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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 1999 (18/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de mayo de 1999 AÑO XVII - Nº 6902 Pág. 173259Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " DECRETOS DE URGENCIA Derogan el D.U. Nº 066-98, que aprobó operación de endeudamiento interno entre el MEF y el Banco de la Nación DECRETO DE URGENCIA Nº 025-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 066-98, se aprobó la operación de Endeudamiento Interno entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por el equivalente a US$ 126 003 842,84 (CIENTO VEINTISEIS MILLONES TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 84/100 DOLARES AMERICANOS) más las cargas financie- ras respectivas, destinada a financiar la adquisición de deuda pública externa efectuada por dicho Banco por encargo del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en el marco del contexto financiero internacional vigen- te, es necesario derogar el Decreto de Urgencia Nº 066-98; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Derógase el Decreto de Urgencia Nº 066-98. Artículo 2º.- El Banco de la Nación asumirá como inversión propia la deuda pública externa a que se refiere el primer considerando de la presente norma legal. Artículo 3º.- El presente Decreto de Urgencia será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 6475 P C M Aprueban donaciones efectuadas por el Gobierno del Perú a las Repúblicas de Guatemala y Honduras, en vía de regularización DECRETO SUPREMO Nº 013-99-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el mes de noviembre de 1998 la República de GUATEMALA ha sufrido desastres naturales originados por el"HURACAN MITCH", produciéndose daños materiales y pérdi- das humanas; Que, el Gobierno del Perú a través del Instituto Nacional de Defensa Civil, ha proporcionado ayuda a la hermana República de GUATEMALA; consistente en medicinas diversas valorizadas en VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTICUA- TRO Y 58/100 NUEVOS SOLES (S/. 24,354.58); De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 24) de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la donación efectuada por el Gobierno del Perú, a través del Instituto Nacional de Defensa Civil, a la República de GUATEMALA, por la suma de VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTICUATRO Y 58/100 NUEVOS SOLES (S/. 24,354.58), consistente en medici- nas diversas; necesarias para asistir a los damnificados del desas- tre producido por el "HURACAN MITCH". Artículo 2º.- Transcríbase el presente Decreto Supremo a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 6476 DECRETO SUPREMO Nº 014-99-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el mes de noviembre de 1998 la República de HONDU- RAS ha sufrido desastres naturales originados por el "HURACAN MITCH", produciéndose daños materiales y pérdidas humanas; Que, el Gobierno del Perú a través del Instituto Nacional de Defensa Civil, ha proporcionado ayuda a la hermana República de HONDURAS; consistente en medicinas diversas valorizadas en OCHENTITRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTICINCO Y 34/100 NUEVOS SOLES (S/. 83,895.34); De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 24) de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la donación efectuada por el Gobierno del Perú, a través del Instituto Nacional de Defensa Civil, a la República de HONDURAS, por la suma de OCHENTITRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTI- CINCO Y 34/100 NUEVOS SOLES (S/. 83,895.34), consistente en medicinas diversas; necesarias para asistir a los damnifica- dos del desastre producido por el "HURACAN MITCH". Artículo 2º.- Transcríbase el presente Decreto Supremo a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 6477