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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 1999 (18/05/1999)

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Pág. 173262 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de mayo de 1999 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho de exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera que fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 6481 ENERGIA Y MINAS Autorizan viaje de Gerente General de ETECEN a los EE.UU. para participar en curso de capacitación RESOLUCION SUPREMA Nº 068-99-EM Lima, 15 de mayo de 1999 Visto el Oficio PD-005-99, de fecha 21 de abril de 1999, del Presidente del Directorio de la Empresa de Transmisión Eléctri- ca Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando autorización de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, se llevará a cabo el curso de capacitación "Inter- national Workshop on Privatization, Regulatory Reform & Corporate Governance", en la ciudad de Boston, Estados Unidos de América, del 27 de junio al 18 de julio de 1999, organizado por el Harvard Institute for International Deve- lopment; Que, el Directorio de ETECEN, en su Sesión Nº 133, de fecha 12 de marzo de 1999, mediante Acuerdo Nº 5-133/99, aprobó el viaje del Ing. Manuel Suárez Mendoza, Gerente General, a la ciudad de Boston, Estados Unidos de América, del 27 de junio al 18 de julio de 1999, para que participe en el curso de capacitación precitado; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario aprobada me- diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Manuel Suárez Mendoza, Gerente General de ETECEN, del 27 de junio al 18 de julio de 1999, a la ciudad de Boston, Estados Unidos de América, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, ascendente a US$ 13,287.44 (Trece Mil Doscientos Ochentisiete y 44/100 dólares americanos) serán cubiertos por ETECEN, de acuerdo al siguiente deta- lle: Pasajes US$ 1,194.44 Inscripción, materiales y alojamiento US$ 11,100.00 Alimentación (US$ 44.00 x 22 días) US$ 968.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 ------------- TOTAL US$ 13,287.44 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 6479Otorgan concesión definitiva a empre- sa para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de servicio público RESOLUCION SUPREMA Nº 069-99-EM Lima, 15 de mayo de 1999 Visto el Expediente Nº 15090798, que incluye los documen- tos con Registros Nºs. 1182388, 1194550, 1198410, 1198540, 1196892, 1200149, 1202049 y 1202795, sobre otorgamiento de Concesión Definitiva para distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público en la zona del valle de Villacurí II, de acuerdo con el Artículo 3º del Decreto Ley Nº 25844 presen- tado por Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A. - "COELVI S.A.", persona jurídica inscrita en la Ficha Nº 913 del Registro Mercan- til de Ica; CONSIDERANDO: Que, la petición se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el Artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844 y artícu- los pertinentes de su reglamento aprobado con Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, a través de la dependencia correspondiente, ha verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos señalados en el Decreto Ley Nº 25844 y su reglamento, por lo que, conforme al Artículo 28º del mencionado Decreto Ley, ha emitido el Informe favorable Nº 056-99-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 53º del Reglamento de la Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM modificado por Decreto Supremo Nº 02-94-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electrici- dad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar Concesión Definitiva a Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A. - "COELVI S.A." para desarrollar actividades de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público, en los términos y condiciones de la presente resolución y los que se detallan en el correspon- diente contrato concesión que se identificará con el Código Nº 15090798. Artículo 2º.- La zona de concesión otorgada comprendida dentro de las coordenadas UTM y plano que figura en el expediente, publicadas con fechas 21 y 22 de agosto de 1998 en el Diario Oficial El Peruano; comprende la siguiente zona: Zona Departamento Provincia Distrito Plano Nº Escala 1/100,000 Valle de Villacurí II Ica Ica Salas CDE-01 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 136-99, a suscribirse con Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A. - "COEL- VI S.A.", aceptado por la misma, el que consta de 18 cláusulas y 3 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electrici- dad para suscribir, a nombre del Estado, el contrato de Concesión Definitiva para distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público a que se refiere el artículo precedente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la escritura pública a que dé origen el Contrato de Concesión Definitiva Nº 136-98 a que se refiere el Artículo 3º de esta resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 6480