista del fundo MORDAZA y Buenamuerte y del terreno de 720,12 m2 constituido por una parcela de la manzana E de la urbanizacion Sucre, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA, inscritos en la Ficha Nº 355258 y en el asiento 1, fojas 207 del tomo 970 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrados en los Asientos Nº 936 y Nº 811 del Margesi de Bienes Nacionales, respectivamente; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 588-H, de fecha 15 de junio de 1965, se afecto al Concejo Distrital de Pueblo Libre, para la instalacion de micromercados, el terreno de 726,63 m2, ubicado en la MORDAZA Maypu, en la urbanizacion Mojorovich y el de 720,12 m2 ubicado en la esquina de las calles MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de la urbanizacion Sucre; Que, mediante memorial, de fecha 20 de enero de 1998, representantes de organizaciones sociales, comites civicos y pobladores en general del distrito de Pueblo Libre solicitan la adjudicacion del terreno de 726,63 m2 descrito en los considerandos precedentes, a favor de la Municipalidad de Pueblo Libre o del Comite Civico "Parque Bahia" a fin de destinarlo a la construccion del Centro Cultural "Villa Los Libertadores"; Que, mediante Informe Nº 147-98/SBN-DAT, de fecha 6 de MORDAZA de 1998, la Direccion de Apoyo Tecnico da cuenta de la inspeccion ocular realizada en el terreno de 720,12 m2, descrito en el primer considerando indicando que se encuentra ocupado por la Biblioteca Municipal de Pueblo Libre, la cual viene desarrollando sus actividades de servicio a la comunidad; Que, mediante Informe Nº 154-98/SBN-DAT, de fecha 8 de MORDAZA de 1998, la Direccion de Apoyo Tecnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspeccion ocular realizada en el terreno de 726,63 m2 luego de realizada la diligencia judicial de desalojo de terceros; indicando que se mantiene como unico ingreso al mismo un porton metalico de sistema corredizo, localizado frente al MORDAZA Maypu y que los linderos y medidas perimetricas del terreno se encuentran conformes con la documentacion tecnica-legal obrante en el Margesi de Bienes Nacionales; Que, mediante Oficio Nº 715-97-A-MPL, modificado por Oficio Nº 146-98-MPL/ALC y Oficio Nº 147-98-MPL/ALC, de fecha 12 de MORDAZA de 1998, la Municipalidad de Pueblo Libre sustenta la modificacion de la finalidad de la afectacion otorgada sobre los terrenos submateria para la instalacion de micromercados por la de construccion de un Centro Cultural y por la de funcionamiento de la Biblioteca Municipal;

Que, mediante escrito, de fecha 23 de enero de 1996, la Asociacion Peruana de Mujeres Evangelicas solicita la afectacion en uso del terreno de 726,63 m2 a fin de construir otro hogar para ancianos indigentes, ya que el que en la actualidad tiene a su cargo resulta pequeno, solicitud que deviene improcedente, al no encontrarse el terreno de libre disponibilidad; Que, mediante Oficio Nº 065-PCD-98, de fecha 18 de MORDAZA de 1998, la Asociacion de Combatientes del Peru solicita la cesion del terreno de 726,63 m2 descrito en los considerandos precedentes a fin de destinarlo a su local social, solicitud que resulta igualmente improcedente, al no encontrarse el terreno de libre disponibilidad; Que, mediante Acta Nº 006-98/SBN-DPI, de fecha 14 de MORDAZA de 1998, la Superintendencia de Bienes Nacionales ha procedido a entregar el terreno de 726,63 m2 ubicado con frente a la MORDAZA Maypu constituido por el lote 4 de la lotizacion Clase B y lotizacion industrial que formo parte del potrero Buena Vista del fundo MORDAZA y Buenamuerte, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA, a la Municipalidad de Pueblo Libre para que lo destine a la construccion y funcionamiento de un Centro Cultural; Que, el Estado otorga afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria fiscal a favor de reparticiones del Estado y de los Concejos Municipales para el funcionamiento de sus dependencias y/o a favor de instituciones particulares, que desempenen una labor que signifique una colaboracion con la funcion social del Estado; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Ley Nº 25554, Decreto Supremo Nº 005-93-PRES y Decreto Supremo Nº 025-78-VC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 588-H, de fecha 15 de junio de 1965, en los siguientes terminos: "Articulo 2º.- Afectar en uso a favor de la Municipalidad de Pueblo Libre los terrenos de: - 720,12 m2, ubicado con frente a la MORDAZA C constituido por una parcela de la manzana E de la urbanizacion "Sucre", distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA, para el funcionamiento de la Biblioteca Municipal. - 726,63 m2, ubicado con frente a la MORDAZA Maypu constituido por el lote 4 de la lotizacion Clase B y lotizacion industrial que formo parte del potrero Buena Vista del fundo MORDAZA y Buenamuerte, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA para la construccion de un Centro Cultural." Articulo 2º.- Las afectaciones en uso que se otorgan estan sujetas a lo dispuesto por el Articulo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal. Articulo 3º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion Suprema, inscribira las afectaciones en uso a favor de la Municipalidad de Pueblo Libre en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Articulo 4º.- Declarar improcedente las solicitudes de afectacion en uso formuladas por la Asociacion Peruana de Mujeres Evangelicas y la Asociacion de Combatientes del Peru por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 6385

Aceptan renuncia y designan Presidente Ejecutivo del CTAR MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 095-99-PRES MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999

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