Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 1999 (18/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 1999

MUNICIPALIDAD DE ATE
Derogan Ordenanzas referidas a la Tasa de Licencia de Funcionamiento, ampliacion de plazos para el pago de tributos y modificacion de montos de los Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 026-MDA Ate, 14 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en sesion extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 023-99-MDA, con fecha 29 de MORDAZA de 1999, se aprobo la Ordenanza sobre Tasa de Licencia de Funcionamiento para la jurisdiccion distrital de Ate; Que, mediante Ordenanza Nº 024-99-MDA de la misma fecha, se aprobo la Ordenanza que amplia los plazos de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Licencia de Funcionamiento, y de la deuda acogida al Beneficio de Reduccion de Multas Administrativas No Tributarias; asi como para el acogimiento al BERTRIMUN ATE; Que, mediante Ordenanza Nº 025-99-MDA de la misma fecha, se aprobo la Ordenanza que modifica los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, respecto a los predios destinados a comercio, servicios y otros; Que se ha visto necesario emitir una nueva regulacion de la Licencia de Funcionamiento y los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, debiendose derogar las disposiciones MORDAZA mencionadas; conforme a lo acordado con la Comision de Economia y Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad de Ate, en su Dictamen Nº 025-99-MDA/CEPP de fecha 11 de mayo; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Articulo 36º y los Articulos 109º y 110º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, asi como la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores asistentes y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Deroguense las Ordenanzas Nº 023-99MDA, Nº 024-99-MDA y Nº 025-99-MDA, emitidas por la Municipalidad Distrital de Ate, de fecha 29 de MORDAZA de 1999. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 6435

modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senalan la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 018-MDA, se establecen los criterios de determinacion y las tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, atendiendo a la realidad economica existente y a fin de recortar la carga tributaria de los contribuyentes de los referidos arbitrios es necesario expedir la presente ordenanza conforme a lo acordado por la Comision de Economia Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 026-99-MDA/CEPP del 11 de MORDAZA de 1999; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Articulo 36º y los Articulos 109º, 110º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, asi como la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores asistentes y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO TRIBUTARIO PARA EL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES 1999 EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE ATE Articulo Primero.- Los pensionistas que cumplan con las condiciones establecidas en el Articulo 19º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 26952; solo pagaran el 50% del monto que originalmente les correspondia pagar por concepto de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo del Ejercicio 1999. Articulo Segundo.- Exonerese del pago de la cuarta cuota de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondientes al Ejercicio 1999, a los propietarios de los predios, ubicados en la jurisdiccion del distrito de Ate, cuyo uso sea destinado a comercio, servicios y otros de conformidad con el Anexo II de la Ordenanza Nº 018-MDA y siempre que su valor no exceda de 30 (treinta) Unidades Impositivas Tributarias UITs, conforme a la Declaracion Jurada del Impuesto Predial; para lo cual deberan cumplir con el pago oportuno de las tres primeras cuotas de los referidos arbitrios. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 6436

Establecen factor de ubicacion geografica y exoneracion respecto al pago de la Tasa de Licencia de Funcionamiento
ORDENANZA Nº 028-MDA Ate, 14 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, en sesion extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 004-MDA se dispuso la aplicacion de las disposiciones del Edicto Nº 188 y modificatorias, a las personas naturales o juridicas que operen establecimientos industriales, comerciales y de servicios en la jurisdiccion de Ate; Que, el Articulo 6º del Edicto Nº 188, establece la forma de determinacion de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, asi como las alicuotas aplicables por el MORDAZA de actividad realizada en el establecimiento; Que, asimismo el Articulo 12º establece que las Municipalidades Distritales estan facultadas a regular la forma de determinar el factor de ubicacion geografica; Que, a fin de incentivar en el distrito, el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes de la Tasa de Licencia de Funcionamiento; es necesario expedir la presente ordenanza conforme a lo acordado por la Comision de Economia, Planifica-

Establecen Beneficio Tributario para el pago de los Arbitrios Municipales 1999
ORDENANZA Nº 027-MDA Ate, 14 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en sesion extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y otorga potestad tributaria para crear,

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